
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resaltó este sábado a través de las redes sociales cuáles son los comprobantes exigibles y no válidos para los consumidores.
Exigir un ticket o factura por las compras y consumos realizados es un derecho que tiene el consumidor, recordó el ente recaudador esta tarde por medio de su cuenta de Twitter.
Comprobantes exigibles
De acuerdo con la AFIP, para respaldar una venta, los comerciantes deben entregar alguno de estos comprobantes:
-Facturas.
-Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios.
-Notas de débito y/o crédito.
-Tickets.
-Documentos equivalentes.
En rigor, una factura es válida cuando posee la siguiente información:
-Datos del contribuyente o empresa (nombre, CUIT, condición del vendedor frente al IVA y domicilio).
-Letra que identifique la situación del contribuyente con AFIP.
-Número de comprobante y punto de venta.
-Código de barras (cuando sean emitidos por responsables inscriptos en el IVA).
-N° de C.A.I o C.A.E y vencimiento.
-Fecha de inicio de la actividad.

Por su parte, un ticket es válido cuando tiene los siguientes detalles:
-Datos del contribuyente o empresa (nombre, CUIT, Datos del contribuyente o empresa (nombre, CUIT y domicilio).
-Letra que identifique la situación del contribuyente con AFIP.
-Número de comprobante y punto de venta.
-Logotipo fiscal.

Comprobantes no válidos
Según especificó la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante su sitio web, los comprobantes no válidos son los que se mencionan a continuación:
-Comandas.
-Talones de factura en restaurantes, bares, casas de comida o similares.
-Tiras de máquina de sumar o calcular.
-Cupones o similares que se emitan en virtud de sistemas de tarjetas de crédito, de compra, de pago y/o de débito.
-Tickets no fiscales.
-Remitos, guías o documentos equivalentes.
-Notas de pedido, órdenes de trabajo, presupuestos y/o documentos similares.
-Recibos, comprobante que respalda el pago -total o parcial- de una operación que debe ser documentada mediante facturas.
“Como consumidor, tenés derecho a pagar con tarjeta de débito y recibir un comprobante válido por el pago de tus compras, siempre que el importe sea igual o superior a $100 y es tu obligación exigirlo en caso de que no te lo entreguen”, afirmó el organismo recaudador.
En ese plano, completó, si el vendedor se niega a emitir un comprobante válido o aceptar el pago con tarjeta de débito, podés alertar sobre la situación escaneando el código QR del formulario 960/D-Data Fiscal con tu celular informando la CUIT del comercio en la consulta pública; llamando al 0800-999-DENU (3368), de lunes a viernes de 10 a 16 horas, o en cualquier dependencia de la AFIP.
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