
La Corte Suprema de Justicia de Perú emitió el pasado 7 de noviembre la sentencia definitiva que prohíbe la pesca industrial en todas las áreas naturales protegidas del país, consolidando la vigencia de una política ambiental que fue eje de conflictos judiciales y sectoriales durante los últimos años.
Aunque el contenido del fallo se conoció hace algunos días, la redacción final y la notificación formal a las partes involucradas no se habían concretado hasta esta fecha, lo que mantuvo la expectativa en el sector pesquero, ambiental y estatal. Infobae Perú pudo revisar el documento.
PUBLICIDAD
Paracas: Corte Suprema ratifica prohibición de la pesca industrial en la reserva marina
El máximo tribunal rechazó la demanda presentada por la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP), agrupación que reúne a las principales empresas del sector, contra el Estado peruano, representado por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP).
La SNP buscaba anular la norma que impide la extracción pesquera de gran escala en las áreas protegidas, un reclamo que se apoyaba en la interpretación de la Ley N.º 26834 sobre el aprovechamiento de recursos naturales.

La disputa se centró en la Directiva N.º 006-2021-SERNANP-DGANP, aprobada en septiembre de 2021, que formalizó la prohibición de la pesca industrial en parques, reservas y santuarios nacionales.
PUBLICIDAD
Esta medida había sido cuestionada por el sector empresarial, que alegaba que la ley peruana permite el uso comercial de recursos naturales en reservas nacionales bajo planes de manejo y supervisión estatal.
Antecedentes, protección legal y el interés de la industria pesquera
Durante el proceso, varias organizaciones ambientales —IDLADS PERU, Oceana INC y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)— solicitaron intervenir como “terceros coadyuvantes” para respaldar la defensa de la prohibición.
La Corte Suprema rechazó estas solicitudes al considerar que no existe una relación jurídica material directa entre estas entidades y SERNANP, aunque reconoció la importancia de sus aportes técnicos y permitió que expusieran sus posiciones en audiencia pública.
PUBLICIDAD

El tribunal fue contundente al interpretar la Ley de Áreas Naturales Protegidas. Tras analizar los artículos 21.b, 22.f y 23.d de la normativa, concluyó que la finalidad de la ley es proteger la biodiversidad y evitar la extinción de especies de flora y fauna silvestre, especialmente las que se encuentran en peligro.
La sentencia sostiene que permitir la pesca industrial en áreas protegidas contradice este objetivo y pone en riesgo la integridad de estos ecosistemas.
La justicia de Perú pone un límite a la pesca industrial en Áreas naturales protegidas
El fallo de la Corte Suprema destaca que el aprovechamiento comercial autorizado en ciertas zonas de uso directo tiene carácter prioritario para las comunidades locales, sin habilitar la extracción industrial por parte de flotas o empresas.
PUBLICIDAD
“Que se permita el aprovechamiento comercial no implica autorización para la extracción industrial de recursos hidrobiológicos”, precisa el texto de la sentencia. Además, el tribunal subraya que la existencia de zonas de aprovechamiento no supone legalizar actividades industriales, ya que esto sería incompatible con el mandato de conservación establecido en la ley.

En respuesta a los argumentos de la SNP sobre la validez formal de la norma, la Corte Suprema comprobó que la Resolución Presidencial N.º 198-2021-SERNANP fue publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de septiembre de 2021 y que la directiva técnica fue difundida en el portal institucional, cumpliendo así con los requisitos legales para su entrada en vigor.
PUBLICIDAD
El debate judicial incluyó referencias al Decreto Supremo N.º 008-2021-MINAM, que permitió temporalmente la pesca industrial en la Reserva Nacional Dorsal de Nazca. Los jueces aclararon que este decreto es objeto de un litigio aparte y que no corresponde analizarlo en esta causa.
¿Qué dijeron Oceana y la Sociedad Nacional de Pesquería sobre el fallo?
La sentencia de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema es definitiva e inapelable. Ratifica la resolución de la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima y ordena la publicación del fallo en el diario oficial El Peruano, cerrando así un proceso judicial que se extendió durante más de dos años.
PUBLICIDAD
Carmen Heck, vicepresidanta de Oceana, aseguró que el pronunciamiento de la Corte Suprema blinda las áreas naturales protegidas frente a cualquier intento futuro de habilitar la pesca industrial, “en línea con el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, que promueve la conservación de la biodiversidad”.

