
El proyecto del Presupuesto 2025, publicado en el diario oficial El Peruano consigna el bono de S/200 para servidores públicos, una medida que solo estaba presente en el Convenio Colectivo nivel Centralizado para el año 2024-2025 del servicio civil, y suscrito entre la representación empleadora del Estado Peruano y la representación sindical integrada por las Confederaciones Estatales CITE-CTE-UNASSE-CONASEP-CONFETEP, las cuales son integrantes de la Comisión Negociadora encargada de la negociación colectiva a nivel centralizado 2024.
Pero esto no irá para todos los beneficiarios, y, además, presenta una serie de condiciones y requisitos para acceder a este, el cual deberá tramitarse en diciembre de 2024, con un proceso que aún no se ha detallado.
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Bono de S/200: Beneficiarios
Los servidores públicos obtendrán un bono excepcional de S/200 por única vez, el cual tendrá que entregarse como máximo en enero del 2025 y será a favor de los empleadores de los regímenes siguientes de las entidades del Gobierno nacional, regional y local:
- Decreto Legislativo 276
- Decreto Legislativo 728
- Decreto Legislativo 1057
- Ley N° 30057
- Ley N° 29709
- Ley N° 28091
Sin embargo, se debe tener en cuenta que este bono se deberá tramitar en diciembre de 2024 —mediante un procedimiento aún no detallado—, y además no tiene carácter remunerativo; es decir, no está afecto a cargas sociales, ni es de naturaleza pensionable y tampoco forma parte del cálculo de beneficios laborales.
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Requisitos del Bono S/200
Para el pago del bono excepcional, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, al personal beneficiario debe cumplir con ciertos requisitos para cobar el bono de S/200.
- Primero, debe encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2024.
- Asimismo, debe contar con vínculo laboral a la fecha de pago del bono excepcional
En el caso de los Gobiernos locales, el personal debe estar registrado en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) que se encuentra a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el mes de junio de 2024, así como también deberán contar con vínculo laboral cuando se de el pago del bono.
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¿Quienes no cobrarán el bono?
Este bono de S/200 se da en el marco del Convenio Colectivo Centralizado 2024-2025, que señala que este “es aplicable a las negociaciones colectivas llevadas a cabo entre organizaciones sindicales de trabajadores estatales de entidaeds públicas del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, los organismos a los que la Constitución Política del Perú y sus leyes orgánicas confieren autonomía y a las demás entidades y organismos, proyectos y programas del Estado, cuyas actividades implican el ejercicio de potestades administrativas”.
Sin embargo, el convenio señala que la ley no es aplicable a los trabajadores públicos que se encuentran excluidos de los derechos de sindicalización y huelga. Tampoco aplica al personal de carreras especiales de los Sectores Salud y Educación.
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Además, beneficios que se han acordado, y que no son de caracter económico son los siguientes:
- Se establece que los servidores de los regímenes laborales generales, de la Ley N° 30057, Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo 276 y Decreto Legislativo 278, así como los servidores de las carreras especiales de la Ley N° 29709 y Ley N° 28091 tienen derecho a una licencia con goce de remuneración por fallecimiento de cónyuge, unión de hecho, padres, hijos y hermanos por cinco días hábiles desde el día siguiente de producido el deceso.
- Estos también tienen derecho a una licencia por un día de descanso remunerado por su cumpleaños
- Se dará un permiso personal compensable de hasta 16 horas al año, cuyo otorgamiento y compensación se realizará en coordinación con el jefe inmediato.
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