
El juez Jorge Luis Chávez Tamariz, del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, declaró inaplicable la Ley 32419 de amnistía en un caso de desaparición forzada ocurrido en 1990 en Huanta, Ayacucho.
Chávez Tamariz responde así a la petición del general en retiro Petronio Baltazar Fernández Dávila Carnero, quien desde la clandestinidad solicitó el archivo de su proceso penal invocando la cuestionada amnistía aprobada por el Congreso y promulgada por todo lo alto por Dina Boluarte.
El juez realizó un “control difuso” y un “judicial review”, concluyendo que la norma es incompatible con tratados internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
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“El derecho de amnistía (perdón de los delitos) dispuesto por el Parlamento y promulgada por la presidenta de la República es anticonvencional y no supera a otros derechos enfrentados como derecho a la verdad, (...) el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva (...) y del artículo 44 de la Constitución que impone al Estado los deberes como garantizar la plena vigencia de los derechos humanos”, se lee en la resolución.

Sumado a ello, Chávez Tamariz recuerda que el delito de desaparición forzada es un delito de lesa humanidad y permanente en el tiempo, por lo que “la tutela jurisdiccional efectiva es en favor de las víctimas” y “los actos de amnistía del legislativo no pueden ser contrarios a las garantías que exige la Constitución como la defensa de los derechos humanos”.
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El caso
El proceso penal trata de la desaparición forzada de Jorge Gutiérrez Quintero, un agricultor de 30 años detenido la noche del 25 de enero de 1990 por una patrulla militar del Batallón Contrasubversivo “Los Cabitos N° 51” en Huanta.
Según la acusación fiscal, Fernández Dávila Carnero, entonces comandante general de la Segunda División de Infantería de Ayacucho y jefe político-militar de la Subzona de Seguridad N° 5, y el teniente coronel Carlos Absalón Romero Bartesaghi, jefe del batallón, actuaron como autores mediatos del delito.
Y es que Gutiérrez Quintero fue llevado al cuartel de Castropampa por supuestamente ser sospechoso de pertenecer a Sendero Luminoso, pero luego el Ejército se reconoció en un oficio que fue puesto en libertad. Sin embargo, a la fecha sigue desaparecido.
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La última vez que su esposa e hijos lo vieron con vida fue el día de su detención, aproximadamente a las 11:00 de la noche del 25 de enero de 1990.
Sus familiares formularon la denuncia ante la Fiscalía de Huanta, que requirió información sobre el paradero de Gutiérrez Quintero al Ejército. Este respondió en un inicio que efectivamente se encontraba detenido por supuestos vínculos con Sendero Luminoso. Ante un nuevo requerimiento de información, reconocieron que fue puesto en libertad, aunque aún sigue sin aparecer.
Ley inconstitucional
El juez Jorge Chávez Tamariz es el segundo magistrado de la Corte Superior Nacional en inaplicar la Ley de Amnistía que el Congreso y el Ejecutivo pretender imponer. El primero en reconocer que la norma es inconstitucional e inconvencional fue el juez Leodan Cristóbal en un proceso por abuso de autoridad, tortura y violación sexual en agravio de 15 comuneros.
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