“Este fallo es clave porque zanjada la discusión sobre la pesca industrial en Areas Naturales Protegidas. SERNANP y otros actores podrán enfocarse ahora en otros importantes peligros para estos refugios, como la pesca ilegal, la pesca con explosivos, los negocios no compatibles con un área de preservación”, dijo Heck.
Más temprano, Jessica Luna, presidenta de la SNP, dijo en un encuentro con periodistas especializados que el gremio industrial aún no había sido notificado, pero que respetarían el resultado. No aclaró si interpondrían alguna apelación en instancias superiores. “La SNP siempre ha sido respetuosa de la ley peruana y de la Constitución”, remarcó Luna.
PUBLICIDAD
Todavía falta el fallo por la Dorsal de Nasca
El debate judicial sobre la pesca industrial en áreas protegidas de Perú no se agota con el reciente fallo sobre Paracas. Actualmente, la Primera Sala Constitucional de Lima está próxima a resolver otro proceso de alto impacto, que también involucra a la SNP.
Este caso gira en torno a la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, una de las áreas marinas protegidas más extensas del país, donde el Decreto Supremo N° 008-2021-MINAM autorizó la pesca industrial para embarcaciones con operaciones previas a la creación de la reserva.

Organizaciones como Oceana y otras entidades han demandado la anulación de este decreto, argumentando que contradice la Constitución, la Ley de Áreas Naturales Protegidas y acuerdos internacionales, y que su aplicación pone en riesgo la biodiversidad y el equilibrio ecológico del área.
PUBLICIDAD
La controversia se centra en si los permisos otorgados antes de la creación de la reserva constituyen derechos adquiridos inmodificables o si pueden ser restringidos para salvaguardar el patrimonio natural. Se espera que la decisión judicial sobre la Dorsal de Nasca se conozca la próxima semana, y su resultado será clave para definir el rumbo de la gestión ambiental marina en Perú.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Otra víctima, otro silencio: la violación en Punta Cana que el Liceo Naval Almirante Guise nunca resolvió
Una madre de familia recordó otro caso de violación ocurrido durante un viaje de promoción a Punta Cana y afirmó que en el colegio se han registrado otros problemas de violencia.

Alianza Lima vs ADT EN VIVO HOY: minuto a minuto del partido en Matute por Torneo Clausura de Liga 1 2026
Los tarmeños, que no saben lo que es ganar en el segundo tramo de la temporada, son catalogados como inferiores y pueden ser el punto de inflexión para un conjunto ‘blanquiazul’ muy venido a menos. Sigue las incidencias

DNI electrónico gratis para este 26 de septiembre: ¿Dónde y cuáles son los beneficiarios?
Los beneficiarios podrán acceder a fotografía gratuita, renovación y rectificación de datos del DNI

Perú vs Paraguay EN VIVO HOY: punto a punto de los partidos de ‘singles’ por día 1 de Copa Davis 2026
Ignacio Buse y Juan Pablo Varillas salen en representación de la ‘bicolor’ en la primera jornada de competencia sobre el polvo de ladrillo del Jockey Club

‘Jhonsson Pulpo’ se negó a declarar ante Fiscalía sobre el secuestro en Trujillo: “No estoy apto”
Pese a que habría dirigido la operación desde Bolivia, Jhonsson Smith Cruz Torres decidió no colaborar con las autoridades con el argumento de haber sido notificado recién sobre el caso, según el acta a la que accedió Infobae


