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JNJ insiste en que consejeros no pueden ser suspendidos de sus cargos por faltas éticas como abogados

En un nuevo comunicado, la institución deja entrever que continuarán ejerciendo la función pública aunque el Consejo de Ética del CAL decida suspender su colegiatura

Pleno de la JNJ. De izquierda a derecha: Cayo Galindo, Jaime de la Puente, Víctor Chanduví, María Teresa Cabrera, Gino Ríos, Germán Serkovic y Rafael Ruíz. Foto: JNJ
Pleno de la JNJ. De izquierda a derecha: Cayo Galindo, Jaime de la Puente, Víctor Chanduví, María Teresa Cabrera, Gino Ríos, Germán Serkovic y Rafael Ruíz. Foto: JNJ
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La Junta Nacional de Justicia (JNJ) insistió en que los consejeros no pueden ser suspendidos de sus cargos por faltas éticas vinculadas a su condición de abogados. Así lo manifestó la institución en un comunicado difundido a horas de que el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima evalúe en audiencia la propuesta de suspensión provisional en el ejercicio profesional de cinco de sus integrantes.

En el comunicado, la institución afirma que el Código de Ética del Abogado no tiene competencia para regular ni condicionar el ejercicio de funciones públicas. Según la JNJ, las responsabilidades de los consejeros están definidas por la Constitución, la Ley Orgánica y el Código de Ética de la Función Pública, y no por disposiciones gremiales.

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La aclaración se produce tras la “Declaración de Huaura”, suscrita el 26 de abril por la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, que introdujo la Primera Disposición Complementaria Final en el Código de Ética del Abogado. Esta disposición establece que: “Los abogados que desempeñen funciones públicas se encuentran sujetos, en lo que corresponda al ejercicio de dicha función, al régimen disciplinario, al Código de Ética de la Función Pública y a la norma específica que le resulte aplicable. La aplicación del presente Código se mantiene respecto de aquellas conductas que no guarden relación con el ejercicio de la función pública.”

Así, la JNJ desliza la posibilidad de mantener en funciones a los cinco miembros investigados por el Consejo de Ética del CAL aunque este último decida suspender su colegiatura por 6 meses.

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Patricia Benavides suspendida por mentir ante la JNJ. Foto: JNJ
Patricia Benavides fue suspendida por el Consejo de Ética del CAL por mentir ante la JNJ. Foto: JNJ

Consejeros renunciaron sin éxito al CAL

La presidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera Vega, y los consejeros Gino Ríos PatioJaime de la Puente ParodiGermán Serkovic Gonzáles y Cayo Galindo Sandoval renunciaron al CAL. El gremio, no obstante, no aceptó las renuncias. La JNJ calificó esa negativa como una vulneración a la libertad de asociación y advirtió que “la potestad disciplinaria de un colegio profesional no puede convertirse en un mecanismo indirecto de control sobre las decisiones de un órgano constitucional autónomo”.

La institución sostiene que sus miembros solo pueden ser sancionados por la propia Junta —mediante vacancia o suspensión— o por el Congreso, en casos de remoción por causa grave. Agrega que la habilitación como abogados y el ejercicio de funciones constitucionales “constituyen ámbitos jurídicos distintos”, por lo que una sanción del CAL no podría condicionar la permanencia de ningún consejero en el cargo.

La JNJ también cuestionó la validez del Código de Ética en que se sustenta la denuncia: según la institución, ese reglamento nunca fue publicado en el diario oficial El Peruano, requisito que su propia Primera Disposición Final exige para su entrada en vigor.

María Teresa Cabrera juró como presidenta de la Junta Nacional de Justicia
María Teresa Cabrera juró como presidenta de la Junta Nacional de Justicia. Andina

El procedimiento disciplinario fue promovido por el Instituto de Defensa Legal (IDL) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH). Los cargos apuntan a la decisión de la JNJ de reponer a Patricia Benavides como fiscal de la Nación, pese a que Delia Espinoza había sido elegida por sus pares para el periodo 2025-2028; al uso de la Policía Nacional para ejecutar esa disposición; y a presuntas infracciones al deber de transparencia.

Dos consejeros quedan fuera del alcance de la medida cautelar: Rafael Ruíz Hidalgo, por no haber participado en los hechos imputados, y Víctor Chanduví Cornejo, al estar colegiado en el Colegio de Abogados de La LibertadLa audiencia en que el Consejo de Ética del CAL debatirá la suspensión provisional —de aprobarse, tendría una duración de seis meses— está prevista para este miércoles 12 de agosto a las 5:00 p. m., en sesión virtual.

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