
La Corte Suprema aceptó revisar en última y definitiva instancia el caso de Jefferson Farfán contra su expareja Melissa Klug, conflicto donde se debate el pago de 300 mil dólares a favor del exfutbolista por violación al acuerdo de confidencialidad que ambos acordaron tras terminar su relación sentimental.
Como se recuerda, luego de que la segunda instancia confirmó el fallo que le ordenaba pagar dicho monto, Klug presentó un recurso de casación. Sin embargo, este fue declarado improcedente por la Sala Superior. Ante esta negativa, se planteó una queja directa ante la Corte Suprema.
Pues bien, la Sala Civil Transitoria Suprema declaró fundada dicha queja, aceptando revisar si corresponde que Klug pague 300 mil dólares por aparentemente no haber respetado las cláusulas del acuerdo de confidencialidad.
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Expediente aún no es elevado
Infobae pudo conocer que el Juzgado de primera instancia recién tomó conocimiento de que el caso Jefferson Farfán vs. Melissa Klug aún no estaba cerrado, por lo que declaró nulo todo lo actuado desde el momento en que dispuso iniciar la ejecución de la sentencia.
Entre los actos anulados se encuentra la resolución con la que se requirió a Klug que cumpla con pagar el monto. Así, el desembolso quedará congelado hasta que la Corte Suprema resuelva la casación.
El Juzgado de primera instancia también ordenó devolver el expediente a la Sala Superior para que esta eleve lo eleve a la Sala Civil Transitoria Suprema. No obstante, pese a que la queja fue aceptada en febrero de este año, la Corte Suprema aún no recibe el expediente.
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El acuerdo de confidencialidad
El acuerdo de confidencialidad firmado entre Jefferson Farfán y Melissa Klug les prohíbe referirse mutuamente en cualquier contexto: comentarios públicos, difusión de información, videos, comunicaciones, fotografías o declaraciones a terceros sobre su vida sentimental, personal, íntima o sobre lo ocurrido durante su relación. El incumplimiento de esta cláusula implica una penalidad de 100.000 dólares.
El documento también incluye una cláusula que los obliga a exigir a su entorno inmediato abstenerse de opinar sobre su vínculo, con el fin de evitar que allegados respondan preguntas al respecto en medios de comunicación. En este caso, la penalidad asciende a 20.000 dólares.
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La demanda por penalidad presentada por Farfán se sustenta en tres entrevistas que Klug concedió —el 19 de diciembre de 2017, el 15 de enero de 2019 y el 4 de junio de 2019— en las que hizo referencia directa al exfutbolista. Tanto el Juzgado como la Sala determinaron que la empresaria violó de forma abierta el acuerdo.
Farfán también reclamó una penalidad adicional de 40.000 dólares por no haber impedido que Tilsa Lozano y Evelyn Vela se pronunciaran sobre su relación. El Poder Judicial rechazó este punto al establecer que las declaraciones de ambas modelos no versaron sobre hechos ocurridos durante el vínculo, sino sobre situaciones posteriores a su ruptura.
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Preliminarmente, la Corte Suprema considera que el Juzgado de primera instancia y la Sala Superior habrían resuelto la demanda sin fundamentar debidamente los alcances del acuerdo de confidencialidad.
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