
El Poder Judicial rechazó el pedido del fiscal Álvaro Castañeda Rojas para archivar la investigación en su contra por presuntamente haber aceptado elaborar una denuncia penal contra los jueces de la Tercera Sala Constitucional de Lima que habían otorgado una medida cautelar a la anterior Junta Nacional de Justicia. Todo esto, supuestamente, por orden de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides.
El Juzgado Supremo de la Investigación Preparatoria declaró infundada la excepción de improcedencia de acción de Álvaro Castañeda, quien fue promovido a fiscal adjunto supremo provisional por Benavides durante su gestión.
Según la Fiscalía, en noviembre de 2023, Castañeda habría accedido a elaborar una denuncia por prevaricato y abuso de autoridad contra los jueces superiores Paredes Flores, Velarde Acosta y Cabrera Giurisich. Según la Fiscalía, esta denuncia era de interés particular de Benavides porque con ella buscaría que en el Congreso se debata y vote la moción que proponía remover a todos los miembros de la JNJ.
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“Además, Castañeda Rojas, habría intervenido coordinando con los asesores Jaime Villanueva Barreto y Abel Hurtado Espinoza para la elaboración de la denuncia, con lo cual habría coadyuvado a la precitada imputada en la utilización de los recursos personales del Ministerio Público. Aporte delictivo que lo habría realizado en favor de una presunta organización criminal, que estaría encabezada por Liz Patricia Benavides Vargas”, es la imputación de la Fiscalía.
Por este hecho, se le imputa el delito de peculado doloso agravado, en calidad de cómplice primario.

Pedido rechazado
El fiscal Álvaro Castañeda alegó que no se le podría imputar el delito de peculado doloso agravado porque, según la imputación de la Fiscalía, no habría apropiado de los “caudales” del Estado, sino que se habría instrumentalizado su “mano de obra”.
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No obstante, el Juzgado Supremo rechaza la excepción debido a que la Corte Suprema sí ha considerado en determinados pronunciamientos que “ha admitido, al menos prima facie y en determinados supuestos, la posibilidad de que el delito de peculado doloso pueda configurarse a partir de la utilización indebida de recursos humanos o servicios personales financiados por el Estado”.
Por ejemplo, se cita el caso de Martín Belaúnde Lossio, donde la Corte Suprema declaró procedente el pedido de extradición a Bolivia, considerando como presunto peculado el haber utilizado a trabajadores del Proyecto Especial Chinecas para que realicen labores particulares.

“La imputación en su contra encuentra respaldo en criterios jurisprudenciales emitidos por la Corte Suprema de Justicia de la República, lo que descarta que los hechos imputados resulten manifiestamente atípicos”, dijo el Juzgado.
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Cabe precisar que el fiscal Álvaro Castañeda también formuló otros argumentos, como que la imputación sería contradictoria porque habría sido “instrumentalizado y al mismo tiempo cómplice. Sin embargo, el Juzgado indicó que dicho cuestionamiento implicaría determinar si él efectivamente actuó dolosamente o sin conocimiento de los intereses particulares de Patricia Benavides. Y ello, dice, es entrar a valorar las pruebas, que es algo prohíbido al evaluar una excepción de improcedencia de acción.
En una excepción de improcedencia de acción solo se analiza la imputación redactada por la Fiscalía. Y para el Juzgado Supremo, la imputación contra el fiscal Álvaro Castañeda sí podría enmarcarse en un presunto peculado doloso agravado.
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