El Poder Judicial acató un fallo del Tribunal Constitucional (TC) y dispuso el archivo definitivo del caso ‘Cócteles’, en el que la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, junto a otras 32 personas vinculadas a su partido, enfrentaba una investigación por presuntos aportes ilegales a las campañas electorales de 2011 y 2016.
El Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia ejecutó la resolución del máximo intérprete de la Constitución y declaró el “sobreseimiento definitivo” del proceso contra la hija del exdictador, quien enfrentaba cargos de lavado de activos con la agravante de organización criminal.
“En ese sentido, levántese todo tipo de medida de carácter personal y real que se haya impuesto a la referida procesada por los indicados delitos en el presente proceso” y “hágase extensivo los criterios expuestos en la indicada sentencia a los coprocesados”, señala la resolución, parte de la cual difundió este martes la abogada de Fujimori, Giuliana Loza.
Por medio de su cuenta de X (antes Twitter), la defensora indicó que “no hubo lavado de activos ni organización criminal” y celebró la finalización del proceso “por carecer de base legal y vulnerar el debido proceso, en una clara persecución fiscal”.
En octubre pasado, el TC admitió una demanda de la defensa de la aspirante presidencial, quien intenta llegar al poder por cuarta vez, y dispuso archivar el caso. No obstante, puntualizó que no estaba pronunciando sobre su inocencia o culpabilidad, sino que descartaba una acusación “sin respaldo legal ni constitucional”.
Loza había solicitado la anulación de las resoluciones judiciales relacionadas con el proceso contra su patrocinada por presunto lavado de activos, organización criminal, falsa declaración y falsedad genérica, además de todos los actos previos realizados desde el inicio de las pesquisas en 2017.
La abogada sostuvo además que antes de noviembre de 2016 no existía la consideración de que recibir fondos para campañas políticas constituía un delito de lavado de activos, y cuestionó que la Fiscalía sumara nuevos elementos al expediente en octubre de 2018 sin respetar el derecho de defensa.

El Constitucional acogió su demanda y ordenó al Décimo Juzgado pronunciarse con celeridad sobre la situación jurídica de Fujimori, valorando los argumentos de la sentencia. Esta resolución acaba de hacerse pública.
El caso
El caso se abrió contra Fujimori y otros dirigentes de Fuerza Popular por la presunta financiación irregular de sus campañas electoral de 2011 y 2016 con dinero de empresas privadas, que la agrupación política explicó como procedente de una serie de ‘cócteles’ en los que participaron simpatizantes.
Entre los supuestos aportantes irregulares a las campañas de Fujimori estuvieron la empresa brasileña Odebrecht y varios conglomerados económicos del país, lo que llevó a la Fiscalía a considerar que se había conformado una “organización criminal”, por lo que también se debía ordenar la disolución de la formación política.
De acuerdo con la última encuesta de Datum, la dirigente de Fuerza Popular ocupa el segundo puesto en la intención de voto presidencial con 8,8%. El primer lugar corresponde a Rafael López Aliaga, de Renovación Popular, quien registra 12%. Carlos Álvarez, de País para Todos, figura con 6,2%; Mario Vizcarra, de Perú Primero, con 5,8%; y Alfonso López Chau, de Ahora Nación, con 3,8%.
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