
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordaron que los ciudadanos designados como miembros de mesa para la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026 deberán presentar una excusa, justificación o dispensa en caso no puedan cumplir con sus funciones el próximo domingo 7 de junio. Las autoridades electorales precisaron que estos trámites cuentan con plazos específicos y requieren documentación sustentatoria para evitar sanciones económicas posteriores.
La ONPE explicó que la excusa es el procedimiento que permite a un miembro de mesa solicitar, antes de la jornada electoral, ser exonerado de dicha obligación debido a causas contempladas en la normativa electoral. Según el organismo electoral, este trámite puede presentarse hasta cinco días hábiles después de la publicación definitiva de la lista de miembros de mesa titulares y suplentes.
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Por su parte, el JNE indicó que las solicitudes deben estar debidamente sustentadas y serán evaluadas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) y los Jurados Electorales correspondientes. Las autoridades exhortaron a los ciudadanos a no esperar los últimos días para iniciar el trámite, debido a que una solicitud presentada fuera del plazo establecido puede ser declarada improcedente.

¿Por qué debo presentar una dispensa?
Entre las principales causales aceptadas por las autoridades electorales figuran problemas graves de salud, discapacidad física o mental, embarazo, periodo de lactancia, viajes al extranjero y desempeño de labores esenciales durante el proceso electoral. También se contempla a ciudadanos que residan fuera del país o tengan familiares directos con enfermedades graves.
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Asimismo, el JNE señaló que existen casos especiales para personas mayores de 65 años, miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y trabajadores que deban cumplir funciones indispensables el día de las elecciones. En estos casos, los ciudadanos deberán acreditar documentalmente el impedimento para quedar exonerados del cargo.
Las entidades electorales recordaron que no basta con alegar una razón personal para dejar de asistir a la mesa de sufragio. La solicitud deberá incluir pruebas verificables que permitan confirmar el motivo presentado por el ciudadano. De no cumplir con este requisito, la excusa o justificación podría ser rechazada.
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Requisitos y documentos obligatorios para dispensa
El JNE precisó que los ciudadanos deberán cumplir con una serie de requisitos mínimos para que su solicitud sea admitida y evaluada correctamente. Dependiendo de la causal presentada, también se exigirá documentación adicional que respalde el pedido.
Requisitos principales
- DNI vigente o DNI electrónico.
- Solicitud de excusa, justificación o dispensa indicando el motivo.
- Documentos probatorios según la causal invocada.
- Pago de la tasa administrativa correspondiente, salvo excepciones.
- Casilla electrónica del JNE para algunos trámites virtuales.
- Firma digital mediante DNI electrónico en determinados procedimientos.
Documentos sustentatorios según cada caso
- Certificado médico o constancia de incapacidad.
- Documentos de hospitalización.
- Certificado de defunción de familiar directo.
- Pasajes o documentos migratorios para viajes al extranjero.
- Constancias laborales o institucionales.
- Documentos emitidos por el INPE en casos de reclusión.
- Denuncias policiales por pérdida o robo de DNI.

El Ministerio de Relaciones Exteriores también difundió el Formulario P2 de solicitud de excusa o justificación para las Elecciones Generales 2026, documento que debe ser completado y firmado por el solicitante antes de ser presentado ante las autoridades electorales.
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Diferencias entre excusa, justificación y dispensa
El JNE recordó que existen diferencias entre los procedimientos de excusa, justificación y dispensa, aunque muchas veces los ciudadanos los confunden durante los procesos electorales.
La “excusa” se presenta antes de la elección y tiene como finalidad evitar que el ciudadano asuma el cargo de miembro de mesa. La “justificación”, en cambio, se solicita después de la jornada electoral cuando la persona no cumplió con instalar la mesa de sufragio. Finalmente, la “dispensa” corresponde principalmente a los ciudadanos que no pudieron votar el día de la elección.
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Las autoridades precisaron que, en caso un miembro de mesa no haya presentado una excusa previa y finalmente no asista el 7 de junio, podrá tramitar posteriormente una justificación ante el JNE para intentar dejar sin efecto la multa electoral correspondiente.

¿Cómo presentar la solicitud ante el JNE?
El trámite puede realizarse tanto de manera virtual como presencial. El JNE informó que los ciudadanos podrán utilizar el Sistema de Dispensa Virtual habilitado para las Elecciones Generales 2026 o acudir directamente a oficinas desconcentradas y sedes electorales.
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Procedimiento general para presentar la solicitud:
- Ingresar al Sistema de Dispensa Virtual del JNE o acudir a una oficina electoral.
- Registrar los datos personales del solicitante.
- Adjuntar los documentos sustentatorios correspondientes.
- Completar el formulario de excusa, justificación o dispensa.
- Realizar el pago de la tasa administrativa, si corresponde.
- Enviar la solicitud y realizar seguimiento al expediente.
El JNE indicó que las solicitudes de justificación y dispensa pueden presentarse desde el día siguiente de la elección. Además, recordó que los ciudadanos cuya mesa de sufragio no logró instalarse podrán acceder a una dispensa sin multa.
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Multas por no cumplir como miembro de mesa
El JNE recordó que los ciudadanos que no cumplan injustificadamente con su función como miembros de mesa durante la segunda vuelta del 7 de junio deberán pagar una multa de S/ 267.50, equivalente al 5 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Esta sanción se aplica independientemente de la multa por omisión al sufragio.
Las autoridades electorales precisaron que, si un ciudadano no vota y además incumple su rol como miembro de mesa, las multas pueden acumularse. El monto por no sufragar varía según el nivel de pobreza del distrito registrado en el DNI del elector, por lo que la penalidad total podría ser mayor.
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La ONPE y el JNE señalaron que las solicitudes de excusa, justificación o dispensa serán evaluadas por las ODPE y los Jurados Electorales correspondientes. Por ello, exhortaron a los ciudadanos sorteados a presentar la documentación sustentatoria dentro de los plazos establecidos, ya que los pedidos extemporáneos o sin pruebas válidas serán declarados improcedentes.
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