Decretan un único día no laborable en julio 2026 para crear feriado largo de cuatro días

Se confirma un nuevo día no laborable a nivel nacional para este 2026, que estará alrededor del feriado del 28 de julio

Guardar
Google icon
Feriados de abril 2026 en Perú: conoce los días oficiales de descanso. (Foto: Agencia Andina)
Feriados de abril 2026 en Perú: conoce los días oficiales de descanso. (Foto: Agencia Andina)

Finalmente el gobierno de José María Balcázar ha aprobado un decreto que crea días no laborables en Perú con el fin de fomentar el desarrollo del turismo interno. Sin embargo, este año solo se trata de un único día no laborable en julio.

El decreto supremo N° 075-2026-PCM, publicado por la Presidencia del Consejo de Ministros, ha aprobado la creación de este día libre que aplica obligatoriamente para los trabajadores públicos, pero que es como un feriado compensable; es decir, que no se trabajará, pero se tendrán que reponer las horas no laboradas.

PUBLICIDAD

Se trata del próximo lunes 27 de julio, con el que se creará un puente festivo con el feriado del 28 de julio y dará un feriado largo de cuatro que días, que irá desde el sábado 25 de julio al mismo martes 28.

Cientos de personas aprovechan el feriado largo para hacer compras para Navidad y Año Nuevo| Panamericana

Nuevo día no laborable

“A fin de fomentar el desarrollo del turismo interno, el gobierno lleva a cabo políticas estratégicas de promoción de los atractivos turísticos del país, dentro de las cuales promueve desde hace más de una década, el establecimiento de días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas para el sector público, los cuales, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica de turismo interno; medida que tiene un impacto positivo en el desarrollo del mismo”, aclara el Gobierno en el decreto supremo.

PUBLICIDAD

Por eso, el gobierno de Balcázar considera “conveniente declarar un día no laborable sujeto a compensación para los trabajadores del sector público, durante el año 2026; así como los supuestos de excepción que permitan garantizar la continuidad de actividades indispensables para la comunidad”.

  • “Se declara día no laborable, para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, el lunes 27 de julio de 2026″, acota la norma
  • Esto creará un feriado largo que contempla los siguientes cuatro días: sábado 25, domingo 26, lunes 27 y martes 28 de julio.
Los trabajadores privados podrían descansar, pero esto requieren acuerdo con sus empleadores. - Crédito Andina
Los trabajadores privados podrían descansar, pero esto requieren acuerdo con sus empleadores. - Crédito Andina

¿Qué pasará con las horas no trabajadas?

Como se sabe, este día no laborable los trabajadores públicos no trabajan, ¿pero qué pása con esas horas que no se trabajarán?: “Las horas dejadas de laborar durante el día no laborable establecido en el artículo precedente se compensan en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de las necesidades de la entidad”, añade el decreto.

¿Todos descansarán? “Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptan las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios públicos que sean indispensables para la comunidad, durante el día no laborable establecido en el presente Decreto Supremo”, aclara la norma legal.

Mientras, en el lado los trabajadores privados, “los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deben establecer la forma como se hace efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decide el empleador”.

Gobierno anuncia pago de gratificaciones y CTS para trabajadores CAS en el sector público. (Foto composición: Infobae Perú/X: Presidencia del Perú/Agencia Andina)
La medida favorece a los trabajadores del sector público. - Crédito Composición Infobae Perú/X: Presidencia del Perú/Agencia Andina

Asimismo, las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brindan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, pesca, puertos, aeropuertos, terrapuertos, establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicio a huéspedes, restaurantes, seguridad, custodia, vigilancia, empresas del sistema financiero y otros servicios financieros, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable declarado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, y los trabajadores respectivos que continúan laborando, a fin de garantizar la provisión de servicios a la comunidad.