Una abogada denunció que cayó por unas escaleras de tribunales y demandó al Estado: la Justicia rechazó el reclamo y le impuso las costas

El hecho denunciado ocurrió en 2010, en un edificio del centro porteño. La profesional reclamó una indemnización por las lesiones físicas y psicológicas sufridas. El juez rechazó la demanda al considerar que no logró acreditar cómo ocurrió el accidente

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Un juzgado federal rechazó la demanda por indemnización de una abogada que denunció una caída en una escalera de un edificio del Poder Judicial de la Nación en la Ciudad de Buenos Aires. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Un juzgado federal rechazó la demanda de una abogada que reclamaba una indemnización por las lesiones que afirmó haber sufrido tras caer por una escalera en un edificio de la Ciudad de Buenos Aires donde funcionan algunas dependencias del Poder Judicial de la Nación. La resolución concluyó que la demandante no logró acreditar de manera suficiente que el accidente hubiera ocurrido en el lugar, en la fecha y en las condiciones que describió.

El hecho denunciado se remontaba al 29 de noviembre de 2010. La mujer sostuvo que había concurrido a un juzgado ubicado en un edificio de la calle Carlos Pellegrini para consultar un expediente y que, al comenzar a bajar desde el cuarto piso hacia el tercero, resbaló y cayó por la escalera.

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Según su relato, la escalera tenía una iluminación deficiente, no contaba con pasamanos y carecía de superficies antideslizantes. La demandante atribuyó su caída a esas condiciones y afirmó que la falta de medidas de seguridad convirtió al sector en un espacio riesgoso para quienes circulaban por el edificio.

Una sala de tribunal vacía con un estrado, mesas de abogados, sillas, una ventana alta con persianas, y montones de documentos y carpetas legales.
La demandante afirmó que el accidente ocurrió el 29 de noviembre de 2010 en un edificio de la calle Carlos Pellegrini, cuando bajaba del cuarto piso al tercero. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La mujer —que actualmente tiene 73 años— indicó que, como consecuencia del episodio, sufrió golpes y contusiones en distintas partes del cuerpo. También afirmó que padeció una herida cortante en la rodilla izquierda, por la que debieron practicarle doce puntos de sutura, además de un traumatismo ocular.

De acuerdo con la demanda, empleados judiciales la auxiliaron en un primer momento por el sangrado de la herida. Luego, según sostuvo, recibió asistencia de personal policial del edificio y de integrantes de la oficina judicial donde se había presentado antes de la caída.

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La reclamante señaló que una ambulancia del SAME la trasladó a un hospital público. Allí, siempre según su versión, recibió una vacuna antitetánica, indicaciones de antiinflamatorios y una orden de reposo por diez días.

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La abogada atribuyó la caída en la escalera a la falta de iluminación, la ausencia de pasamanos y la carencia de superficies antideslizantes en el edificio judicial. (Imagen Ilustrativa Infobae)

También alegó que otros profesionales le recomendaron un período de inactividad más extenso, a raíz de las lesiones en la pierna y de las molestias en uno de sus ojos. Afirmó que, durante esa etapa, debió contratar a una persona para realizar compras y atender asuntos que no podía resolver por sus propios medios.

La demanda fue dirigida contra el Poder Judicial de la Nación y contra el Estado nacional. Además, intervinieron en el expediente el consorcio de propietarios del edificio y dos aseguradoras, convocadas por los organismos y entidades involucradas en la discusión sobre la eventual responsabilidad.

La mujer reclamó inicialmente $71.800, más una suma no determinada para una futura cirugía plástica. El pedido incluyó $50.000 por daño moral, $20.800 por daño psicológico y $1.000 por gastos de enfermería, farmacia y traslados.

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El reclamo fue dirigido contra el Poder Judicial de la Nación y el Estado nacional, con intervención del consorcio de propietarios del edificio y de dos aseguradoras. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los organismos demandados negaron responsabilidad y sostuvieron que la escalera no era una cosa riesgosa. También plantearon que el accidente, de haber ocurrido, podía responder a una conducta de la propia demandante, una circunstancia que, según sus defensas, debía excluir su obligación de indemnizar.

El Estado nacional afirmó que los sectores comunes del edificio estaban bajo la órbita del consorcio de propietarios. El consorcio, en tanto, sostuvo que la zona donde presuntamente ocurrió la caída no le correspondía. Las aseguradoras cuestionaron su obligación de responder por distintas razones vinculadas con las pólizas y la denuncia del siniestro.

El juez, a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n.° 11, rechazó las excepciones que buscaban excluir del expediente al Estado nacional, al consorcio y a las aseguradoras. Consideró que esos planteos debían analizarse junto con el fondo de la causa o que las entidades tenían una vinculación suficiente con la relación jurídica discutida para permanecer en el juicio.

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El juez señaló que la carga de probar el accidente recaía sobre la demandante y que no bastaba acreditar lesiones sin demostrar su vínculo con la caída denunciada. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Sin embargo, la resolución destacó que la carga de probar el hecho recaía sobre la demandante. El magistrado señaló que, para obtener una indemnización, no bastaba demostrar la existencia de lesiones, sino que debía acreditarse que fueron consecuencia de la caída denunciada y que el episodio se produjo por una falla atribuible a las demandadas.

El fallo examinó las pruebas presentadas por la mujer, entre ellas fotografías de lesiones, comprobantes de farmacia y taxis, una orden médica y declaraciones testimoniales. No obstante, indicó que la documentación había sido desconocida por las partes demandadas y que no se produjo una prueba que confirmara su autenticidad.

En cuanto a los testigos, uno de ellos fue desistido. Otros dos relataron inconvenientes que la mujer habría atravesado después del supuesto accidente, pero no declararon haber presenciado la caída ni aportaron precisiones sobre su mecánica. Un empleado estatal consultado en la causa aseguró que no recordaba el episodio.

Escultura de bronce de la Señora Justicia con venda en los ojos, balanza y espada, en una sala de tribunal desenfocada.
La sentencia destacó que no hubo registros del SAME ni prueba concluyente sobre el lugar, la fecha y la mecánica del hecho, por lo que rechazó la demanda y le impuso las costas a la demandante. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El SAME informó que no encontró registros de un pedido de auxilio ni de un traslado de la demandante entre el 24 y el 30 de noviembre de 2010. El hospital al que habría sido derivada pidió precisar la fecha exacta de atención para realizar una búsqueda manual en sus registros, pero esa información no fue aportada al expediente.

La pericia médica verificó secuelas en el hombro y la rodilla izquierdos, un desgarro en el menisco y una cicatriz de 10,5 centímetros en la rodilla. También mencionó un cuadro psicológico. Pero el juez aclaró que el informe se basó, para describir la mecánica del accidente, en el relato de la propia reclamante.

Para el tribunal, esas conclusiones médicas permitían constatar lesiones, pero no probar que hubieran sido causadas por una caída en la escalera del edificio estatal. La sentencia remarcó que no existían elementos concluyentes sobre el lugar, el momento ni la forma en que se habría producido el hecho.

Por ese motivo, el juzgado rechazó la demanda y puso las costas del juicio a cargo de la demandante. La resolución reguló honorarios para los profesionales y peritos que intervinieron en el extenso expediente, que se inició a partir de una caída que la Justicia consideró no acreditada en sus aspectos centrales.

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