
Condenaron al ex presidente de la Sociedad Rural de Diamante y productor agropecuario, Leonardo Airaldi, a 12 años de prisión por organizar y financiar maniobras de narcotráfico en Entre Ríos. El fallo del Tribunal Oral Federal de Paraná también le impuso una multa de 118.404.000 pesos por los delitos cometidos entre 2019 y 2024.
La sentencia fue dada a conocer por la presidenta del tribunal, Noemí Marta Berros, que integró el debate junto con Mariela Rojas y José María Escobar Cello. Airaldi siguió la lectura del veredicto por medios remotos desde el penal de Ezeiza, donde permanece alojado bajo un régimen para presos de alto riesgo por otra investigación que analiza su presunta participación en un plan para atentar contra el juez federal Leandro Ríos, el fiscal general José Ignacio Candioti y el ministro de Seguridad de Entre Ríos, Néstor Roncaglia.
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El juicio oral había comenzado el 3 de marzo y se extendió durante 13 audiencias, con la declaración de más de 50 testigos. Entre quienes pasaron por el debate hubo integrantes de la Policía de Entre Ríos, la Policía Federal Argentina y la Prefectura Naval Argentina, fuerzas que participaron de distintos tramos de la pesquisa. Durante los alegatos, el fiscal general Candioti, el auxiliar fiscal Juan Podhainy y el fiscal coadyuvante de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Martín Uriona, pidieron la condena de Airaldi como organizador y financista de la estructura.

La pena quedó por debajo de la pena de 14 años de prisión que el Ministerio Público Fiscal (MPF) había solicitado durante los alegatos. En ese tramo del juicio, los fiscales sostuvieron que Airaldi dirigía una estructura dedicada al tráfico de estupefacientes y que disponía de recursos logísticos y económicos para sostenerla. Entre los agravantes mencionados por la acusación figuraron el uso de aeronaves para tráfico transnacional, la cantidad de droga secuestrada y la violencia atribuida a la organización.
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El tribunal también resolvió la situación del resto de los acusados juzgados en este expediente. Juan Andrés Erbes fue condenado a 6 años y 8 meses de prisión; Sebastián Agustín Armocida, a 6 años; y Roberto Fabián Coronel, a 5 años. A la vez, Joel Schonfeld recibió 3 años y 6 meses de prisión; María Soledad Touzet, 3 años de cumplimiento condicional; y Walter Olivero, 3 años de ejecución condicional. En cambio, Cristian Emanuel Sánchez y Marino Martínez resultaron absueltos.
Los hechos por los que fue condenado
La acusación fiscal ubicó una parte central de la operatoria en campos vinculados a Airaldi. Según esa reconstrucción, en esos establecimientos funcionaba una pista de aterrizaje clandestina utilizada para el arribo de avionetas con cocaína. Desde la misma zona, además, también partían embarcaciones que presuntamente intervenían en la distribución de los cargamentos.
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Para los investigadores, esos predios cumplían un papel logístico dentro de la maniobra atribuida al productor rural. La fiscalía sostuvo que la ubicación de los campos, su extensión y las dificultades de acceso favorecían el desarrollo de ese tipo de movimientos.
Pese al veredicto condenatorio, el tribunal rechazó el pedido del MPF para decomisar la estancia El Mirador, vinculada al principal acusado. La fiscalía había argumentado que el campo fue utilizado como instrumento para la comisión de los delitos y remarcó su extensión, su ubicación sobre la costa del río y las dificultades de acceso al lugar. Esa pretensión no fue aceptada en la sentencia.
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Otro de los hechos incorporados al expediente fue el acopio de 29,5 kilos de cocaína en una vivienda de Puerto Gaboto, en la provincia de Santa Fe. Ese procedimiento fue realizado en agosto de 2022 en el marco de una investigación iniciada en la justicia federal santafesina y luego acumulada a la causa principal que se tramitó en Paraná. Para la fiscalía, ese cargamento no representaba un episodio aislado, sino una parte de la misma estructura criminal atribuida a Airaldi.
Una prueba relevante fueron las intervenciones telefónicas y mensajes extraídos de celulares secuestrados durante la investigación. Esas comunicaciones permitieron reconstruir el funcionamiento de la organización, identificar roles y detectar un lenguaje codificado para aludir al tráfico de drogas. Entre las expresiones mencionadas en el juicio aparecieron términos como “lomo”, “carne”, “novillito”, “maple”, “maple con pelo” y “huevos”, que, según la acusación, eran utilizados para encubrir referencias a estupefacientes y cargamentos.
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Los fundamentos de la sentencia condenatoria se conocerán el 14 de septiembre.
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