Elecciones 2026: por qué no se pueden anular si los votos de López Aliaga van al blanco o nulo en segunda vuelta

Según la plataforma de verificación PerúCheck, es falso que la segunda vuelta de las elecciones generales 2026 pueda anularse solo porque los votos del excandidato presidencial Rafael López Aliaga se trasladen al voto blanco o nulo

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Rafael López Aliaga vuelve a generar controversia por uso de violencia sexual en discurso electoral
Rafael López Aliaga vuelve a generar controversia por uso de violencia sexual en discurso electoral

Un video viralizado en redes sociales afirma que, con los votos que obtuvo el excandidato presidencial Rafael López Aliaga, de Renovación Popular, y otros 600.000 adicionales, sería posible anular por completo las elecciones de segunda vuelta si esos sufragios se orientan al voto nulo o en blanco.

El mensaje difundido sostiene: “Si quienes votaron por RLA en Lima (1’165,861) ahora votan Nulo/Blanco, solo faltan 629,152 votos Nulo/Blanco más para que se anule todo. El triunfo está a la vuelta de la esquina. ¡Si se puede! [sic]”.

La afirmación circula en un contexto de alta polarización y busca incentivar una forma de protesta electoral. Sin embargo, el marco legal peruano fija un umbral mucho más alto para declarar la nulidad de un proceso.

12/04/2026 Urna en las elecciones de Perú (archivo)
POLITICA SUDAMÉRICA PERÚ
ONPE
12/04/2026 Urna en las elecciones de Perú (archivo) POLITICA SUDAMÉRICA PERÚ ONPE

Qué dice la Constitución sobre la nulidad electoral

La Constitución establece el criterio para anular un proceso electoral. El artículo 184 señala que el Jurado Nacional de Elecciones declara la nulidad cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos emitidos.

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En otras palabras, la nulidad no depende de un padrón específico de una ciudad ni de los votos de un candidato en particular, sino del total de sufragios emitidos a nivel nacional.

Ese requisito vuelve inviable la idea de que un traslado de los votos de López Aliaga, incluso si fuera masivo, pueda por sí solo activar la nulidad del proceso presidencial.

FOTO DE ARCHIVO- La gente vota durante las elecciones generales de Perú, en el distrito de San Juan Miraflores, en Lima, Perú, 12 de abril de 2026. REUTERS/Stifs Paucca
FOTO DE ARCHIVO- La gente vota durante las elecciones generales de Perú, en el distrito de San Juan Miraflores, en Lima, Perú, 12 de abril de 2026. REUTERS/Stifs Paucca

Lo que establece la Ley Orgánica de Elecciones

La Ley Orgánica de Elecciones reproduce el mismo criterio. En su artículo 365, señala que la nulidad procede cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos válidos.

La diferencia entre “votos emitidos” y “votos válidos”, en la práctica, no reduce el umbral al nivel que sugieren las publicaciones virales: en ambos casos se trata de una exigencia extraordinariamente alta.

Por eso, trasladar alrededor de 2 millones de votos hacia el blanco o nulo no se acerca a la cifra requerida para invalidar la elección presidencial.

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Cuántos votos se necesitarían y qué dicen los especialistas

De acuerdo con la ONPE, en la primera vuelta de las elecciones generales 2026 votaron cerca de 20 millones de peruanos. Con ese nivel de participación, se necesitarían aproximadamente 14 millones de votos nulos o en blanco para superar el umbral de los dos tercios.

PerúCheck consultó al especialista en materia electoral Fernando Tuesta Soldevilla, quien descartó la afirmación viral: “Se requieren los dos tercios de todos los votos que se emiten”. También indicó que, según una encuesta de Ipsos citada por él, los votantes de López Aliaga no votarían mayoritariamente nulo o blanco.

La abogada Solange Bardales coincidió con el criterio de los dos tercios y agregó que, incluso si se alcanzara esa cantidad, el Jurado Nacional de Elecciones tendría que interpretar el alcance de una nulidad total o parcial: “En la práctica, el Jurado Nacional de Elecciones tendría que interpretar y resolver específicamente qué alcance tiene la nulidad”.

En la misma línea, el especialista José Naupari señaló a PerúCheck que la cifra que circula no se aproxima a la exigida y que, para una nulidad total, se requiere un análisis riguroso. También subrayó una precisión técnica: “La elección presidencial es por distrito único, no múltiple, lo que debiera llevar a asumir una mayor rigurosidad a nivel de posibilidad de nulidades parciales”.

El abogado cusqueño Miguel Olivera añadió a PerúCheck que nunca se llegó a anular una elección mediante esta modalidad.

Según la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones, la nulidad exige que los votos nulos o en blanco superen los dos tercios del total de sufragios, un umbral que se ubica muy por encima de los votos atribuidos a López Aliaga. Por eso, PerúCheck concluye que es falso que ese caudal, dirigido al voto nulo o en blanco, pueda anular la segunda vuelta.

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