
Un docente de inglés, que daba clases en dos colegios secundarios de Córdoba, fue condenado a 5 años y 3 meses de prisión por “grooming reiterado” contra sus alumnos y por suministrarles material pornográfico en el aula.
El grooming es un término que se utiliza para hacer referencia a todas las conductas o acciones que realiza un adulto para ganarse la confianza de un menor de edad, con el objetivo de obtener beneficios sexuales.
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En el fallo judicial, la Cámara del Crimen de Río Tercero le ordenó al docente someterse a un “tratamiento psicoterapéutico por la problemática que presenta”.
En la causa contra Pereyra declararon tres de sus alumnos, dos de 13 años de un colegio de Río Tercero y otro de 17 años de una escuela de Los Cóndores, quienes contaron los pormenores de los acosos sexuales recibidos.
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Durante el juicio, uno de los alumnos relató: “Cuando entrábamos al curso, el profesor sacaba su celular, cerraba la puerta, ponía una mesa para que la preceptora no la abriera y mostraba los videos guasos a los alumnos”.
Alertadas por estas conductas inapropiadas y al observar los mensajes telefónicos de alto contenido sexual que Pereyra le enviaba a los menores, las madres de estos chicos decidieron llevar el caso a la justicia.
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Si bien el docente reconoció que mostró videos pornográficos en el aula, negó que haya tenido intenciones de corromper a sus alumnos y explicó que ese material que tenía en su celular era para consumo propio y no para compartir con ellos, aunque finalmente terminó ocurriendo.

Tras admitir los hechos, la defensa llegó luego a un acuerdo con la Fiscalía de Cámara y se cambió la acusación inicial de “corrupción agravada”, que contempla de 10 a 27 años de prisión, por de menor gravedad.
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“Existieron los mensajes, pero fueron acciones desafortunadas”, declaró el acusado, en su relato en la sala que duró una hora y media, de acuerdo a lo publicado por el diario La Voz.
El fiscal Gustavo Martin explicó que varió la calificación del caso porque entendió que “faltaron elementos objetivos y subjetivos para acusar por corrupción, pero claramente se pudo acreditar la exhibición del material pornográfico”.
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En la sentencia se impuso, además, un impedimento de contacto del condenado con las víctimas. La medida se estableció ante la posibilidad de que recupere la libertad antes de cumplimentada la pena, por el beneficio de los dos tercios, lo que podría suceder dentro de un año y medio. Pereyra lleva dos años detenido.
Desde el Ministerio de Educación de Córdoba le dijeron a La Voz que por el artículo 13 de la ley 7.233, “quien es condenado no puede reingresar al sistema”. Aclararon así que, aun recuperando su libertad, el docente no podrá volver a dar clases en la provincia.
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La defensa, en tanto, prefirió no hacer declaraciones pero salió conforme con la pena alcanzada.
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