
El Ministerio de la Producción ha impuesto controles más estrictos para las embarcaciones peruanas que pescan calamar gigante o pota en aguas internacionales del Pacífico Sur.
La nueva norma, establecida por la Resolución Ministerial Nº 000016-2026-PRODUCE, exige que todas las naves inscritas ante la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP-PS) cumplan medidas de conservación, monitoreo y fiscalización alineadas con los estándares internacionales.
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A partir de ahora, las embarcaciones peruanas deberán cumplir con varios requisitos clave:
- Contar con registro obligatorio y actualizado ante la OROP-PS.
- Operar con sistemas de seguimiento satelital activos durante toda la faena.
- Incorporar observadores a bordo para fiscalizar actividades y reportar datos.
- Presentar un formato especial de registro de captura y esfuerzo, diseñado por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), en cada desembarque autorizado,especialmente para naves menores de 15 metros de eslora.
Estas nuevas reglas buscan cerrar brechas en el control sobre la pesquería de calamar gigante, un recurso económico clave para el país y de creciente demanda internacional. El Perú es líder mundial en exportación de pota, pero enfrenta riesgos de sobreexplotación y presiones por parte de organismos internacionales y países vecinos para garantizar una extracción sostenible.
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Ministerio de la Producción endurece medidas contra la pesca ilegal de pota en el Pacífico Sur
El marco de la medida se apoya en la Ley General de Pesca y en los compromisos asumidos por el Estado peruano en foros internacionales. La OROP-PS, entidad de la que Perú es miembro, regula desde hace años la pesca en alta mar y obliga a todos los países participantes a implementar sistemas de registro, monitoreo satelital y observadores independientes en sus flotas.
El Ministerio de la Producción, en coordinación con IMARPE y las autoridades regionales, será responsable de supervisar la implementación de estas medidas y de aplicar sanciones en caso de incumplimiento.
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Los desembarques de pota deberán ser reportados en puntos autorizados y verificados por personal del IMARPE o fiscalizadores regionales. Si las embarcaciones no cumplen con los registros o el monitoreo requerido, podrán ser sancionadas administrativamente, en línea con la creciente presión internacional contra la pesca ilegal y la sobreexplotación de recursos marinos.

En el contexto actual, el endurecimiento de las reglas para la pesca de pota busca proteger uno de los principales motores de la economía pesquera nacional, garantizar empleos y mantener la reputación de Perú como proveedor responsable en el mercado mundial.
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El cumplimiento de estos estándares también es clave para evitar restricciones comerciales o cuestionamientos sobre la sostenibilidad de la pesquería peruana de calamar gigante. La resolución ya está vigente y su texto completo será publicado en la plataforma digital del Ministerio de la Producción.
La nueva normativa exige monitoreo satelital continuo a flotas de calamar gigante
La pesca de pota en Perú durante 2025 se caracterizó por una cuota nacional elevada a 609,935 toneladas tras la recuperación del recurso post El Niño, impulsando el sector pesquero, aunque con regulaciones estrictas (suspensiones temporales, cuotas por temporada, y trazabilidad) para asegurar la sostenibilidad y el control científico.
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Como se recuerda, hubo un incremento significativo en desembarques de la especie y se reforzó el manejo adaptativo por parte del Ministerio de la Producción mediante operaciones de investigación (Calamar Gigante IV) y controles científicos (IMARPE).
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