
A cuarenta años de la histórica sentencia del Juicio a las Juntas, la magnitud de aquel fallo firmado el 9 de diciembre de 1985 por la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal sigue marcando un antes y un después en la historia judicial y política de la Argentina. El veredicto, que condenó a los principales responsables de la última dictadura militar, no solo sentó en el banquillo a quienes detentaron el poder entre 1976 y 1983, sino que estableció un precedente mundial en la persecución penal de crímenes cometidos por un régimen de facto.
El texto de la sentencia, de 1.578 fojas, se convirtió en un documento de referencia internacional. Buena parte de su extensión se debe a la glosa de unos setecientos casos paradigmáticos, desde el de Adriana Calvo de Laborde hasta el de Gladys Evarista Cuervo.
La sentencia, firmada por los jueces León Carlos Arslanian, Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, Jorge Valerga Aráoz, Guillermo Ledesma, Andrés D’Alessio y el secretario Juan Carlos López, fue leída en una audiencia transmitida en vivo por radio y televisión, en un contexto de fuertes presiones militares y sociales que limitaron la difusión audiovisual del proceso.

El juicio, iniciado el 22 de abril de 1985, fue el resultado de una compleja ingeniería política y jurídica impulsada por el presidente Raúl Alfonsín. Tras asumir el 10 de diciembre de 1983, Alfonsín dispuso que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas juzgara a los responsables de las violaciones a los derechos humanos, con apelación ante la Cámara Federal. Para ello, fue necesario modificar el Código de Justicia Militar, en medio de intensos debates parlamentarios y la persistencia del poder militar, que se manifestó en varios levantamientos posteriores.
El aporte central de la Conadep
La Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP), presidida por Ernesto Sábato, jugó un papel central al reunir testimonios de unos diez mil casos de secuestro, tortura y desaparición forzada. El informe “Nunca Más” se transformó en la base probatoria del proceso y en el emblema de la memoria colectiva. La Fiscalía, encabezada por Julio César Strassera y secundada por Luis Gabriel Moreno Ocampo, seleccionó 709 casos para la acusación, de los cuales la Cámara examinó 282.

Durante las audiencias, que se extendieron hasta el 14 de agosto, declararon 833 testigos —287 mujeres y 546 hombres, entre ellos 64 integrantes de las Fuerzas Armadas—. El primer testimonio fue el de Adriana Calvo de Laborde, quien relató el nacimiento de su hija en un patrullero, esposada y con los ojos vendados, camino al centro clandestino del Pozo de Banfield. Los relatos de las víctimas y familiares reconstruyeron la maquinaria represiva instalada en los centros clandestinos de detención de todo el país.

El tribunal, integrado por jueces de distintas afinidades políticas y experiencia judicial, debió enfrentar no solo la magnitud de los crímenes, sino también la inédita exposición pública y la presión de sectores que aún defendían la represión ilegal. La transparencia del proceso fue garantizada por su carácter oral y público, aunque solo se permitieron tres minutos de imágenes sin sonido por audiencia, grabadas por la estatal Argentina Televisora Color (ATC). El archivo completo, de 530 horas, fue resguardado en una bóveda antinuclear del Parlamento Noruego y en otras instituciones, ante el temor de su destrucción.
Los fundamentos de la sentencia
La sentencia, precedida por una introducción redactada por Arslanian, estableció que los comandantes de las Fuerzas Armadas, pese a contar con instrumentos legales para reprimir el terrorismo, optaron por procedimientos clandestinos e ilegales.
El fallo detalló: “Se ha demostrado que, pese a contar los comandantes de las Fuerzas Armadas que tomaron el poder el 24 de marzo de 1976, con todos los instrumentos legales y los medios para llevar a cabo la represión de modo lícito, sin desmedro de la eficacia, optaron por la puesta en marcha de procedimientos clandestinos e ilegales sobre la base de órdenes que, en el ámbito de cada uno de sus respectivos comandos, impartieron los enjuiciados”.
El tribunal desechó las causas de justificación alegadas por las defensas y afirmó la responsabilidad penal de cada comandante por las órdenes impartidas y los delitos cometidos por sus subordinados. Se estableció que los hechos incluyeron apresamientos violentos, detenciones clandestinas, interrogatorios bajo tormentos y, en muchos casos, la eliminación física de las víctimas, acompañados del saqueo de bienes.

Las condenas recayeron sobre Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera (reclusión perpetua e inhabilitación perpetua), Roberto Eduardo Viola (diecisiete años de prisión), Armando Lambruschini (ocho años) y Orlando Ramón Agosti (cuatro años). Los delitos probados fueron privación ilegítima de la libertad, tormentos y robos. Los otros cuatro acusados —Omar Graffigna, Leopoldo Galtieri, Jorge Isaac Anaya y Basilio Lami Dozo— fueron absueltos por falta de pruebas suficientes.
En el último punto de la sentencia, los jueces ordenaron investigar a los jefes de Zona y Subzonas y a todos aquellos con “responsabilidad operativa en las acciones”, abriendo así la etapa posterior de enjuiciamiento a otros responsables de la represión.
El alegato final de Strassera, convertido en manifiesto, resumió el sentido histórico del proceso: “A partir de este juicio y de la condena que propugno nos cabe la responsabilidad de fundar una paz basada no en el olvido, sino en la memoria, no en la violencia, sino en la justicia. Esta es nuestra oportunidad y quizá sea la última”. Cerró su requisitoria con la frase que se transformó en símbolo nacional: “Señores jueces: ‘Nunca más’”.
El Juicio a las Juntas fue el primer proceso en el que la justicia civil argentina condenó a militares por crímenes cometidos durante una dictadura. Aunque la figura de delitos de lesa humanidad no existía aún en el Código Penal, las aberraciones juzgadas se tradujeron en condenas por homicidios agravados, privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos y robos, incluyendo el apoderamiento de bienes de los desaparecidos.
La sentencia, criticada por algunos sectores políticos, fue reconocida internacionalmente como un hito en la lucha por los derechos humanos y la consolidación de la democracia en Argentina.
Este martes, al mediodía, el Poder Judicial de la Nación rendirá un homenaje a los jueces del Juicio a las Juntas Militares, Arslanian, Gil Lavedra, Ledesma y Valerga Aráoz, y a la memoria D’Alessio, Torlasco, y el fiscal Strassera.
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