
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) confirmó que, para las Elecciones Generales 2026, los miembros de mesa suplentes deberán presentarse en sus locales asignados a las 6:00 a. m., junto a los titulares.
La inasistencia, aun si la mesa logra instalarse con otros ciudadanos, generará automáticamente una multa de S/ 275. Esta cifra iguala la sanción aplicada a los titulares. La medida busca que las mesas de sufragio se instalen puntualmente, evitando retrasos y desorden en la apertura de locales el domingo 12 de abril.
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Cada mesa de sufragio estará integrada por tres titulares y seis suplentes, todos seleccionados previamente. Tanto titulares como suplentes están obligados a firmar el acta de instalación para evitar la sanción.
La ONPE precisó que “la asistencia es obligatoria para los nueve designados, sin distinción”. Si alguien no cumple esta función, también perderá la compensación económica de S/ 165.
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La presencia temprana de los suplentes cobra relevancia porque, si uno de los titulares no acude, el suplente debe asumir el cargo para no retrasar el proceso. La ONPE aclara que, si un suplente asiste puntualmente y no es requerido, puede votar y retirarse sin sanción ni compensación económica.

Sanciones acumulables y restricciones posteriores
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) puntualizó que la multa de S/ 275 corresponde al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al año 2026.
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Esta sanción también podría recaer sobre los ciudadanos que, estando en la fila, se niegan a completar una mesa incompleta. El pago puede realizarse mediante la plataforma digital del JNE o en agencias del Banco de la Nación.
Las consecuencias de no pagar estas sanciones van más allá de lo económico. El JNE informó que los ciudadanos con multas pendientes quedarán impedidos de realizar trámites administrativos, civiles, judiciales o comerciales, de acuerdo con la Ley 28859.
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Compensación, capacitación y proceso de votación
La ONPE reiteró que quienes cumplan la función de miembro de mesa el día de las elecciones, además de recibir la compensación de S/ 165, podrán acceder a un día de descanso adicional en sus centros de labores
Para ello, los involucrados deberán haber asistido previamente a las capacitaciones oficiales. Esta condición busca reforzar la preparación y el correcto desenvolvimiento de los integrantes de mesa.
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¿Cuáles son las multas por no votar según el distrito?
El JNE ha fijado tres categorías de multa electoral para quienes omitan su deber de votar. En distritos clasificados como “pobreza extrema”, el monto es de S/ 27,50, equivalente al 0,5 % de la UIT.
Para los habitantes de distritos de “pobreza no extrema”, la penalidad asciende a S/ 55,00 (1 % de la UIT). En tanto, en las jurisdicciones consideradas “no pobres”, la multa por no acudir a las urnas es de S/ 110,00, es decir, el 2 % de la UIT, conforme a lo detallado por el Jurado Nacional de Elecciones.
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Estas sanciones se aplican de manera automática y su pago es requisito indispensable para realizar distintos trámites ante el Estado, como la obtención de pasaporte o el acceso a servicios públicos. El objetivo central es asegurar que la mayor parte del padrón participe en la jornada democrática.
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