Octavo retiro AFP 2025: SBS publica procedimiento operativo para liberar hasta S/21.400, ¿Desde cuándo se recibirán solicitudes?

Millones de peruanos podrán solicitar hasta 4 UIT de sus fondos de pensiones tras la entrada en vigor del nuevo reglamento, que establece plazos y condiciones para el desembolso en armadas mensuales

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Afiliados podrán retirar hasta el 95.5% de sus fondos de AFP al jubilarse, según dictamen aprobado en Comisión de Economía. (Foto composición: Infobae Perú/Agencia Andina)
Las administradoras Integra, Habitat, Prima y Profuturo tendrán 90 días para recibir pedidos de desembolso, que se realizarán en cuotas mensuales y bajo estrictos protocolos de seguridad digital y física.

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) oficializó este domingo 28 de septiembre la publicación del reglamento operativo para el retiro extraordinario de fondos en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), un paso clave que permite a millones de afiliados acceder hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/21.400, de sus cuentas individuales de capitalización (CIC).

El documento, divulgado mediante resolución oficial en Lima, responde a la Ley N° 32445, promulgada recientemente y que autoriza este nuevo desembolso extraordinario, conocido como el octavo retiro de AFP.

Retiro AFP 2025: Octava liberación de AFP será posible desde octubre, según SBS

La SBS otorgó a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un período de 90 días calendario contado desde la publicación de la norma para recibir las solicitudes de los afiliados, quienes podrán presentar sus pedidos tanto de manera virtual como presencial.

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La resolución puntualiza que la plataforma digital de cada AFP deberá garantizar la seguridad y un acceso eficiente para completar el proceso sin contratiempos. Las empresas del sector, Integra, Habitat, Prima AFP y Profuturo recomendaron previamente a sus clientes mantener sus datos actualizados, énfasis en el uso de la clave web y la vigencia de la información de contacto antes de iniciar el trámite.

Fachada de la SBS
El proceso estipula pagos de una UIT cada 30 días, iniciando un mes después de la solicitud, y permite la retención de hasta 30% en caso de deudas alimentarias según mandatos judiciales vigentes.

El monto máximo autorizado para retiro es de 4 UIT por afiliado, equivalente a S/21.400 de acuerdo al valor vigente en 2025. El desembolso se realizará en hasta cuatro armadas mensuales de una UIT cada una, comenzando 30 días después de ingresada la solicitud, y repitiéndose los pagos en intervalos de 30 días hasta completar el total solicitado o el monto máximo permitido.

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De acuerdo con el reglamento, las AFP estarán obligadas a establecer canales digitales o físicos para el ingreso y seguimiento de las solicitudes, y deberán comunicar oportunamente cualquier requerimiento adicional al usuario.

Retiro AFP 2025: ¿A partir de cuándo se recibirán las solicitudes?

La ley favorece a todos los afiliados activos, desempleados y próximos a jubilarse de las AFP, sin restricciones de edad, empleo o situación previsional. El procedimiento permite además que el afiliado pueda desistir del retiro en cualquier momento antes de la entrega del siguiente desembolso, siempre que informe a su AFP al menos con 10 días de antelación. En el caso de existir mandatos judiciales por deudas alimentarias, la norma instruye a las AFP a retener hasta un 30% de cada pago para cumplir con estas obligaciones.

La resolución también precisa que, para los afiliados que se encuentren en el extranjero o presenten imposibilidad física, las AFP deberán habilitar canales adecuados que permitan identificar al titular y asegurar la recepción de las solicitudes bajo protocolos de seguridad digital. Sin embargo, la SBS, bajo la supervisión de Sergio Javier Espinosa Chiroque, estableció que el reglamento entra en vigencia el 21 de octubre de 2025; a partir de esa fecha, se podrán presentar formalmente las solicitudes de retiro.

Por lo tanto, el periodo para presentar solicitudes se extenderá desde el 21 de octubre de 2025 hasta el 18 de enero de 2026, inclusive. Según el nuevo cronograma de desembolsos, el primer pago debería concretarse en torno al 20 de noviembre de 2025, 30 días después de realizada la solicitud. El segundo, el tercero y el cuarto retiro —cada uno también por un máximo de una UIT— se otorgarán sucesivamente hacia los días 20 de diciembre de 2025, 19 de enero de 2026 y 18 de febrero de 2026, respectivamente, siempre con intervalos antes mencionados.

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La nueva normativa permite a los usuarios acceder a parte de su capitalización individual, sin restricciones de edad o empleo, y contempla mecanismos para quienes residen en el extranjero o presentan impedimentos físicos.

SBS publica reglamento para retiro extraordinario de AFP

Entre las modificaciones adicionales, el reglamento adapta normativas contables y operacionales para reflejar el movimiento extraordinario de fondos y la correcta contabilización en las cuentas individuales de los afiliados. El reglamento mantiene la mecánica implementada en retiros anteriores, basada en solicitudes escalonadas y procesos digitales, que buscan evitar congestionamientos y garantizar que los desembolsos se realicen dentro de los plazos establecidos.

“La publicación del reglamento operativo representa el último paso administrativo necesario para habilitar el octavo retiro de AFP y marca el inicio de la ventana formal para solicitar el retiro hasta por 4 UIT,” sostuvo la SBS en el documento oficial.

AFP deberán habilitar canales digitales y físicos para retiros de hasta S/21.400

Los bancos y entidades financieras que actúan como pagadores, podrán convenir directamente con las AFP los mecanismos de abono para cubrir toda la demanda prevista, sin limitar la cobertura geográfica. Más de 8 millones de afiliados podrían beneficiarse de esta opción de acceso a cuentas individuales, que se presenta como una alternativa de liquidez en medio del repunte inflacionario.

El reglamento se encuentra disponible para consulta pública y en los portales oficiales de la SBS y las propias AFP. El siguiente paso será la difusión de los cronogramas y mecanismos operativos específicos de cada administradora, así como la atención de consultas personalizadas para los afiliados del sistema privado de pensiones.

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