
La posible aprobación de la nueva Ley Agraria, denominada Ley Chlimper 2.0, ha generado un fuerte rechazo en el sector agropecuario del Perú, al ser señalada como una norma que podría legalizar el tráfico de agua y beneficiar a grandes agroexportadoras y especuladores, según advirtió Laureano del Castillo, director ejecutivo del Centro Peruano de Estudios Sociales (CEPES), en una entrevista con Infobae Perú.
Esta ley, además de tener un impacto fiscal de, al menos, S/1.850 millones cada año -según el MEF-, debilitar el trabajo de la Sunafil en los grandes campos de las agroexportadoras y promover el trafico de terrenos entre campesinos y no campesinos, tambien transgrede la Ley de Recursos Hidricos (Ley Nº 29338), al modificar aspectos clave para permitir a las asociaciones de usuarios realizar transacciones con el agua ahorrada, algo que contradice la Constitución y la normativa vigente, que establecen que el agua es un patrimonio exclusivo de la nación.
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Ley Chlimper 2.0 desata polémica en Perú: ¿De quién es el agua de los peruanos?
De acuerdo con Del Castillo, la Ley de Recursos Hídricos, promulgada en 2009 tras años de debate, fue diseñada para garantizar que el agua no se privatizara ni se convirtiera en un bien comercializable. Sin embargo, la Ley Chlimper 2.0 introduce un cambio significativo al permitir que los excedentes de agua generados por asociaciones de usuarios puedan ser transferidos a terceros.
“Esto abre la puerta a un mercado de aguas, algo que hasta ahora estaba prohibido en el país”, afirmó el especialista. Según el texto de la nueva ley, las asociaciones que logren ahorrar agua podrán disponer de ese excedente, lo que, en la práctica, podría derivar en su venta a empresas privadas.
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El debate sobre la propiedad y gestión del agua en Perú no es nuevo. Según explicó Del Castillo, los intentos de liberalizar la legislación hídrica se remontan a la década de 1990, durante el gobierno de Alberto Fujimori. En ese entonces, se propuso otorgar títulos de propiedad sobre el agua a los agricultores, lo que habría permitido su venta independiente de la tierra.
Sin embargo, esta idea fue rechazada por los agricultores y nunca se concretó. Fue recién en 2009, bajo el gobierno de Alan García, cuando se promulgó la Ley de Recursos Hídricos, que reafirmó que el agua es un recurso de la nación y no puede ser objeto de propiedad privada.
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Rechazo por nueva Ley Agraria que permitiría tráfico de agua en Perú
Laureano del Castillo destacó que la nueva ley contradice principios fundamentales establecidos en la Ley de Recursos Hídricos y en la Política de Estado 33 del Acuerdo Nacional, que también declara al agua como patrimonio de la nación.
Según el experto, la normativa vigente establece que cualquier excedente de agua debe ser reportado a la Autoridad Nacional del Agua (ANA), que es la encargada de redistribuirlo según las necesidades del sistema. Sin embargo, la Ley Chlimper 2.0 elimina esta obligación, permitiendo que los usuarios dispongan libremente del agua ahorrada. “Esto no solo perpetúa, sino que legaliza el tráfico de agua”, señaló Del Castillo.
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El especialista también advirtió sobre los riesgos de especulación que podría generar esta normativa. Comparó la situación con lo ocurrido en Chile, donde una legislación similar permitió que grandes empresas acapararan derechos de agua, lo que derivó en prácticas especulativas y desigualdades en el acceso al recurso.
Aunque en Perú la disponibilidad de agua es limitada debido al cambio climático y al aumento de la demanda, Del Castillo no descartó que en algunos valles con mayor disponibilidad se puedan dar casos de acaparamiento y reventa de agua.
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Ley hídrica en Perú en la mira: ¿buscan privilegiar grandes empresas?
Otro aspecto controvertido de la Ley Chlimper 2.0 es su impacto en los pequeños agricultores. Según Del Castillo, aunque la normativa fomenta la asociación entre grandes empresas y pequeños productores, en la práctica esto podría derivar en una relación desigual. “Lo que se está promoviendo es un mercado de pequeños agricultores que se convertirán en proveedores de las grandes empresas, bajo un modelo conocido como agricultura de contrato”, explicó. Este esquema, aunque no necesariamente implica la absorción de los pequeños agricultores por parte de las grandes empresas, sí los coloca en una posición de dependencia económica.

En cuanto a los grandes proyectos de irrigación, como Olmos y Chavimochic, Del Castillo señaló que, aunque no están directamente relacionados con la nueva ley, podrían beneficiarse de sus disposiciones. Estos proyectos, que cuentan con licencias de uso de agua, podrían aprovechar la normativa para vender excedentes de agua a otras empresas o usuarios, lo que ampliaría las posibilidades de especulación en el sector. Una abierta amenaza contra el uso del agua en el Perú, explica, promovida directamente desde el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) en pared con el Congreso de la República.
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“El agua no puede ser tratada como un bien comercial, es un recurso vital que pertenece a todos los peruanos”, concluyó Del Castillo.
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