
El ministerio de Capital Humano apeló la medida del juez federal Sebastián Casanello que le ordenó a la cartera —a cargo de Sandra Petovello— que en 72 horas elabore un plan para distribuir las cinco toneladas de alimentos alojadas en depósito para ayuda social que no fueron repartidas para “su ejecución de modo inmediato”. Además, dispuso un operativo en los depósitos para tener un detalle de todo lo almacenado.
Vale destacar que luego de que se difundiera la resolución del magistrado en horas de la mañana, el gobierno nacional adelantó que apelaría la orden. Fue así que el portavoz Manuel Adorni lo explicó. “Nosotros siempre fuimos respetuosos de la Justicia, lo que no quiere decir que no utilicemos los instrumentos legales que están a nuestro alcance en cuestiones en las que no estamos de acuerdo, como bien es este caso”, señaló a modo de introducción.
En el expediente al que accedió Infobae, el primer fundamento hace foco en que se trata de una “cuestión política no judiciable”. En la misma línea, desarrolla: “En este sentido, las cuestiones políticas constituyen una excepción por medio de la cual, los Tribunales se excluyen de conocer y decidir sobre determinadas cuestiones que, en la mayoría de los casos, implican una relevante importancia institucional, ya que de inmiscuirse el Poder Judicial en las mismas, se vería alterado el equilibrio y la independencia de poderes, consagrados en nuestra Constitución Nacional”.
Su segundo argumento recalca que es una función del ministerio de Capital Humano decidir sobre la distribución de los alimentos. Asimismo, destaca la “potestad para desarrollar las políticas de alimentos, establecer las prioridades y determinar cuándo deben ser distribuidos y bajo qué circunstancias en función de las Leyes y Convenios Vigentes”.

El tercer fundamento se centra en una “falta de competencia e ilegalidad de la medida ordenada”, mientras que el cuarto señala la “arbitrariedad de la medida ordenada”. En ese último punto, el expediente indica que la resolución también es “contradictoria”. En esta línea, expresa que el juez “se arroga facultades” que son propias del Ministerio.
Además, en la respuesta por parte de Capital Humano, se adjunta un inventario con los alimentos que hay en stock y que están almacenados en los depósitos de Villa Martelli y Tucumán. Así, precisa que, en ambos centros de distribución, el 62,6% corresponde a yerba mate.
Todo surgió a partir de una causa penal que inició el dirigente social Juan Grabois en febrero pasado, contra el Ministerio de Capital Humano. El causante fue la suspensión de la entrega de alimentos en comedores comunitarios ubicados en todo el país en el marco del “Plan Nacional Argentina contra el Hambre”.

Por su parte, el juez Casanello ordenó: “Encomendar al Ministerio de Capital Humano a que, en el marco de sus competencias y de las obligaciones antes descriptas, elabore un plan de distribución de dichos alimentos en atención a su tipo, cantidad, fecha de vencimiento y grupo de destino, previendo su ejecución de modo inmediato; lo que deberá informarse de manera precisa en el plazo de 72 horas”.
Y profundizó en su resolución: “El derecho humano fundamental a la alimentación está estrechamente ligado al derecho a la vida, a la dignidad y a la salud, los que están expresamente reconocidos en los tratados y convenciones de derechos humanos que integran el denominado ´bloque de constitucionalidad´. Los mandatos también contemplan la especial protección de determinados grupos de personas en función de alguna condición de vulnerabilidad”.
A su vez, Casanello citó los informes del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la Universidad Católica Argentina (UCA) que señalan los siguientes datos: “El 57,4% de la población argentina se encuentra en situación de pobreza, dentro del cual se encuentra más del 60% de los niños, niñas y adolescentes, cuyo 32% padece inseguridad alimentaria -el 14% de forma severa”.
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