
Ya lo había intentado sin éxito la fiscal federal de Esquel Sivina Avila. Ahora la jugada fue directamente del Gobierno. A través de uno de sus abogados, el Ministerio de Seguridad nacional le pidió días atrás al juez del caso Maldonado, Guillermo Gustavo Lleral, el cambio de carátula en el expediente que lleva la investigación por la muerte del joven tatuador de 28 años durante un operativo de Gendarmería en la Pu Lof en Resistencia de Cushamen. Básicamente, el Ejecutivo reclamó que deje de estar rotulado como "desaparición forzada". Sin embargo, el magistrado respondió otra vez que no.
En un documento fechado este viernes 4 de mayo, al que tuvo acceso Infobae, Lleral dejó claro en su rechazo que tachar del expediente la sospecha de "desaparición forzada" podría inferir que él considera que no la hubo. "Supone, sin lugar a dudas, el adelantamiento de la opinión de este magistrado acerca de las hipótesis de la investigación y, por ello, un examen y valoración probatorios anticipado", respondió el titular del Juzgado N° 2 de Rawson.
Lleral desestimó el reclamo que el pasado 29 de abril hizo el Gobierno a través del abogado Fernando Soto, quien representa los intereses del ministerio que conduce Patricia Bullrich. "Resulta jurídicamente imposible pronunciarme sobre el cambio de calificación jurídica a la que alude el letrado, ello en atención al estadio procesal que transita el expediente y a las medidas de prueba que se encuentran en curso de ejecución", amplió Lleral.

Lleral había rechazado en diciembre pasado un pedido similar de la fiscal Avila. En aquel momento, el magistrado consideró que el cambio de carátula no era "relevante". Ahora, los argumentos para su negativa fueron más allá, sostenidos sobre la idea de que cambiar la carátula podría entenderse como un gesto de parcialidad de su parte.
"A la luz del estado actual de la causa y frente a la existencia de pruebas en proceso de materialización, se encontraría abiertamente reñido con el principio constitucional de imparcialidad judicial, derivado de las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio", remarcó Lleral, y citó al prestigioso constitucionalista Néstor Pedro Sagües: "En términos contundentes, el juez o es imparcial, o no es juez".
Los argumentos del Ministerio de Seguridad, a través del abogado Soto, se basaron en la forma en que Maldonado murió el mediodía del 1° de agosto de 2017. De acuerdo a lo que reveló la autopsia, Santiago se ahogó en el río Chubut mientras intentaba escapar de la persecución de unos 70 gendarmes, que habían llegado hasta Cushamen para levantar un corte de ruta que siete mapuches de la Pu Lof, más el tatuador, habían hecho esa mañana.

"Este sumario se abrió bajo la hipótesis de la comisión de un delito de desaparición forzada de persona, investigándose a miembros de Gendarmería Nacional Argentina. En paralelo se ha substanciado la causa nro. 8233 para averiguar el paradero del sr. Santiago Maldonado, en virtud de la denuncia de su ausencia. En dicha causa se ha podido determinar fehacientemente que el joven Maldonado ha fallecido por ahogamiento por inmersión, y que ni sus prendas ni su cuerpo presentaron signos de arrastre, ni de violencia", argumentó Soto en el pedido a Lleral, con la intención del cambio de carátula.
El juez fue contundente en su respuesta negativa. Y además le remarcó a Soto que el Ejecutivo no es parte del caso, ni como imputado, ni como querellante, ni como fiscal ni como defensor. "NO reviste la calidad de parte procesal legitimada en estos autos de conformidad con nuestra ley procesal", escribió, en mayúsculas y subrayado.
"Como lógica derivación de las consideraciones precedentemente vertidas, en respeto de los principios republicanos en juego, y tal como ya lo anticipé, me encuentro constitucionalmente obligado a diferir el análisis y la decisión acerca de la pretensión exteriorizada por el representante del Ministerio de Seguridad de la Nación, para el momento de pronunciarme sobre el mérito de la presente causa", cerró Lleral.
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