
Los ciudadanos peruanos se preparan para la segunda vuelta presidencial, una jornada decisiva en la que miles de personas se preguntan si podrán votar con su Documento Nacional de Identidad (DNI) vencido. La inquietud surge porque, para la primera vuelta del pasado 12 de abril, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) aprobó una resolución excepcional que permitió sufragar con documentos caducados. No obstante, hasta la fecha, la autoridad electoral no ha publicado una disposición similar para el balotaje, lo que ha generado incertidumbre.
Resolución para la primera vuelta
RENIEC emitió la Resolución Jefatural N° 000030-2026/JNAC/RENIEC pocos días antes de la primera vuelta, habilitando el uso de DNI vencidos o próximos a vencer únicamente para la jornada del 12 de abril. La medida, adoptada en respuesta a las largas filas y reclamos en las sedes de la entidad, permitió que más de 1,8 millones de personas participaran en el proceso electoral a pesar de tener el documento caducado. Según detalló la titular de la entidad, Carmen Milagros Velarde Koechlin, la prórroga se justificó por la necesidad de asegurar el derecho al sufragio y evitar la exclusión de un amplio sector de la ciudadanía.
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De acuerdo con la resolución, la prórroga de la vigencia de los DNI solo tuvo efecto para el ejercicio del voto en la primera vuelta. La normativa no habilitó el uso del documento vencido para otros trámites civiles o bancarios, limitando su extensión estrictamente al ámbito electoral. Se informó que la medida fue comunicada oficialmente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para que adoptaran las acciones correspondientes en el proceso.
Para la segunda vuelta presidencial, RENIEC aún no ha emitido una resolución específica que extienda la validez de los DNI vencidos, lo que ha generado incertidumbre entre los votantes.
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Antecedentes de prórroga a DNI vencidos
El antecedente inmediato más relevante se remonta a las elecciones regionales y municipales de 2022, cuando RENIEC también permitió el uso de DNI vencidos para el proceso electoral, bajo una prórroga excepcional motivada por la emergencia sanitaria y la alta demanda de renovaciones. Según la información oficial, la práctica de ampliar la vigencia de los documentos de identidad para garantizar la participación ciudadana ya cuenta con precedentes tanto en elecciones generales como regionales.
La propia Ley Orgánica de Elecciones establece que el voto solo puede ejercerse con un Documento Nacional de Identidad válido. Sin una resolución expresa de RENIEC, los miembros de mesa están obligados a rechazar los documentos caducados. “El impedimento para votar no depende únicamente del vencimiento, sino del estado físico y la legibilidad del documento. Si el DNI está deteriorado o los datos no son legibles, el ciudadano tampoco podrá sufragar” explicó un funcionario de ONPE.
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RENIEC no emite comunicado
A pesar de los antecedentes y la demanda ciudadana, RENIEC no ha realizado anuncios oficiales sobre la extensión de la vigencia de los DNI vencidos para la segunda vuelta. Organizaciones civiles y colectivos de electores han solicitado públicamente que se repita la excepción, argumentando que cientos de miles de peruanos podrían quedar excluidos si no se habilita una prórroga similar a la de la primera vuelta.
Por su parte, la ONPE recordó a través de sus canales oficiales que el único documento aceptado para votar es el DNI, físico y vigente, en cualquiera de sus versiones (azul o electrónico). “No se aceptan copias, fotografías ni versiones digitales del DNI”, subrayó la autoridad electoral.
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En el caso de que RENIEC emita una nueva resolución antes de la segunda vuelta, la norma deberá publicarse en el diario oficial El Peruano y comunicarse tanto al JNE como a la ONPE para su inmediata aplicación. Hasta que esto ocurra, la recomendación de las autoridades es que los ciudadanos verifiquen la vigencia de su documento y realicen los trámites de renovación si corresponde.
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