
El Tribunal de Juicio de Mercedes sentenció a una pena de prisión en suspenso al abogado Marcelo Hanson, por el delito de defraudación con abuso de la necesidad e inexperiencia de un incapaz. Se trata del defensor de Mónica Millapi y su marido, Daniel “Fierrito” Martínez, ambos detenidos en la causa que investiga el caso Loan Danilo Peña.
Este martes la Justicia fijó una condena de tres años de prisión para el letrado y la prohibición de ejercer durante el mismo lapso, además de la obligación de cumplir diversas pautas de conducta bajo control judicial. Esta medida surge poco tiempo después de que los fiscales de la causa que investiga la desaparición del niño de 5 años, visto por última vez el 13 de junio de 2024 en el paraje Algarrobal de la provincia de Corrientes, solicitaran la elevación a juicio. Tanto Millapi como Martínez se encuentran en la lista de las personas que serán juzgadas.
La reciente condena contra Hanson tuvo como víctima a su prima. Según consta en la sentencia N° 48/2025, mencionada por el portal República de Corrientes los jueces determinaron que el 22 de diciembre de 2017, el abogado solicitó judicialmente una restricción en la capacidad de la familiar y, al mismo tiempo, la hizo firmar una dación en pago de aproximadamente 302 hectáreas. El intento de escriturar este inmueble puso en evidencia la maniobra fraudulenta ante la Justicia, lo que derivó en la presentación de una acción penal por parte de familiares de la damnificada.

El delito conocido como circunvención de incapaces ocurre cuando alguien se aprovecha de la falta de experiencia o de la situación de vulnerabilidad de una persona, como un menor de edad o alguien que no puede valerse por sí mismo, para convencerla de hacer algo que le causa daño a ella o a otros. La ley castiga este acto porque implica aprovecharse de alguien que no está en condiciones de comprender o defenderse por completo.
En este sentido, el tribunal integrado por los doctores Muschietti, Troncoso y Ríos resolvió tras más de una hora de deliberación que Hanson es responsable de los hechos ocurridos en un domicilio de la ciudad de Curuzú Cuatiá, en perjuicio de la mujer.
La condena
Además de la prisión en suspenso y la inhabilitación profesional, el fallo estipula normas de conducta estrictas durante tres años. El acusado deberá abstenerse de cometer nuevos delitos, fijar un domicilio estable sin mudarse sin aviso al tribunal, evitar consumir estupefacientes o abusar del alcohol y mantener absoluta prohibición de contacto, ya sea directo o a través de medios digitales, con la damnificada. También deberá inscribirse y acreditar la realización de un curso académico sobre ética profesional para abogados.
A su vez, está obligado de entregar la credencial profesional bajo acta, notificando de ello al Colegio de Abogados de la Tercera Circunscripción Judicial y al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de la provincia; y asumir las costas procesales derivadas del juicio.
La sentencia aclara que la condena es en suspenso, lo que implica que Hanson no cumplirá prisión efectiva, salvo que infrinja alguna de las normas de conducta impuestas por el tribunal.
La responsabilidad penal del abogado ya había quedado establecida por unanimidad el viernes 8 de agosto, cuando el tribunal leyó el veredicto tras la primera parte del debate. En esa instancia, los jueces valoraron tanto la prueba documental como los testimonios y peritajes recabados a lo largo de la instrucción y del desarrollo oral.
Tan solo un día antes, la Cámara Federal de Corrientes confirmó la elevación a juicio oral de José Fernández Codazzi, el ex abogado de Laudelina Peña—tía de Loan Danilo Peña—, en una causa de presuntas irregularidades ocurridas durante su gestión como interventor del Registro Seccional de la Propiedad del Automotor en la localidad de Esquina.

Si bien este proceso no tiene vinculación con el caso de la desaparición de Loan, la trayectoria de Fernández Codazzi tomó notoriedad pública cuando asumió la defensa legal de la principal testigo en esa investigación.
El expediente judicial refiere a prácticas detectadas tras una auditoría nacional realizada el 8 de mayo de 2018. Durante los años 2017 y 2018, periodo en el que Fernández Codazzi encabezaba el Registro, se detectó el cobro irregular en más de 425 trámites.
En primera instancia, la jueza federal Cristina Pozzer Penzo le atribuyó a Fernández Codazzi los delitos de abuso de autoridad, violación de deberes y peculado, aunque la Cámara Federal declaró prescriptos los dos primeros y solo avanzó con el juicio por presunto peculado, es decir, el supuesto desvío de fondos públicos bajo su administración. Los camaristas mantuvieron además un embargo preventivo de $1.000.000 sobre los bienes del imputado.
Fernández Codazzi permanecerá en libertad durante el proceso, ya que no tiene antecedentes, colaboró con la justicia y no se consideró riesgo de fuga.
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