
Cuando los padres están separados, la elección del colegio de los hijos puede convertirse en un tema delicado y fuente de conflictos, sobre todo si no existe un acuerdo previo entre los progenitores. En estos casos, surgen preguntas frecuentes: ¿puede uno de los padres decidir unilateralmente la matrícula? ¿Se puede cambiar al menor de colegio sin consultar al otro progenitor? La ley establece que estas decisiones dependen del tipo de tenencia y del principio del interés superior del niño.
Wendy Ledesma, docente de la carrera de Derecho de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya (UARM), señaló en entrevista con RPP que “si la tenencia es compartida, las decisiones deben tomarse de manera conjunta. Ninguno de los padres puede cambiar de colegio o matricular al hijo sin el consentimiento del otro, salvo que exista una resolución judicial o una conciliación notarial”. La especialista explicó que muchos padres creen que, al pagar la pensión alimentaria, tienen derecho a decidir sobre la educación sin consulta, pero esto no es así.
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La abogada agregó que actuar de manera unilateral puede generar conflictos judiciales que se resuelven evaluando el interés superior del niño. “Hacerlo de esa manera puede generar un conflicto judicial que termine siendo evaluado bajo el principio del interés superior del niño. Realizar una matrícula sin el consentimiento del otro progenitor podría generar denuncias por vulneración de derechos o incumplimientos de acuerdos establecidos en una conciliación”, afirmó para el citado medio.

Recomendaciones legales
Ledesma recomendó a los padres seguir ciertas pautas para evitar conflictos:
- Revisar la tenencia vigente: Antes de iniciar cualquier proceso de matrícula, es fundamental leer la conciliación o la sentencia judicial para verificar si la tenencia es compartida o exclusiva. Aunque uno de los padres tenga la tenencia física, la patria potestad suele mantenerse conjunta, lo que implica decisiones consensuadas.
- Confirmar disposiciones sobre el colegio: Algunos acuerdos incluyen cláusulas expresas sobre la institución educativa, la necesidad de consentimiento previo para un cambio de colegio o límites respecto al tipo de institución (pública o privada). Ignorar estas condiciones puede derivar en denuncias por incumplimiento.
- Dejar constancia del diálogo: Si ambos padres coinciden en la elección del colegio, es recomendable documentar el acuerdo por escrito, mediante correo electrónico o mensaje formal, para evitar futuros cuestionamientos.
Enfoque en el bienestar del menor
El criterio central para la elección del colegio debe ser siempre la estabilidad emocional y académica del niño. Cambios abruptos de colegio, especialmente durante etapas sensibles, pueden afectar su rendimiento, entorno social y bienestar emocional. Por ello, la especialista enfatiza que “la educación es una decisión y responsabilidad compartida, y es recomendable que prime el diálogo en beneficio del bienestar del menor”, explicó para RPP.
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Finalmente, en caso de desacuerdo persistente, Ledesma aconseja buscar asesoría legal especializada. Matricular a un hijo sin consentimiento puede escalar a una vía judicial, por lo que conviene evaluar alternativas como una conciliación o una solicitud formal ante un juez antes de tomar decisiones unilaterales.

El respeto a los acuerdos, la comunicación entre los padres y la atención al interés superior del niño son elementos fundamentales para garantizar que la educación de los hijos no se vea afectada por los conflictos entre progenitores. La normativa vigente busca precisamente proteger estos derechos y evitar que decisiones individuales perjudiquen el desarrollo integral del menor.
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