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Confirman el procesamiento de un acusado por integrar una banda de secuestros ligada a dos empleados del Consejo de la Magistratura

La Cámara Federal de San Martín consideró que había indicios suficientes para procesar al sospechoso como coautor de privaciones ilegales de la libertad y robos agravados, dentro de una causa que involucra a dos empleados del organismo que selecciona y remueve jueces

Empleados del Consejo de la Magistratura
Parte de la banda acusada de los secuestros extorsivos
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La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento de Misael Crevatin, acusado de integrar una banda criminal asentada en el partido bonaerense de La Matanza y vinculada a dos empleados del Consejo de la Magistratura de la Nación. El tribunal de Alzada consideró que había pruebas suficientes para encuadrar al imputado como coautor de asociación ilícita, dos secuestros extorsivos -uno de ellos contra una víctima menor de edad-, robo agravado y un intento fallido de secuestro.

La resolución fue dictada este lunes la Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Marcos Morán, Marcelo Darío Fernández y Juan Pablo Salas, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensa oficial de Crevatin, que había planteado “insuficiencia probatoria” y desproporción en el embargo fijado en su contra por 25 millones de pesos.

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La causa se inició a partir de un par de episodios ocurridos en mayo de 2023 en La Matanza. Allí, una organización delictiva ejecutó dos secuestros extorsivos: el primero tuvo como víctima a Sergio Daniel Pérez, liberado tras el pago de 40 mil dólares y 1,1 millón de pesos; el segundo, a un adolescente de 15 años identificado como César Axel Ramírez, por quien se abonaron rescates parciales por unos 700 mil pesos y 34 mil dólares.

Según la investigación, los captores realizaban tareas de inteligencia previas sobre las rutinas de sus objetivos, utilizaban autos robados o con patentes adulteradas, armas y celulares descartables, y actuaban con un nivel de organización que les permitía planificar cada etapa del delito, desde la captura y el traslado hasta las negociaciones posteriores para el rescate.

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En agosto de 2023, el juez federal de Morón, Jorge Ernesto Rodríguez, procesó con prisión preventiva a cinco integrantes de la banda: Lucas Gastón Coppola, Ezequiel y Juan Maximiliano Stelter y los hermanos Matías Nahuel y Juan Jesús Más, empleados de maestranza del Consejo de la Magistratura. Ambos, de acuerdo con el expediente, aportaban vehículos y mano de obra, entre ellos una camioneta Volkswagen Amarok oficial del organismo que fue utilizada en uno de los hechos.

Los Injertos del Cono Norte no solo operan en territorio peruano, sino que han extendido sus actividades hacia otros países, como Brasil. (Gob)
Uno de los secuestros extorsivos tuvo como víctima a un adolescente de 15 años (Foto ilustrativa: Archivo-Gob)

La Cámara Federal de San Martín confirmó esos procesamientos en septiembre de 2023. Los de Coppola y los Stelter quedaron firmes por no haber sido apelados. El procesamiento de Crevatin, en tanto, se dictó con posterioridad, tras nuevas pruebas que lo vincularon con la organización y con un tercer episodio en grado de tentativa ocurrido en la Ciudad de Buenos Aires, frustrado por la intervención policial.

La participación de los hermanos Más derivó en medidas administrativas dentro del Consejo. Los dos empleados fueron suspendidos preventivamente, al igual que su padre, Sebastián Ceferino Más, jefe de la Oficina de Enlace del organismo de selección y remoción de jueces. Una resolución de agosto de 2023, firmada por la vicepresidenta del Consejo, Agustina Díaz Cordero, se basó en un informe del Cuerpo de Auditores que recomendó instruir sumario administrativo tanto a los hijos como al padre.

El texto señaló una “marcada falta de control de la oficina a su cargo”, que “parece haber oficiado de rampa para los designios delictuales” de sus hijos. También destacó que no se pudo establecer con claridad el uso oficial de la Amarok blanca asignada al área, aunque se verificó que fue empleada en al menos un secuestro. Según el relevamiento, en la oficina dirigida por Sebastián Más trabajaban además otros familiares, un esquema que la resolución describió como contrario a las normas básicas de ética y transparencia.

Por su parte, al revisar la apelación de Crevatin, el tribunal de Alzada de San Martín explicó que en delitos complejos como los secuestros extorsivos la prueba debe ser evaluada en forma conjunta y no aislada. En ese marco, consideró acreditada la participación del imputado en la asociación ilícita y en los distitos hechos atribuidos. Entre los elementos valorados se incluyeron conversaciones telefónicas en las que se lo menciona como “Misa” o “Missa”, llamadas entre su línea y teléfonos usados durante los cautiverios de Pérez y Ramírez, la declaración de una testigo que describió al acompañante en la entrega de un rescate como de “ojos color miel”, un rasgo que resultó coincidente con su fisonomía, según legajos oficiales.

Jueza Agustina Diaz Cordero
La jueza y vicepresidenta del Consejo de la Magistratura, Agustina Díaz Cordero

A su vez, se evaluaron mensajes extraídos del celular de Coppola en los que se lo señalaba como miembro de la banda y se hacía referencia a su auto personal, un Chevrolet Corsa blanco con vidrios no polarizados, más registros de antenas que ubicaron líneas vinculadas a la banda en la zona de su domicilio durante los cautiverios.

La defensa había planteado que no existía reconocimiento directo por parte de las víctimas y que el apodo “Misa” podía referirse a otra persona. Sin embargo, la Sala I concluyó que la conjunción de los indicios “se traducen en presunciones eficientes para atribuir responsabilidad”. En cuanto al embargo, sostuvo que la suma de 25 millones de pesos se ajustaba al artículo 518 del Código Procesal Penal, cuyo objetivo es garantizar el pago de costas, honorarios y eventuales indemnizaciones.

Los otros cinco acusados quedaron imputados por su participación en los dos secuestros extorsivos, agravados por el efectivo cobro de los rescates, la intervención de tres o más personas y la condición de menor de edad de una de las víctimas. Además, se les atribuyó un hecho de robo agravado cometido en poblado y en banda, con armas cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada. En paralelo, a Lucas Gastón Coppola y a los hermanos Juan y Ezequiel Stelter se les endilgó también la comercialización de cocaína y marihuana, mientras que Matías y Juan Jesús Más obtuvieron falta de mérito respecto del secuestro fallido.

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