
La Cámara Federal de Casación Penal avaló la prórroga por otros seis meses de la prisión preventiva de Juan Ignacio Suris, el empresario bahiense condenado por narcotráfico agravado, asociación ilícita fiscal y cohecho, conocido además por su relación con la vedette uruguaya Mónica Farro y por haber sido socio del financista Leonardo Fariña, uno de los principales arrepentidos en la causa conocida como la ruta del dinero K.
La medida fue adoptada por la Sala de Feria del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Carlos Mahiques y Daniel Petrone, quienes habilitaron el receso judicial para intervenir en el expediente y convalidaron la extensión de la cautelar dispuesta el 6 de junio pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca.
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De esta manera, Suris permanecerá bajo prisión preventiva durante otros seis meses, computados desde el vencimiento del plazo anterior, ocurrido este 8 de julio, mientras aguarda el juicio oral por presunto lavado de activos.
La prórroga corresponde a ese expediente, una investigación paralela a aquellas en las que el empresario ya fue condenado por narcotráfico, asociación ilícita fiscal y cohecho.
En la resolución firmada esta semana, los camaristas entendieron que correspondía “tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Juan Ignacio Suris, por el término de seis meses, a partir de su vencimiento”, de acuerdo con el mecanismo previsto en el artículo 1° de la Ley 24.390.
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La extensión había sido resuelta por el tribunal oral el 6 de junio, con vigencia desde el 8 de julio, fecha en la que concluía el plazo anterior. Tras intervenir durante la feria, Casación dispuso que el legajo quedara reservado en la Secretaría General hasta su remisión a la sala correspondiente una vez finalizado el receso.
Según la acusación, Suris encabezó una organización destinada a incorporar al circuito económico formal fondos presuntamente provenientes del narcotráfico y de un esquema de facturación apócrifa. El expediente se inició en 2012 y fue elevado a juicio oral en 2024.
Los antecedentes penales del empresario incluyen una condena impuesta el 7 de noviembre de 2023 a seis años de prisión como coautor del delito de comercialización de estupefacientes, agravado por la intervención organizada de tres o más personas. De acuerdo con la investigación, la banda que lideraba vendió drogas entre 2011 y diciembre de 2013 en Bahía Blanca y localidades cercanas.
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En ese expediente había sido absuelto en 2015, luego de que el tribunal declarara nulas una serie de escuchas telefónicas. Sin embargo, Casación anuló aquel pronunciamiento y ordenó realizar un nuevo juicio, que concluyó mediante un acuerdo de pena.
El 23 de noviembre de 2023, además, fue condenado a cinco años de prisión como jefe de una asociación ilícita que perjudicó a la entonces AFIP mediante la generación y comercialización de facturas apócrifas utilizadas para facilitar maniobras de evasión tributaria. De acuerdo al fallo, la organización recurría a sociedades sin actividad económica real para simular operaciones y permitir que terceros redujeran indebidamente sus obligaciones fiscales.
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Las penas fueron luego unificadas en ocho años de prisión. En febrero pasado, la Sala I de Casación confirmó además la intimación para que los condenados abonaran $85.625.636,72 en concepto de reparación del daño ocasionado al Estado. El juez de ejecución determinó que Suris debía afrontar el 60% de ese monto, de acuerdo con el rol que desempeñó dentro de la organización.
Mientras cumplía la condena por narcotráfico en la Delegación Unidad Operativa Federal de Santa Fe, quedó involucrado en otra investigación por el pago de sobornos a autoridades policiales para acceder a condiciones de alojamiento privilegiadas.
Por esos hechos, el 25 de marzo, el juez José María Escobar Cello, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, lo condenó a dos años de prisión efectiva por cohecho. La sentencia tuvo por probado que entregó dinero al subcomisario Leonardo Benítez y al comisario Guillermo Gallo para obtener acceso a teléfonos celulares, visitas sin los controles habituales, comidas especiales, electrodomésticos y la posibilidad de circular por distintos sectores de la dependencia.
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Esa pena fue unificada con las anteriores y elevó a nueve años el total que deberá cumplir.
Casación también intervino recientemente en el expediente por lavado. El 16 de julio pasado, la Sala I dejó sin efecto la decisión que había apartado a la Unidad de Información Financiera (UIF) como querellante y ordenó al Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca dictar un nuevo pronunciamiento. Los camaristas entendieron que el decreto que impidió al organismo incorporarse como acusador en nuevas causas no lo obliga a abandonar aquellas en las que ya había sido admitido como parte.
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