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Ley de Pensiones Dignas: Minedu elaborará padrón de maestros jubilados que recibirían S/3.500

Este viernes 26 de junio se llevará la mesa técnica para dar avance al reglamento de la Ley 32581, llamada Ley de Pensiones Dignas para maestros

profesor enseñando en escuela con alumnos
La Ley de "pensión digna" para maestros fue promulgada, ¿qué sigue ahora?. - Crédito Andina
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La Ley 32581, llamada Ley de pensiones dignas para docentes cesante y jubilados, ya fue firmada en el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo y aún está pendiente de reglamentación.

Sin embargo, ya se están dado los primeros pasos para su implementación. “Como resultado de las gestiones que hemos venido realizando, el Ministerio de Educación ha convocado para este viernes 26 a la mesa técnica que trabajará en la elaboración del Padrón Único de Docentes Cesantes y Jubilados, con la participación del Ministerio de Economía y Finanzas, la ONP y la SBS”, ha revelado la congresista Flor Pablo.

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Así, la instalación de esta mesa —que fue uno de los acuerdos alcanzados en la reunión que promovió la parlamentaria el pasado 17 de junio entre dirigentes del MACEP (Maestros Cesantes del Perú) y funcionarios del Minedu— permitirá al Ejecutivo avanzar de cara a la reglamentación de esta Ley, la cual asegura, textualmente, que la pensión que reciban los docentes sea equivalente a la remuneración íntegra mensual (RIM) vigente de la primera escala magisterial. Es decir, S/3.500,70.

La Ley se aprobó en el Pleno del Congreso por insitencia. - Crédito Congreso TV

En julio debe salir el reglamento

Cabe recordar que la Ley fue aprobada por insistencia por lo que, a pesar de demorarse la firma de su autógrafa hasta dos semanas, luego que se concretara esto el pasado lunes 13 de abril, la Ley se promulgó dentro los tres días que tenía de plazo.

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Ahora, dado que el Ejecutivo no la bloqueó de nuevo, falta que se ejecute. Para eso aún faltará primero que se apruebe el reglamento. “El Poder Ejecutivo aprueba el reglamento de la presente ley en un plazo de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigor”, se señala en la Ley.

Es decir, según cálculos de Infobae Perú, a más tardar el martes 14 de julio de 2026, antes de la entrada del Keiko Fujimori como nueva presidente del Perú, tendría que promulgarse el reglamento, que señalé cómo se implementará la Ley y desde cuándo se entregarán las primeras pensiones de S/3.500,70.

Maestros con Waldermar Cerrón celebrando en el Congreso
Los maestros celebraron con la aprobación de su Ley de pensión digna. Sin embargo, el BCRP, el MEF y otras entidades han alertado sobre su impacto. - Crédito Waldermar Cerrón

¿Pensión de S/3.500,70?

La Ley aprobó que la pensión de los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, sea equivalente a la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial

Lo que se busca es que estos servidores públicos “obtengan una pensión adecuada que cubra sus necesidades básicas y les permita mantener un nivel de vida decente”. Como se sabe, la RIM de la primera escala magisterial equivale actualmente a S/3.500,70.

Así, ahora los maestros jubilados y cesantes de la CPM tendrán que recibir un monto de este valor como mínimo mensualmente, al jubilarse. Como se sabe, la pensión máxima de la ONP es de S/1.000. Esta nueva pensión para los maestros equivale al 300% a ese monto.

Además, los maestros beneficiados de estos serán los jubilados y cesantes del sector público de:

  • La educación básica regular
  • La educación básica alternativa
  • La educación básica especial
  • La educación técnico-productiva.
Fernando Rospigliosi, presidente del Congreso
Fernando Rospigliosi firmó la autógrafa de la Ley de pensiones dignas. - Crédito Captura Congreso

Estos maestros son los comprendidos en los siguientes sistemas de pensiones:

  • Sistema SNP, pagados por la ONP: comprendidos en los decretos ley 19990 y 20530, y en la Ley 29944.
  • Sistema SPP, afiliados a las AFP (administradoras privadas de pensiones).

Estas pensiones deberían ser equivalentes al monto de la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial, pero también se señala que serán establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación.

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