
Con el propósito de mejorar el equipamiento armado de la Policía Nacional para que tengan mejores recursos para enfrentar a los grupos delincuenciales que operan en el país, la institución ha planteado una solicitud ante la justicia para que les permitan utilizar las armas que han sido incautadas a los criminales en los distintos operativos.
La petición sucede luego de los intentos fallidos del Ministerio del Interior para adquirir armas. Según indicó Primicias, la Dirección de Investigación Técnico Científica de la Policía Nacional han pedido a la Corte Nacional de Justicia que aplique el artículo 69 del Código Orgánico Integral Penal del Ecuador para que las armas pasen a manos de la institución policial.
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Actualmente, las armas incautadas reposan en las bodegas de las Fuerzas Armadas. El proceso con estos dispositivos es mantenerlos en bodega hasta declararlos obsoletos y destruirlos. Sin embargo, si la justicia aplica el artículo solicitado por la Policía, las armas podrían reusarse. La normativa dice que “el juzgador podrá declarar de beneficio social o interés público los instrumentos o efectos de la infracción y autorizar su uso”.

La solicitud de la Policía ya está en manos del presidente de la Corte Nacional, Iván Saquicela, quien en diálogo con Ecuavisa dijo que: “La propuesta es que podamos trabajar en una resolución de la Corte Nacional. Y que el juez tenga absoluta claridad en hacer uso de la facultad que prevé el artículo 69″.
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En caso de ser aprobado el pedido de la Policía, la entidad deberá elaborar un instructivo para el uso del armamento decomisado, de acuerdo a lo publicado por Primicias.
Entre 2016 y 2023, la Policía de Ecuador ha incautado 47.225 armas, según datos oficiales. El 70 % de las muertes violentas del país se produjeron con este armamento. En lo que va del 2023, la Policía ya ha decomisado 1.722 armas.
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Porte de armas para defensa personal
La escalada de violencia en el país llevó a que Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, levantara una prohibición de más de una década. El decreto presidencial emitido hace menos de un mes ahora permite a los civiles la tenencia y porte de armas para defensa personal.

Esta semana, el Ministerio de Defensa emitió un acuerdo para definir los requisitos de quienes busquen acceder a un arma con este propósito.
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Para quienes deseen acceder al permiso que solo puede entregar el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CC.FF.AA.), deberán cumplir con ser mayores de 25 años, suscribir un oficio dirigido al director de control de armas del CC.FF.AA con una justificación para el porte, también deberán presentar un documento que certifique la dirección actualizada del solicitante –una factura de servicios básicos o contrato de arrendamiento, por ejemplo.
A esto se suma la factura, contrato o transferencia de dominio del arma que va a portar. Sobre este requerimiento, el general Nelson Proaño, jefe del CC.FF.AA. explicó que los vendedores de armas no pueden entregar estos artefactos a las personas que no posean el permiso de tenencia y porte. Sin embargo, es necesario que se emita una factura o documento legal en donde se registre el número de serie del arma. Esto servirá para que las Fuerzas Armadas puedan asegurar la trazabilidad de estos instrumentos.
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También los requirentes deberán presentar un certificado biométrico emitido por la Policía Nacional. Este documento proporciona datos de la identidad de la persona como el número único de identificación, nombres y apellidos, nacionalidad, estado civil, entre otros.

Además, los solicitantes deberán obtener un informe de evaluación psicológica forense, elaborado por un profesional habilitado para el ejercicio con estudios de cuarto nivel en esa rama específica. Este informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional a través del certificado correspondiente. También deberán presentar un informe de evaluación psiquiátrica y de análisis toxicológico, ambos avalados por el Ministerio de Salud Pública. Todos estos documentos tendrán vigencia de tres meses desde su expedición.
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El acuerdo ministerial también dispone que los peticionarios deberán entregar un certificado de no registrar antecedentes penales actualizado hasta ocho días antes de la fecha de solicitud del permiso; un certificado de no tener denuncias, demandas o procesos por violencia intrafamiliar otorgado por la autoridad competente; un certificado de destreza en el manejo y uso del arma de fuego emitido por el Ministerio de Defensa Nacional o sus delegados en cada jurisdicción.
Adicionalmente los solicitantes deberán pagar los gastos administrativos. El valor del servicio es del 15 % de un Salario Básico Unificado de Ecuador, es decir USD 63.75 este 2023.
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