A partir de este sábado 20 de abril, los ciudadanos peruanos que deseen ingresar a México, con fines turísticos u otras actividades no remuneradas, deberán de tener una visa, sin embargo, tramitar una, por el momento, es todo un martirio.
De acuerdo a lo apreciado gracias a las imágenes difundidas por Canal N, en el primer día de apertura para tramitar el visado en la Embajada de México ubicada en Lima, se vivió un caos debido a que decenas de ciudadanos aún no comprendían cómo realizar las gestiones correspondientes ni los requisitos que se solicitan.

No habrá prórroga
El representante de asuntos políticos, prensa y medios de la embajada de México en Perú, Adolfo Cépeda Soria, brindó nuevos detalles de la medida impuesta por su gobierno. Según declaró en una entrevista para RPP, se respetará la fecha estipulada por la gestión del presidente Manuel López Obrador y no se brindará algún tipo de prórroga.

¿A quiénes darán prioridad de atención?
Cépeda Soria informó que para tratar de no perjudicar a los ciudadanos peruanos que ya tenían sus pasajes aéreos comprados para visitar tierras aztecas a partir del 20 de abril, justamente serán ellos los que reciban atención preferencial.
En cuanto para la segunda etapa, manifestó que habrá una segunda etapa para la obtención de visas a México para aquellos peruanos que recién tienen un plan de viaje al país norteamericano.
“Lo que hemos hecho es prepararnos con una operación interna dentro de la sección consular de esta embajada para poder recibir esta altísima demanda de servicio a la solicitud de emisión de visa”, agregó.
Cabe mencionar que los requisitos para obtener la visa son tener pasaporte, argumentar solvencia económica, formulario de solicitud, una fotografía, entre otros documentos.

¿Cuáles son los tipos de visa que se podrán solicitar en la Embajada de México?
- Visa de turismo para estancias menores a 180 días por turismo o negocios sin percibir remuneración alguna. Incluye si solo se está en tránsito por México.
- Visa por invitación para estancias menores a 180 días por invitación de una organización o institución, sin percibir remuneración alguna.
- Visa para cursar estudios en una institución educativa mexicana, por menos de 180 días, sin percibir remuneración alguna.
- Visa para ministros de culto o misioneros para efectuar actividades amparadas por una entidad religiosa debidamente registrada ante la Secretaría de Gobernación.
- Visa de residencia temporal por oferta de empleo para trabajar con un empleador en México que ya tramitó tu permiso de trabajo ante el Instituto Nacional de Migración.
- Visa de residencia temporal de estudiante para cursar estudios en una institución educativa mexicana por más de 180 días.
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