Nuevas reglas de OSIPTEL reducen plazos para dar de baja servicios y agiliza devoluciones de pagos a usuarios

La actualización elimina servicios en desuso y prohíbe a las operadoras recibir solicitudes por canales no autorizados por el regulador

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Nuevas reglas de OSIPTEL reducen plazos para cancelar servicios y protegen a los usuarios. (Foto: Agencia Andina)
Nuevas reglas de OSIPTEL reducen plazos para cancelar servicios y protegen a los usuarios. (Foto: Agencia Andina)

La reciente actualización del reglamento para los servicios públicos de telecomunicaciones en Perú introduce modificaciones sustanciales en los plazos, procedimientos y derechos de los usuarios. Mediante la Resolución n.° 000132-2025-CD/OSIPTEL, publicada en El Peruano, se han establecido nuevas reglas para acceder, migrar o cancelar servicios, así como para la devolución de pagos, con el objetivo de modernizar y agilizar la experiencia de los abonados.

A través de esta normativa, OSIPTEL habilita a los usuarios para tramitar migraciones y bajas en cualquier momento, eliminando la espera al siguiente ciclo de facturación. La cancelación de servicios podrá concretarse en un día hábil, un cambio considerable frente al plazo anterior de cinco días hábiles.

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De acuerdo con Osiptel, Bitel lidera la cobertura móvil en zonas pobladas con 81,69%, seguida por Movistar con 66,99%, Claro con 20,91% y Entel con 3,02%
De acuerdo con Osiptel, Bitel lidera la cobertura móvil en zonas pobladas con 81,69%, seguida por Movistar con 66,99%, Claro con 20,91% y Entel con 3,02%. Foto: Osiptel

Cambios importantes

En cuanto a la reposición de tarjetas SIM y recuperación de números, el reglamento de OSIPTEL establece que solo se podrán recibir solicitudes de manera presencial o mediante canales expresamente autorizados por el regulador. El tiempo para la reposición oscilará entre una y cuatro horas desde la verificación de identidad del usuario, lo que agiliza procesos críticos ante el extravío o robo de líneas móviles. Además, las operadoras tienen prohibido aceptar solicitudes por vías distintas a las autorizadas.

La regulación también elimina servicios considerados en desuso, como la locución, tarjetas de pago, guías de abonado, directorios telefónicos y casillas de voz. Esta depuración ajusta el marco normativo a 94 infracciones tipificadas, acorde a las prácticas de consumo digital actuales.

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Facilitación de trámites

El nuevo marco normativo flexibiliza la interacción entre usuarios y operadoras. Para trámites calificados como de criticidad media o baja, el abonado podrá designar a un contacto autorizado que lo represente, sin la necesidad de una carta poder legalizada ante notario o juez de paz. Las empresas deberán informar a OSIPTEL sobre sus procedimientos específicos para la validación de identidad y manifestación de voluntad en servicios fijos, en un plazo de ochenta días calendario desde la publicación de la norma.

Entre los cambios de mayor impacto para la defensa del consumidor, las empresas operadoras estarán obligadas a devolver automáticamente cualquier monto pagado de forma indebida, en exceso o por adelantado, sin requerir solicitud previa del usuario. Esta disposición fortalece la protección de los abonados y la responsabilidad de las operadoras sobre saldos no justificados.

La actualización de las condiciones de uso, difundida por OSIPTEL en El Peruano, promueve la simplificación de los procedimientos y la transparencia en la gestión de los servicios. La normativa responde a las actuales demandas de los usuarios, priorizando la automatización de los trámites de baja y devolución de pagos y consolidando un entorno regulatorio acorde a la era digital.

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Baja de líneas vinculadas a delitos

Osiptel aprobó una norma que regula la baja de servicios móviles y el bloqueo de equipos vinculados a delitos, con el fin de reforzar la seguridad ciudadana y agilizar la respuesta de las operadoras ante solicitudes de autoridades competentes.

La medida busca frenar el uso de líneas y equipos en actividades delictivas como estafas y extorsiones, y formaliza procedimientos ya aplicados durante el estado de emergencia, en concordancia con el Decreto Supremo n.° 018-2025-IN.

El procedimiento establece que las operadoras deberán ejecutar la baja o el bloqueo en un día calendario y, de ser el caso, reactivar el servicio en el mismo plazo, además de informar al usuario, bajo sanción en caso de incumplimiento.

Osiptel emitió un comunicado. (Foto: Osiptel)
Osiptel emitió un comunicado. (Foto: Osiptel)

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