
La Ley 32563 ya está vigente y ahora los trabajadores CAS (bajo el régimen del decreto legislativo 1057, de Contratación Administrativa de Servicios, recibirán gratificación y CTS por primera vez.
Si bien el pago de la CTS se hace al cese de labores y aún deberá implementarse adecuadamente con presupuestos de las entidades, la gratificación ya viene en julio, en dos meses más.
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Pero ante preocupación de los trabajadores CAS por posibles presupuestos insuficientes para estos pagos, las entidades estatales van informado si pagarán o el avance que han hecho para hacer estos pagos. Ahora le toca al Ministerio de Educación: si bien no se ha pronunciado oficialmente, el Minedu sí ha enviado oficios a sus Unidades Ejecutoras para que informen la proyección de costos totales de los registros CAS para el financiamiento de los nuevos beneficios.
Minedu calculará el presupuesto necesario
Minedu busca conocer cuánto necesita destinar para asegurar el financiamiento de las gratificaciones CAS, así como el pago de la CTS, en todas sus entidades, tras la promulgación de la Ley N° 32563, Ley que regula los derechos y obligaciones de los servidores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 1057.
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Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en atención al documento de la referencia, mediante el cual se modifican los artículos 3, 5 y 6 del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios.
“Es necesario que vuestros Despacho, como responsables de Unidades Ejecutoras, informen a esta Unidad la proyección de costos totales de los registros CAS, así como las bases nominales con sus respectivos correlativos a fin de contar con la información correspondiente para las acciones que correspondan”, informa la Jefa de la Unidad de Planificación y Presupuesto del Minedu a los responasbles de las Unidades Ejecutoras de la entidad.
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Así, el siguiente paso será que estas informen los montos necesarios para cumplir, sobre todo, con el pago de la gratificación de este julio ya próximo.
¿Qué aprobó la Ley?
El Artículo 6 de la Ley N° 32563, en el cual se establece que el Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos:
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- Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, cada una de las cuales es el equivalente a una remuneración mensual
- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), tomando como base el 100% de la remuneración mensual por cada año de servicio, el pago de la CTS es cancelatorio y solo se efectiviza a la culminación del vínculo del servidor con la entidad.

Las entidades que confirmaron pago
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Ministerio de Energía y Minas
- Ministerio de Cultura
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Vivienda
- Ministerio de Transportes y Comunicaciones
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: MEF dio opinión favorable a sus modificaciones presupuestarias para hacer cumplir la Ley
- Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu)
- Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú
- Universidad Nacional de Huancavelica
- Municipalidad de San Luis
- Instituto Geofísico del Perú
- Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA): MEF dio opinión favorable a sus modificaciones presupuestarias para hacer cumplir la Ley.
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