
El Gobierno publicó este martes el decreto 632/2018, que está orientado a recortar gastos del Estado. La norma, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y los ministros Andrés Ibarra (Modernización) y Nicolás Dujovne (Hacienda y Finanzas), apunta a una reducción de unos 25.000 millones de pesos en lo que se considera la segunda etapa del plan de ajuste público encarado por Cambiemos.
"La calidad en la gestión pública depende del cumplimiento del principio de economía, esto es, que el funcionamiento de la Administración Pública propenda a la utilización racional de los recursos públicos", expresó el Ejecutivo en los considerandos de la medida.
En esta línea, el Gobierno argumentó que "la asignación de recursos a la Administración Pública debe ajustarse estrictamente a los requerimientos de su funcionamiento para el logro de las metas y objetivos previstos".
A continuación, los puntos más salientes del texto:
1. Congelamiento de ingresos al Estado
El texto congela hasta el 31 de diciembre de 2019 designaciones y contrataciones de personal de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento presupuestarias o no presupuestarias. Alcanza a toda la estructura del Estado excepto a la Agencia Federal de Inteligencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Servicio Penitenciario Federal, las Universidades Nacionales y las Fuerzas Armadas y de Seguridad. También quedan al margen de la prohibición los nombramientos en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Servicio Exterior y del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

2. Convenios de Servicios de Asistencia Técnica
No se podrán cerrar nuevos acuerdos de este tipo. Los convenios vigentes celebrados entre el Estado y las Universidades nacionales, provinciales o privadas u otras instituciones de enseñanza pública quedarán sin efecto a partir del 1° de enero de 2019. Este tipo de servicios fueron instalados por el kirchnerismo y en muchos casos hubo abusos en el uso y contratación de personal externo en las universidades, lo que implicaba un importante gasto para el erario público.
3. Bonificaciones, premios, incentivos o suplementos
El texto prohíbe instrumentar nuevos bonos, premios, incentivos o suplementos hasta el 31 de diciembre de 2019. Los organismos que los abonen deberán informar dentro de 30 días "la norma que dispuso su creación y aplicación, sus características y la planificación de su pago para el año en curso a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público", que dictaminará respecto de la procedencia e impacto presupuestario de estos pagos.
4. Servicios extraordinarios, gastos de movilidad, de comida y viáticos
Los organismos deberán remitir, también dentro de 30 días, un informe al Ministerio de Modernización. El documento deberá reflejar "la evolución del pago por servicios extraordinarios, gastos de movilidad, gastos fijos de movilidad, reintegro por gastos de comida y viáticos, que avale su cumplimiento" y prever "una disminución del 30% en tales conceptos para lo que resta del ejercicio presupuestario en curso".

5. Viajes al exterior
En los traslados en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial, o en uso de becas, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto público, del personal del PEN, solo las autoridades de nivel de Ministro o Superior podrán utilizar pasajes en clase ejecutiva, con la conformidad del Jefe de Gabinete de Ministros.
En el caso del traslado de funcionarios con rango de Secretario, solo podrán utilizarse pasajes en clase ejecutiva para viajes de duración mayor a ocho horas, siempre y cuando cuenten con la previa autorización del titular de la Jurisdicción o Entidad de la que dependan.
Además, los organismos deberán remitir un informe a la Jefatura de Gabinete con la "planificación de los viáticos, gastos de pasajes y movilidad derivados del cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial, o en uso de becas". El informe deberá presentarse en 15 días y prever, asimismo, "una disminución del gasto por dichos conceptos del 30% para lo que resta del ejercicio presupuestario en curso".
6. Vehículos de uso oficial
La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) deberá efectuar en 30 días un relevamiento de vehículos de uso oficial que se encuentren tanto a disposición del traslado de funcionarios como los destinados al uso operativo del área a la cual se encuentren asignados.
La norma también encomienda "la elaboración de un informe de flota óptima para cada jurisdicción u organismo relevado a los efectos de su posterior transferencia o enajenación según criterios de razonabilidad y austeridad".
Mientras se realiza el relevamiento, el Gobierno ordenó suspender los procesos de adquisición o alquiler con opción de compra de vehículos que se encuentren en curso.
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