Viernes 30 de diciembre es día no laborable: quiénes sí trabajan y qué pago reciben

Este viernes se inicia el último feriado largo del 2022 y el primero del 2023. Horas dejadas de trabajar deberán ser compensadas en los días posteriores a los días no laborables que se tomen.

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Viernes 30 de diciembre es día no laborable en Perú
Viernes 30 de diciembre es día no laborable en Perú

El 2022 va llegando a su fin y a puertas de un nuevo año, el Gobierno decretó una serie de días no laborables que en los últimos días han generado confusión entre los peruanos, ya que muchos esperaban tener más días libres para disfrutar de las fiestas de Fin de Año.

De acuerdo a la norma dada por el gobierno del expresidente Pedro Castillo, el lunes 26 y viernes 30 de diciembre son los únicos días decretados como ‘días no laborables’, pero en el último D.S. se confirmó que el lunes 2 de enero de 2023, un día después de la celebración del Año Nuevo, también es un día libre para el sector público.

El 1 de enero de 2023 es feriado nacional debido a las celebraciones de Año Nuevo y si te toca laborar en este día es necesario que conozcas que tu empleador tiene el deber de pagarte hasta un triple de la jornada habitual o compensarte con otro día libre, esto según acuerdo previo.

¿Hay pago doble en el día no laborable?

Si bien este viernes 30 de diciembre, los trabajadores estatales tienen un día libre, es importante saber que las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los días próximos después de las celebraciones de las fiestas de Fin de Año. Asimismo, el sector privado laborará habitualmente y los que trabajan este día no serán recompensados con ningún pago adicional.

Calendario de feriados 2023

Este nuevo año también es ocasión para planificar vacaciones en los meses de verano, que comprenden de enero a marzo y que no contemplan días no laborables ni feriados calendario.

Enero

Domingo 1 Enero: Año Nuevo

Febrero

No hay feriados

Marzo

No hay feriados

Abril

6 Abril: Jueves Santo (Semana Santa)

7 Abril: Viernes Santo (Semana Santa)

9 Abril: Domingo de Resurrección (Semana Santa)

Mayo

Lunes 1 Mayo: Día del Trabajo

Junio

Sábado 24 Junio: Inti Raymi (Fiesta Inca del Sol)

Jueves 29 Junio: Festividad de San Pedro y San Pablo

Julio

Viernes 28 Julio: Fiesta de la Independencia Nacional

Sábado 29 Julio: Fiesta de la Independencia Nacional

Año Nuevo 2023 se inicia con feriados y fin de semana largo
Año Nuevo 2023 se inicia con feriados y fin de semana largo

Agosto

Miércoles 30 Agosto Festividad de Santa Rosa de Lima

Septiembre

No hay feriados

Octubre

Domingo 8 Octubre: Celebración de la Batalla de Angamos

Noviembre

Miércoles 1 Noviembre: Día de Todos los Santos

Diciembre

Viernes 8 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

Sábado 9 Diciembre: Día de la Batalla de Ayacucho

Lunes 25 Diciembre: Navidad

Días no laborables 2023

El gobierno dio a conocer a la población la lista de días no laborables para el año 2023. Estas se suman a los feriados por fechas cívicas que ya se encuentran marcadas en el calendario.

- Lunes 2 de enero de 2023.

- Viernes 28 de abril de 2023.

- Viernes 30 de junio de 2023.

- Jueves 27 de julio de 2023.

- Lunes 9 de octubre de 2023.

- Jueves 7 de diciembre de 2023.

- Martes 26 de diciembre de 2023.

En el caso del año 2024, por el momento se ha dado a conocer que el primer día no laborable del año será el 2 de enero, el cual se une al feriado del primero del mencionado mes.

¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 de enero de 2023?

Si te toca laborar el domingo 1 de enero de 2023 en Perú, feriado establecido por ley, la Sunafil ha establecido sobre el posible pago adicional que todo trabajador deberá recibir en esta fecha especial.

- Feriado coincide con el descanso semanal: cuando el feriado coincida con el día de descanso (como en estas fiestas de fin de año), ambos se superponen y se hacen valer como un solo día de descanso, por lo que al trabajador se le remunera un solo pago diario.

- Trabajo en feriado: en este caso, el empleado deberá recibir tres pagos, el correspondiente al día feriado, al día trabajado y a la sobretasa del 100% de la remuneración correspondiente a la labor efectuada.

- Feriado por descanso: En caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional.

Además, no se considera que se trabajó en feriado no laborable cuando el turno de trabajo inicia un día laborable y termina en un feriado no laborable.

Multa por incumplimiento de pago

Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales. Las multas, dependiendo del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), pueden fluctuar entre S/1058 a S/241 638.

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