
El Congreso de Perú evalúa un proyecto de ley impulsado por el congresista Américo Gonza, con respaldo del actual presidente José María Balcázar, que propone eliminar la tercerización y la intermediación laboral en el sector privado formal, medida que impactaría directamente en el 3,5% de los empleos formales, según información oficial.
El proyecto modifica el modelo organizacional de las empresas, estableciendo la incorporación a planilla de los trabajadores actualmente contratados bajo esquemas de tercerización o intermediación laboral. Según el texto, estos empleados mantendrían su antigüedad y todos los derechos sociolaborales adquiridos.
¿Desigualdades salariales y obstáculos a la sindicalización?
De acuerdo con un análisis de Horizonte Laboral, preparado por Paloma Cotrina y Mayen Ugarte, el proyecto se fundamenta en el argumento de que las fórmulas de tercerización han permitido la aparición de diferencias salariales entre empleados que realizan funciones similares.
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La iniciativa legislativa sostiene también que estos mecanismos pueden dificultar la sindicalización y limitar el alcance de la negociación colectiva.
Los datos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) señalan que, en 2025, las empresas que brindan servicios de tercerización representaban 0.33% del total de empresas privadas, pero concentraban aproximadamente 3,5% del empleo privado formal.
Entre 2019 y 2025, el número de compañías de tercerización pasó de 922 a 1.249, lo que implica un crecimiento acumulado de 35%. En términos de puestos de trabajo, la recuperación tras la caída de 18.2% en 2020 llevó a que el empleo tercerizado se ubicara 21% por encima de los niveles previos a la pandemia.
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Crecimiento de la tercerización y concentración sectorial
La mayor proporción del empleo tercerizado se concentra en actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler (más del 55%), seguidas por la minería (alrededor de 13%) y el transporte, almacenamiento y comunicaciones (cerca de 11%), según datos del gobierno.
Desde el enfoque económico, distintos estudios han planteado que la tercerización permite a las empresas una mayor especialización de funciones, señala el estudio.

Un trabajo de Bilal y Lhuillier citado por Horizonte Laboral señala que un incremento de 1% en el gasto en servicios tercerizados, en proporción a los costos totales, se vincula con un aumento de aproximadamente 4,8% en el valor agregado de la empresa.
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Por su parte, el Banco Central de Reserva del Perú (BCR) ha indicado que esta modalidad facilita el acceso a conocimientos técnicos especializados y otorga flexibilidad en contextos de demanda cambiante.
Incertidumbre jurídica y falta de análisis macroeconómico
No obstante, el proyecto subraya que cuando los contratistas carecen de autonomía real o el personal destacado permanece bajo subordinación de la empresa usuaria, la tercerización puede encubrir relaciones laborales directas, por lo tanto, considera su eliminación como respuesta.
De aprobarse la medida, las empresas que hoy emplean estos esquemas necesitarían reorganizar procesos productivos, invertir en nuevas áreas y redefinir estructuras internas.

El texto advierte del riesgo de que algunas compañías, al no poder absorber toda la fuerza laboral tercerizada, opten por reducir personal o acelerar la automatización. En un país con alta informalidad, un aumento abrupto de los costos podría empujar a más trabajadores fuera del sector formal.
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Horizonte Laboral señala que podría generarse un aumento de litigios laborales vinculados al reconocimiento de antigüedad y la redefinición de responsabilidades. El proyecto de ley tampoco incluye un análisis detallado sobre los efectos macroeconómicos o el impacto en la competitividad.
¿Cómo funciona la tercerización en otros países de la región?
El debate se da en un contexto de precedentes normativos, como el Decreto Supremo N.° 001-2022-TR, que restringió la tercerización en el núcleo del negocio y fue objeto de controversias legales y administrativas.
En 2025, el Tribunal Constitucional sostuvo que el Estado puede establecer límites a la tercerización en el núcleo empresarial sin vulnerar la libertad de empresa, aunque la sentencia no tiene efectos generales, dejando la decisión definitiva a la Corte Suprema.
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La experiencia de otros países muestra caminos alternativos a la prohibición. México reformó en 2021 su régimen, prohibiendo el suministro de personal, pero manteniendo la contratación de servicios especializados bajo registro obligatorio.
Por su parte, economías vecinas como Chile y Colombia han optado por regular y fiscalizar lo modelos de subcontratación e imponer sanciones en caso de uso indebido, sin eliminarla completamente.
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