
El 17 de abril de 2018 el juez Daniel Obligado, integrante del Tribunal Oral Federal Nro. 5, pidió que le otorgasen una licencia con goce de sueldo alegando que se trataba de actividades académicas ya que tenía intenciones de participar en Irak de un congreso sobre prevención del genocidio. Para esa época, estaba en plena etapa de alegatos la causa denominada “ESMA Unificada” ante el TOF 5 del que es integrante el magistrado.
Apenas cuatro días después, es decir, el 21 de abril, la jueza Liliana Catucci, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de Obligado. “Atento a que el tribunal del que forma parte el Dr. Daniel Obligado está llevando a cabo desde hace tiempo uno de los juicios más complejos de lesa humanidad, no presto conformidad al pedido, no obstante lo cual se procede a elevarlo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, expresa la resolución firmada por la camarista. Esa misma noche, sin el consentimiento de la Cámara de Casación ni el permiso de la Corte Suprema, el juez Obligado partió rumbo a Bagdad.
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El expediente con el pedido de licencia con goce de sueldo se elevó al Máximo Tribunal el 24 de abril de 2018, y ese mismo día su entonces Presidente, Ricardo Lorenzetti resolvió “no hacer lugar a la solicitud de licencia con goce de haberes efectuada por el magistrado integrante del Tribunal Oral en lo Criminal N° 5, Daniel Horacio Obligado”.
El magistrado que recientemente benefició al ex vicepresidente Amado Boudou con la prisión domiciliaria visitó Bagdad y la región de Kurdistán, en el marco del Programa de Prevención del Genocidio, organizado por la “Conference of Erbil – Geneva of genocide, ethnic cleansing and the future of Chistians and Yazidis in Iraq” y la “Shlomo Organization”.
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Dos defensores de imputados en la causa ESMA denunciaron ante el Consejo de la Magistratura al juez Obligado por considerar que el magistrado incurrió “en un abandono de sus tareas que ocasiona una denegación de justicia”. Los denunciantes señalaron en ese momento respecto de Obligado que “su desempeño y contracción al cumplimiento de sus obligaciones es cuestionable y dista de la conducta esperable para un magistrado que registra un altísimo porcentaje de llegadas tardes con el consiguiente retraso en las audiencias y también ha sido beneficiado con reiteradas licencias fuera de las épocas comunes (ferias de invierno y verano). Prueba cabal de ello es el abandono de sus tareas y el menosprecio que demuestra al viajar sin la conformidad expresa” de las autoridades pertinentes.
El Consejo de la Magistratura citó al juez Daniel Obligado para que dé las correspondientes explicaciones, y el 15 de noviembre se impuso la mayoría, que rechazó la denuncia por mal desempeño contra el magistrado, por su viaje no autorizado al Congreso en Irak.
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En la resolución que le denegó el permiso a Obligado, el entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, consideró que, “por razones de servicio, no corresponde hacer lugar a lo requerido.”
Asimismo, Lorenzetti indicó en aquella oportunidad que, “en el artículo 3 del reglamento aplicable, se establece que no podrá hacerse uso de la licencia solicitada mientras no haya sido acordada, notificada al interesado y puesta en conocimiento de la autoridad jerárquica respectiva”, y le señaló a Obligado que en lo sucesivo esos pedidos se debían tramitar con la suficiente antelación.
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