En diciembre del 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Lomas de Zamora sentenció a siete ex policías a 25 años de prisión por el asesinato a sangre fría de cuatro personas en un episodio que posteriormente se conoció como la “Masacre de Wilde”. Este jueves, la Sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó dichas condenas y ordenó las respectivas detenciones.
De esta manera, los jueces del máximo tribunal bonaerense ratificaron la culpabilidad por los delitos de homicidio simple reiterado y homicidio simple en grado de tentativa, de los ex comisarios Roberto Mantel y Eduardo Gómez, el ex oficial Osvaldo Lorenzón, el ex subteniente Pablo Dudek, los ex oficiales Julio Gatto y Marcelo Valenga, y el ex cabo Marcos Rodríguez.
Tras conocerse la decisión, los familiares y abogados de las víctimas —el remisero Norberto Corbo y sus pasajeros, Gustavo Mendoza y Enrique Bielsa; y el vendedor de libros Edgardo Cicutín— difundieron un comunicado en el que reclamaron al tribunal oral que, en virtud del llamado “doble conforme”, disponga la inmediata detención de los ex policías involucrados.
El abogado defensor de una de las viudas y del único sobreviviente, dijo al momento de la sentencia: “Estamos muy satisfechos con el fallo a pesar de que habíamos pedido prisión perpetua al considerar que se trató de un cuádruple homicidio agravado por tres causales. De todas maneras, el Tribunal les aplicó la máxima pena prevista para el delito de homicidio simple y tentativa de homicidio simple por el que fueron condenados. Eso contempla entre 8 y 25 años. Al darles 25 años significa que consideró altamente reprochable la conducta de los ex policías”, indicó a Infobae en 2022, Ciro Annichiarico.
Por otro lado, fuentes judiciales consultadas por Diario Conurbano señalaron que todo apunta a que las defensas de los sentenciados intentarán presentar un recurso ante la Suprema Corte bonaerense para prolongar el proceso de apelaciones. Esta maniobra podría demorar la orden de detención que debe emitir el tribunal oral de Lomas contra los condenados.
Todo sucedió el 10 de enero de 1994 en diferentes vehículos, a causa de una balacera que recayó sobre ellos y que incluyó al menos 200 disparos. Los asesinos, que integraban la Brigada de Investigaciones de Lanús, justificaron el accionar asegurando que confundieron a las víctimas con delincuentes. El único sobreviviente fue Claudio Díaz, el conductor del Dodge 1500 en el que viajaba Cicutín.
Junto a los acusados que llegaron a juicio, en un principio también se había imputado al comisario César Córdoba, a Carlos Saladino y a Hugo Reyes, miembros de la misma brigada, quienes fallecieron antes de la instancia oral. Formaban parte del equipo liderado por el entonces comisario y hoy abogado Juan José Ribelli, quien fue procesado y más tarde absuelto en la causa del atentado contra la AMIA. Ribelli, además, no se encontraba en el país al momento del hecho. Por su parte, el ex subteniente Marciano González fue apartado del proceso judicial tras ser declarado inimputable debido a una incapacidad mental provocada por un accidente cerebrovascular.

A pesar de las apelaciones presentadas por los familiares de las víctimas, tanto en 2003 como en 2007, estas personas volvieron a ser sobreseídas bajo la misma resolución. Sin embargo, la investigación siguió avanzando hasta llegar a la Suprema Corte bonaerense, que en 2013 dispuso reabrir la causa y dejar sin efecto los sobreseimientos. El máximo tribunal provincial argumentó que, aunque no se trate de un crimen de lesa humanidad, el cuádruple homicidio claramente representó una violación grave de los derechos humanos.
Fue el 16 de septiembre de 2014 cuando el juez de Garantías de Lomas de Zamora, Gabriel Vitale, puso fin a la extensa instrucción y ordenó el juicio oral para nueve policías acusados. Pese a ello, las múltiples presentaciones realizadas por las defensas retrasaron el inicio del debate durante ocho.
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