
La publicación del proyecto de directiva sobre inspección laboral en seguridad y salud en el sector agrario por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) marca un nuevo episodio en la aplicación de la Ley Agraria N° 31110, conocida como Ley Chlimper 2.0.
El objetivo declarado de la norma es actualizar los procedimientos de fiscalización en la agroindustria, pero analistas advierten que la medida limitará de manera significativa la capacidad de supervisión estatal en los grandes conglomerados agroexportadores.
Ley Chlimper 2.0: nueva directiva de SUNAFIL modifica la fiscalización laboral en el sector agroexportador
Desde diciembre de 2020, cuando se promulgó la Ley N° 31110, el sector agroindustrial peruano cuenta con un régimen laboral y tributario especial. Según denunció el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la norma prolonga los incentivos a las grandes empresas agroexportadoras, entre ellas Camposol, Beta, Damper, Cerro Prieto, Agrokasa, Ecosac y Agrovisión, que concentran operaciones en regiones como La Libertad, Lambayeque y Piura.
El nuevo marco legal permite que solo el 25% de las inspecciones laborales de SUNAFIL se realicen en empresas formales, mientras que el 75% restante debe dirigirse a productores informales, restringiendo la atención de denuncias en los grandes empleadores formales del sector.

De acuerdo con Eduardo Zegarra, investigador de GRADE, esta distribución deja a los trabajadores formales en una situación vulnerable ante prácticas como la tercerización abusiva, contratos temporales irregulares y acciones antisindicales. “La norma deja a los trabajadores en situación de indefensión frente a abusos laborales”, sostuvo para Infobae Perú.
Datos oficiales recopilados por el exviceministro de Empleo del Ministerio de Trabajo, Fernando Cuadros, muestran que el sector agroindustrial concentra un alto número de denuncias y sanciones por infracciones laborales, como evidenció el caso de Agroindustrial Pomalca, una de las empresas más multadas entre 2019 y 2023.
MEF: La aplicación de la Ley N° 31110 fortalece exoneraciones tributarias para la agroindustria
El proyecto de directiva publicado por SUNAFIL y sustentado en la Resolución de Superintendencia N° 013-2026-SUNAFIL, busca adecuar el anterior protocolo de fiscalización a una estructura normativa más amplia, incorporando nuevos enfoques como el de género y el preventivo.
No obstante, la medida se publica en un contexto donde la Ley Chlimper 2.0 ha reducido el alcance de la fiscalización en el sector formal y favorecido a los grandes actores empresariales. En su momento, la iniciativa fue impulsada en el Congreso por representantes de regiones agroexportadoras y obtuvo respaldo de bancadas de distintos espectros políticos.

El impacto no se limita al ámbito laboral. La norma incluye una reducción del impuesto a la renta al 15% para empresas agroexportadoras, lo que genera un costo fiscal anual estimado por el MEF en S/1.850 millones, acumulando S/20.000 millones en una década.
El propio ministerio advierte que el sector agropecuario ya es uno de los más beneficiados por regímenes tributarios preferenciales, con exoneraciones que en 2025 superarían los S/7.260 millones, incluso cuando las agroexportadoras incrementaron sus utilidades en un 74% durante 2023.
MIDAGRI extiende beneficios tributarios a grupos empresariales
La discusión pública también se ha ampliado tras la reglamentación de la ley. Tal como adelantó Infobae Perú, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) publicó hace un mes otro prereglamento para expandir los beneficios fiscales hacia otros segmentos de la industria alimentaria.
De acuerdo con diversos gremios agrarios como CONVEAGRO, esta disposición beneficiaría a conglomerados como Grupo Gloria, Grupo Romero (Alicorp) y Tacama, que realizan actividades como el envasado de los alimentos, y ya no su cultivo, propiamente.

Según refieren, la medida distorsiona el objetivo original de la norma y traslada recursos públicos a sectores industriales consolidados, desplazando el apoyo que la ley pretendía destinar a los pequeños productores agrarios.
Mientras tanto, la SUNAFIL ha abierto un periodo de consulta pública de 15 días para que ciudadanos y organizaciones presenten observaciones a su proyecto de directiva, que estará disponible en el portal institucional. La Dirección de Inteligencia Inspectiva - DINI será responsable de sistematizar y analizar los comentarios recibidos, tanto de forma presencial como virtual.
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