La Fiscalía Provincial de Flagrancia Delictiva de La Libertad dispuso la libertad de Maricsa Polet Alfaro Cerna, investigada por atropellar a un vigilante en la ciudad de Trujillo mientras conducía en estado de ebriedad. La decisión generó cuestionamientos debido a que no se solicitó prisión preventiva pese a la gravedad del caso.
En entrevista con Canal N, el fiscal provincial Joan Balladares explicó que la medida responde a las limitaciones establecidas en el Código Penal para el delito imputado. Según indicó, la investigación fue abierta por lesiones culposas agravadas, ilícito que contempla una pena de entre cuatro y seis años de prisión.
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¿Por qué no se solicitó prisión preventiva?
Durante la entrevista, Balladares precisó que la legislación peruana exige una prognosis de pena superior a cinco años para solicitar prisión preventiva. “El delito que se le ha atribuido a la señora es un delito culposo, previsto en el artículo 124 del Código Penal, y tiene una pena de cuatro a seis años”, señaló.
El fiscal agregó que el requisito mínimo para aplicar prisión preventiva no podía cumplirse en este caso. “Sería imposible solicitar una prisión preventiva”, afirmó al explicar los criterios legales que impidieron requerir dicha medida contra la investigada.
Asimismo, indicó que la Fiscalía actuó dentro del marco del proceso de flagrancia, luego de que la Policía comunicara el caso aproximadamente dos horas después del atropello. Tras ello, se realizaron diligencias como el dosaje etílico, exámenes toxicológicos y otras actuaciones propias de la investigación.
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Proceso continúa
El representante del Ministerio Público informó que el caso fue derivado a un proceso inmediato, mecanismo judicial que permite acelerar las investigaciones y obtener una sentencia en menor tiempo que un proceso ordinario.
“Hemos decidido incoar proceso inmediato para darle una respuesta rápida a la ciudadanía”, declaró Balladares a Canal N. Explicó que este procedimiento permite que, en un plazo aproximado de 15 a 30 días, el Poder Judicial programe la audiencia correspondiente para emitir sentencia.
La Fiscalía también confirmó que la conductora aceptó su responsabilidad en el hecho. Mientras continúa el proceso judicial, permanecerá bajo medidas restrictivas y reglas de conducta obligatorias impuestas por las autoridades.
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Confirman estado de ebriedad
Las diligencias fiscales confirmaron que Maricsa Polet Alfaro Cerna se encontraba en estado de ebriedad al momento del atropello. Sin embargo, el Ministerio Público aclaró que esta condición ya se encuentra contemplada dentro del tipo penal de lesiones culposas agravadas y no modifica el límite legal requerido para solicitar prisión preventiva.
Balladares explicó además que el caso habría tenido un tratamiento penal distinto si la víctima hubiera fallecido. “Si hubiera sido homicidio culposo, la pena se eleva de cuatro a ocho años”, sostuvo durante la entrevista con Canal N.
Según detalló, bajo la actual calificación jurídica, las facultades de la Fiscalía se encuentran limitadas por el marco legal vigente, motivo por el cual se optó por continuar el proceso bajo comparecencia con restricciones.
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Conductora fue detenida por transeuntes
La Policía informó que la detención de la investigada fue posible gracias a la intervención de ciudadanos que presenciaron el hecho. Entre ellos, un repartidor de delivery y varios transeúntes bloquearon el paso de la camioneta utilizando una motocicleta para impedir que la conductora abandonara el lugar.
Para la Fiscalía, esta situación permitió asegurar la identificación y permanencia de la investigada durante las diligencias sin necesidad de una detención prolongada. Además, las autoridades señalaron que el cumplimiento de las restricciones impuestas será monitoreado constantemente.
Finalmente, Balladares indicó en Canal N que este caso representa uno de los primeros procesos inmediatos en libertad por lesiones culposas tramitados en la unidad de flagrancia de La Libertad. Añadió que la resolución final dependerá de la programación de la audiencia judicial correspondiente.
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