
El Congreso de la República aprobó por insistencia la llamada Ley de pensión digna para los maestros. Esta cambia radicalmente el monto de las pensiones de los docentes jubilados, quienes, según información hasta el 2025, recibían en promedio montos de S/800 hasta un monto equivalente a la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial.
Es decir, considerando el último aumento con el cambio de esta escala de este 2026, el monto que recibirían los maestros jubilados sería fijado en S/3.500,70. (anteriormente de S/3.300,60).
Así, si bien existe una necesidad real de dar mejores pensiones en el país, la norma no ha sido considerada viable por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) por su costo fiscal. Tampoco Julio Velarde ve que la medida sea posible de aplicar sin afectar el Tesoro público, y consideró que sería ideal que el Ejecutivo la observe. Pero en este caso tendría que ir al Tribunal Constitucional, dado que el Congreso promulgará la norma por insistencia.
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La medida en cuestión
Como se recuerda, poco antes de que Dina Boluarte fuera vacada de su puesto, el 7 de octubre, la expresidenta observó la norma cuando fue aprobada la primera vez por el Congreso.
Ahora, tras casi seis meses desde entonces, la medida fue aprobada por insistencia por el Pleno del Congreso. Si bien aún no se promulga (esto no demorara), la Ley fue aprobada en los mismos términos en que fue planteada; es decir, no se recogió ninguna observación del Ejecutivo.
“La presente ley tiene por objeto disponer el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, mediante el otorgamiento de una pensión equivalente a la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial”, sostiene la medida.
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Así, esto aplicará para estos maestros jubilados y cesantes:
- De la educación básica regular
- De la educación básica alternativa
- De la educación básica especial
- De la educación técnico-productiva
- Todos comprendidos en los decretos ley 19990 y 20530, y en la Ley 29944.
- También aplicará, según el texto aprobado, para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Pero el monto no se mantendría fijo, sino que dichas pensiones serán equivalentes al monto de la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial, la cual podría volver a ser ajustada por el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación.

Pensión será de S/3.500, pero podría subir
Esto quiere decir que la pensión para todos los maestros jubilados e inclusive los cesantes de la CPM será un monto de S/3.500,70. Como se recuerda, mediante el Decreto Supremo N° 277-2025-EF, refrendado por la entonces ministra de Economía y Finanzas, Denisse Azucena Miralles Miralles, y el ministro de Educación, Jorge Eduardo Figueroa Guzmán, se aumentaron las escalas a fines de noviembre de 2025.
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Pero esto podría cambiar, dado que la escala suele ser ajustada. Por ejemplo, el último aumento vino por lo estipulado en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto 2025, que autorizó dar incrementos salariales para el magisterio en marzo y noviembre.
Anteriormente este monto fue de S/3.300,60. Sin embargo, en la Ley de Presupuest 2026 no se detalla un nuevo aumento para esta escala. Por lo pronto, el monto no subiría y se quedaría en S/3.500,70. Como se sabe, la Ley actual da un plazo de tres días calendario para que luego de promulgarse la Ley se envíe al diario oficial El Peruano. Así, la Ley debería promulgarse la siguiente semana, en los primeros días y podría publicarse entre esas mismas fechas.
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