
Las Elecciones de 2026 no solo implican acudir a las urnas para elegir autoridades. Para los ciudadanos que figuran en el padrón electoral también existen obligaciones cuyo incumplimiento puede generar multas. En el caso de quienes fueron sorteados como miembros de mesa, la sanción económica puede ser mayor y acumularse con la multa por no votar.
En Perú, durante 2026 se desarrollaron las Elecciones Generales, cuya primera vuelta se realizó el 12 de abril y cuya segunda elección presidencial tuvo lugar el 7 de junio. Ahora, el calendario electoral contempla las Elecciones Regionales y Municipales del domingo 4 de octubre, jornada en la que se elegirán autoridades regionales, provinciales y distritales.
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El punto que deben tener en cuenta los electores es que cada proceso electoral genera sus propias obligaciones. Por ello, una persona que haya tenido una multa en una elección anterior puede volver a recibir otra si incumple sus obligaciones en un proceso posterior.

¿Cuánto es la multa por no votar en 2026?
El monto de la multa por no votar no es igual para todos los ciudadanos. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aplica una escala que depende de la clasificación socioeconómica del distrito que figura como domicilio electoral.
Para 2026, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) tiene un valor de S/5.500, de acuerdo con información oficial del Ministerio de Economía y Finanzas.
Sobre esa base, la multa por omisión al sufragio queda establecida de la siguiente manera:
- Distrito no pobre: 110 soles (2% UIT)
- Distrito pobre no extremo: 55 soles (1% UIT)
- Distrito pobre extremo: 27.50 soles (0,5%)
El JNE confirmó estos montos para la segunda elección presidencial de 2026 y señaló que la escala se determina según la localidad y el nivel de pobreza establecido para cada distrito.
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La misma escala se aplica para la omisión al sufragio en los procesos electorales correspondientes al año, de acuerdo con el esquema de multas electorales.

¿Qué pasa si además eres miembro de mesa?
Aquí aparece una segunda sanción. Los ciudadanos seleccionados como miembros de mesa titulares o suplentes tienen la obligación de presentarse para instalar la mesa de sufragio y cumplir las funciones asignadas durante la jornada electoral.
Si una persona designada como miembro de mesa no acude o se niega injustificadamente a integrar la mesa, la multa es equivalente al 5% de la UIT.
Con la UIT de S/5.500 correspondiente a 2026, la sanción asciende a S/275. El monto fue confirmado tanto por el JNE como por la ONPE para las elecciones de este año.
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La sanción también puede aplicarse a un elector que, ante la ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes, sea convocado para integrar la mesa y se niegue injustificadamente a hacerlo.

¿Se pagan dos multas si soy miembro de mesa y tampoco voto?
Sí. Este es uno de los puntos más importantes para los electores.
El JNE precisa que un ciudadano que fue designado como miembro de mesa puede recibir dos multas distintas si incumple ambas obligaciones: no presentarse para instalar la mesa y, además, no emitir su voto.
En ese escenario, la multa por no cumplir como miembro de mesa es de S/275, mientras que la sanción por no votar puede ser de S/27.50, S/55 o S/110, dependiendo del distrito.
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Por ejemplo, en un distrito considerado no pobre, un ciudadano que no se presenta como miembro de mesa y tampoco vota puede acumular:
S/275 + S/110 = S/385.
En un distrito pobre no extremo, serían S/330, mientras que en un distrito de pobreza extrema serían S/302.50.
El propio JNE confirmó que ambas sanciones pueden aplicarse simultáneamente.
¿Cómo una persona puede superar los S/700 en multas?
La posibilidad de superar esa cifra aparece cuando existen multas correspondientes a más de una jornada electoral.
Esto es relevante en 2026 porque el calendario electoral peruano contempla distintos procesos durante el año. La primera vuelta de las Elecciones Generales fue el 12 de abril, la segunda elección presidencial se realizó el 7 de junio y las Elecciones Regionales y Municipales están programadas para el 4 de octubre.
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Por ejemplo, tomando como referencia el monto máximo por omisión al sufragio en un distrito no pobre:
- No votar: S/110
- No cumplir como miembro de mesa: S/275
- Total por una jornada en la que se incumplen ambas obligaciones: S/385
Si una persona acumulara ese mismo supuesto en dos procesos electorales, la suma alcanzaría S/770.
Por eso, el titular de que las multas pueden superar los S/600 es válido cuando se habla de acumulación de sanciones correspondientes a distintos procesos electorales. No significa que una sola ausencia genere automáticamente una multa superior a S/600.
Además, si un ciudadano fue designado miembro de mesa para una determinada elección y cumple correctamente su función, no recibe la multa de S/275. Por el contrario, para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 la ONPE informó que quienes ejerzan el cargo recibirán una compensación económica de S/165.
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¿Cuántos miembros de mesa fueron sorteados para las elecciones municipales?
Para las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre, la ONPE realizó el sorteo de 809.415 ciudadanos que tendrán la responsabilidad de participar como miembros de mesa.
La cifra corresponde a las 89.935 mesas de sufragio previstas para estos comicios. Para cada mesa fueron seleccionados tres titulares y seis suplentes.
La ONPE también informó que los miembros de mesa que cumplan su función y hayan completado la capacitación correspondiente tendrán derecho a un día de descanso remunerado y no compensable, además de la compensación económica de S/165.
¿Cómo saber si soy miembro de mesa?
La consulta puede realizarse mediante la plataforma oficial habilitada por la ONPE. El sistema permite conocer el local de votación y verificar si el ciudadano fue designado como miembro de mesa.
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La recomendación práctica es realizar la consulta antes de la jornada del 4 de octubre, especialmente si el ciudadano no recuerda haber sido seleccionado en el sorteo.

¿Qué ocurre si tengo una razón válida para no votar?
La legislación electoral contempla mecanismos para solicitar una dispensa por no votar o una justificación por no cumplir como miembro de mesa, siempre que exista una causal válida y pueda ser acreditada con la documentación correspondiente.
El JNE señala que estos trámites pueden realizarse después de la jornada electoral y que deben presentarse los documentos que sustenten la causal invocada.
La dispensa está relacionada con la omisión al sufragio, mientras que la justificación corresponde al incumplimiento del cargo de miembro de mesa.
El JNE también precisa que existen determinadas causales que no requieren el pago del derecho de trámite, entre ellas algunos casos relacionados con desastres naturales, errores en el padrón, problemas atribuibles a la organización electoral, discapacidad y otras situaciones contempladas en la normativa.
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¿Dónde puedo consultar si tengo multas electorales?
El JNE cuenta con una plataforma oficial para verificar si existen multas electorales pendientes. La consulta se realiza con los datos solicitados por el sistema y permite conocer el motivo y monto de la obligación registrada.
El organismo electoral señala que las multas pueden corresponder a la omisión del sufragio, la inasistencia a la instalación de una mesa o la negativa a integrar una mesa cuando el ciudadano es convocado para hacerlo.
La cifra que debes tener en cuenta
Para las Elecciones 2026, la cifra clave es S/275, que corresponde a la multa por no cumplir como miembro de mesa. A ella puede sumarse la multa por no votar, que llega hasta S/110 en los distritos clasificados como no pobres.
Por una sola jornada electoral, un miembro de mesa que no se presenta y tampoco vota podría acumular hasta S/385. Si existen sanciones de distintos procesos electorales que no fueron regularizadas, el monto total puede superar los S/700 y llegar a cifras mayores.
Por ello, antes de las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre, resulta fundamental verificar si se fue designado miembro de mesa, conocer el local de votación y revisar si existen multas electorales pendientes.
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