Un padre quedó imposibilitado de ingresar al casino de San Carlos de Bariloche tras una decisión judicial sin precedentes en la ciudad. La medida se tomó luego de que la Justicia confirmara que el hombre frecuentaba el establecimiento de juegos de azar pese a no cumplir con el acuerdo sobre la cuota alimentaria de sus hijos.
De acuerdo con información difundida por el Ministerio Público Fiscal de Bariloche, el caso se originó cuando la Defensa Pública de Derechos de Familia presentó ante la Justicia registros que demostraron el ingreso habitual del hombre al casino local aun teniendo una deuda vigente, luego de que la madre de los menores aportara pruebas que lo evidenciaban.
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Según el Ministerio Público Fiscal de la Defensa de San Carlos de Bariloche, la magistrada que intervino en el expediente puntualizó que “la cuestión alimentaria es uno de los derechos humanos básicos” y remarcó que, en situaciones donde están involucrados niños, niñas y adolescentes, el ordenamiento jurídico argentino otorga una protección reforzada dada su situación de vulnerabilidad.
El cumplimiento de estas obligaciones resulta esencial para garantizar derechos fundamentales asociados al desarrollo integral de las personas menores de edad, como se destaca en el fallo que favoreció a la madre y a sus hijos.
El Ministerio Público Fiscal de la Defensa de San Carlos de Bariloche subrayó que el Código Civil y Comercial de la Nación brinda a los magistrados diversas herramientas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En particular, el artículo 553 faculta la adopción de “medidas razonables” orientadas a que las sentencias que fijan alimentos sean efectivas.
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Esto se justifica en que se trata de prestaciones vinculadas directamente con derechos humanos básicos de niños, niñas y adolescentes, así como con la satisfacción de sus necesidades esenciales y su derecho a la vida.
El fallo establece que la prohibición de ingreso al casino para el padre deudor continuará vigente hasta que regularice por completo la deuda alimentaria. Además, la autoridad judicial dejó abierta la posibilidad de disponer otras acciones si persiste la falta de pago. Según consta en la resolución comunicada por el Ministerio Público Fiscal de la Defensa de San Carlos de Bariloche, la medida busca priorizar el interés superior de los menores y garantizar que sus necesidades básicas sean cubiertas.
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Impidieron el ingreso de un deudor alimentario al último partido de Boca

En septiembre del año pasado, un deudor alimentario fue interceptado cuando intentaba asistir al partido que Boca disputó en La Bombonera ante Central Córdoba de Santiago del Estero. Inspectores del gobierno porteño desplegaron controles en estadios y lugares de concurrencia masiva, amparados en un sistema que identifica a quienes incumplen sus obligaciones familiares. La estrategia busca hacer efectiva la exclusión de quienes adeudan cuotas alimentarias y visibilizar, además, el impacto social de esta problemática.
El ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, subrayó que en la Ciudad de Buenos Aires "se busca dejar en claro que las obligaciones se cumplen sin excepción“, según citó la agencia NA. Para los deudores que figuran en el registro, las restricciones no se limitan al acceso a espectáculos. Entre las consecuencias, no pueden acceder a tarjetas de crédito, abrir cuentas corrientes ni formalizar créditos en el Banco Ciudad. Además, están impedidos de recibir asignación de viviendas sociales proporcionadas por la ciudad o acordadas con el gobierno nacional, y no tienen la opción de postularse a cargos electivos dentro del territorio porteño.
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Tampoco pueden inscribirse en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos mientras persista la deuda, ni participar en concursos o ser designados como magistrados o funcionarios judiciales. Dentro de la administración porteña, se impone la obligación para escribanos de registrar y notificar cualquier transferencia de bienes en nombre de personas con antecedentes en el RDAM.
El comunicado oficial del gobierno de la ciudad remarca que la exclusión del acceso afecta a quienes intentan ingresar a cualquier espectáculo cultural pago con capacidad superior a 5.000 asistentes, como parte de una batería de sanciones que incluyen la prohibición de transferencias comerciales y la inhabilitación para ser matriculados en colegios profesionales mientras no regularicen su situación.
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