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Villa La Angostura pidió que se rechace un recurso mapuche para llegar a la Corte y evitar un desalojo

El municipio local y la Fiscalía de Estado de Neuquén solicitaron al Superior Tribunal de esa provincia que no acepte el recurso que presentó una comunidad para que defina la máxima autoridad judicial del país

La comunidad mapuche Paicil Antriao quiere evitar el desalojo del camping que usurpa desde hace 10 años
La comunidad mapuche Paicil Antriao quiere evitar el desalojo del camping que usurpa desde hace 10 años
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El Superior Tribunal de Justicia de Neuquén deberá decidir si acepta el pedido de la comunidad mapuche Paicil Antriao de elevar un recurso en queja ante la Corte Suprema de Justicia para frenar una orden de desalojo del camping que usurpa desde hace 10 años.

Tanto el municipio de Villa La Angostura como la Fiscalía de Estado de la provincia petrolera solicitaron al máximo órgano judicial de Neuquén que rechace el pedido de la comunidad mapuche para elevar un recurso extraordinario ante la Corte.

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Se trata del extenso litigio que el Ejecutivo angosturense sostiene con los intrusos, quienes deben restituir un predio que explotan comercialmente, ubicado en la costa del lago Correntoso.

A lo largo del periplo judicial, la defensa de la comunidad no pudo revertir la orden de desalojo que fijó la Justicia, a pesar de los múltiples artilugios judiciales que elevaron para frenar la medida.

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Luego del último fallo a favor de la restitución del predio al municipio local, el abogado que defiende a la comunidad anunció la presentación de un recurso en queja ante la Corte Suprema, a pesar de lo cual la orden de desalojo sigue vigente.

Una comunidad mapuche deberá devolver un cámping que en 2011 usurpó en Villa la Angostura
El predio está ubicado en la costa del lago Correntoso

Poco después del último dictamen, que ordena la devolución de las tierras al municipio, los mapuches apuntaron contra el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y su titular, Claudio Avruk, a quien cuestionaron por “persecución y racismo”.

Le solicitaron al organismo nacional que avance con el relevamiento territorial y la elaboración de la carpeta técnica, para determinar la superficie que –en teoría- le corresponde a la comunidad.

Ahora, la Fiscalía de Estado de Neuquén y el municipio coincidieron en solicitarle al STJ que rechace el planteo mapuche de elevar el recurso ante la Corte. Sin embargo, saben que dicho planteo no es vinculante con la orden de desalojo que ordenó el Juez Francisco Astoul Bonorino, que está firme y mantiene vigencia.

Luego de cada dictamen desfavorable, los voceros de la comunidad Paicil Antriao desafiaron a la Justicia y anunciaron que no se moverán del lugar que ocupan, ya que esas tierras pertenecían a sus ancestros.

La disputa por el complejo recreativo lleva más de una década en los tribunales. En 2019, la Justicia dictó una sentencia que reconoció la titularidad del terreno a favor del municipio de Villa La Angostura y ordenó su restitución. Ese fallo fue apelado en 2021 y finalmente ratificado en 2024 por el máximo tribunal provincial, por lo que actualmente se encuentra firme y a la espera de su ejecución, que podría incluir el desalojo.

Una comunidad mapuche deberá devolver un cámping que en 2011 usurpó en Villa la Angostura
La disputa por el complejo recreativo lleva más de una década en los tribunales

El nuevo planteo de la comunidad surgió tras una decisión del juez civil de Junín de los Andes, Santiago Montórfano, quien a fines de 2024 se declaró incompetente para continuar con el trámite y dispuso que el expediente sea remitido a los tribunales de Villa La Angostura.

La medida fue cuestionada por la comunidad Paicil Antriao, que apeló la decisión primero ante la Cámara Provincial y luego ante el Tribunal Superior, sin obtener resultados favorables. Ante ese escenario, presentó un recurso extraordinario federal con el objetivo de que la causa llegue al máximo tribunal del país.

En su respuesta, la Fiscalía de Estado —representada por el apoderado Gustavo Kohon, en nombre del organismo que conduce Raúl Gaitán— consideró que el planteo carece de fundamentos suficientes. En el escrito se sostiene que la resolución cuestionada no tiene carácter definitivo ni provoca un perjuicio irreparable que justifique la intervención de la Corte Suprema.

El documento también señala que la presentación de la comunidad ofrece un relato “parcial” de los antecedentes del proceso y que no logra demostrar una violación concreta de garantías constitucionales, como el principio del juez natural invocado en el recurso.

En paralelo, la municipalidad de Villa La Angostura, a través de su apoderado legal Adolfo Hugo Burgenik, presentó un planteo similar. El abogado afirmó que la resolución judicial en discusión se limita a una cuestión procesal —la determinación del juzgado competente— y que no impide la continuidad del expediente ni afecta derechos de las partes.

Desde el municipio sostuvieron además que el intento de llevar el caso a la Corte Suprema constituye una maniobra dilatoria dentro de un proceso que ya cuenta con una sentencia firme sobre la propiedad del terreno.

La decisión final sobre la admisibilidad del recurso extraordinario federal quedará ahora en manos del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, que deberá determinar si el planteo reúne los requisitos legales para habilitar la intervención del máximo tribunal del país.

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