
En medio del pedido de una devolución de aportes hechos a la ONP (uno que hasta ahora no prospera y que plantea un sinsentido para el sistema, en palabra de Julio Velarde) y ocho proyectos de retiro AFP ya acumulados, el Congreso va por un nuevo sistema de pensiones.
La propuesta acaba de ser presentada por el excandidato presidencial José Luna, de Podemos Perú, la cual crearía el Sistema Nacional de Pensiones Universal (Sinapu) y la organismo autónomo Pensión Perú, que manejaría este sistema.
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En pocas palabras, se trataría de un nuevo sistema de pensiones, como una mezcla de las AFP y la ONP, pero que no deroga estos. Todos los peruanos desde que nacen estarían afiliados automáticamente, el Estado pondría un capital semilla para el peruano desde que nace, se plantea que todos los trabajadores dependientes aporte el 13% de su sueldo, y capitalizaría los fondos con inversiones.

El nuevo sistema
“El Perú laboral real rompe el guion del sistema previsional tradicional. Aquí la vida no transcurre con un solo empleador, contrato estable y aportes puntuales por cuarenta años; lo que domina es la ruta fragmentada: temporadas cortas en planilla, largos tramos de informalidad o autoempleo, saltos entre oficios y, muchas veces, ingresos que suben y bajan al ritmo del comportamiento económico”, resalta el proyecto de ley en su parte explicativa.
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Para José Luna en Perú “se trabaja casi todos los días; se cotiza cuando es posible y en las pocas oportunidades que nos da la vida laboral formal. La economía de los peruanos no se detiene, avanza muchas veces con sobrevivencia, pero el ahorro previsional sí, sufre casi siempre traumáticas paralizaciones: cada paréntesis sin planilla apaga el motor del interés previsional y reduce la esperanza y posibilidad de tener una vejez digna”.
Es por eso, que Luna propone este nuevo sistema previsional llamado Sinapu, el cual “tiene por finalidad asegurar que cada peruano cuente con una Cuenta Previsional Única - CPU vinculada a su DNI, la misma que consolida todos los aportes realizados desde que nace y durante su vida laboral o productiva, los cuales provendrían, según cada caso individual, del fondo semilla universal aportado por el Estado, devolución del IGV pagado y de los aportes voluntarios y contributivos que realice cada trabajador según su condición laboral independiente o dependiente; así como, de otros ingresos que se aprueben por ley expresa”.
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Los aportes
Así, este contemplará diferentes aportes para el fondo de cada afiliado, entre los que están los siguientes:
- Aportes voluntarios individuales: Son los aportes voluntarios que realizan los trabajadores independientes a su Cuenta Previsional Única, según el nivel de sus ingresos
- Aportes contributivos obligatorio de los trabajadores dependientes: Los trabajadores dependientes aportan a su Cuenta Previsional Única el 13% sobre la remuneración asegurable.

Pero también el Estado pondría montos de aporte para el afiliado, en dos modos:
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- Fondo Semilla Universal: Un aporte que realiza el Estado a la Cuenta Previsional Única para cada peruano, en uno de los dos momentos siguientes: una (1) UIT vigente, para los peruanos que nacen a partir de la vigencia de la presente Ley, o un aporte equivalente al 30% de una (1) UIT vigente, para los peruanos que cumplen desde 18 hasta 29 años, a partir de la vigencia de la presente Ley; y, que no hayan recibido la UIT por lo anterior
- Pensión por Consumo: Un aporte que realiza el Estado, a la CPU de los trabajadores de menores ingresos de la PEA ocupada, generalmente excluidos de los sistemas de pensiones, de acuerdo a lo siguiente: los trabajadores que están en el rango de ingresos menores y hasta una Remuneración Mínima Vital (S/1.130) recibirán la devolución del 20% del monto del IGV que han pagado en sus consumos respectivos, y Los trabajadores que están en el rango de ingresos mayores a una Remuneración Mínima Vital (S/1.130) y hasta S/2.000 recibirán la devolución del 10 % del monto del IGV que han pagado en sus consumos respectivos. Los rangos de ingresos superiores a S/2,000 no están sujetos a este beneficio
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