Piden excluir a Luis Miguel Llanos tras ser inscrito en el registro de deudores alimentarios

Juzgado ordenó inscripción luego de que el ‘Van Damme peruano’ no cumpliera con cancelar deuda alimenticia, pese a los múltiples requerimientos que se le hicieron. Candidato de Progresemos también ha sido denunciado penalmente por presunta omisión a la asistencia familiar por este caso

Luis Miguel Llanos, candidato para la alcaldía de Lima por el partido Progresemos, se autodefinió como el "más guapo" de la segunda fecha del debate elecoral para las ERM 2026.
Luis Miguel Llanos, candidato para la alcaldía de Lima por el partido Progresemos, se autodefinió como el "más guapo" de la segunda fecha del debate electoral para las ERM 2026.
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Se presentó un pedido ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro para que se excluya la candidatura de Luis Miguel Llanos, conocido como el ‘Van Damme peruano’, a la alcaldía de Lima por el partido Progresemos. Ello luego de que el Poder Judicial dispusiera su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) por una deuda de 5,292.94 soles en pensiones alimenticias.

El pedido, presentado el 18 de setiembre por la expareja de Llanos y madre de su menor hija, invoca como hecho sobreviniente una resolución judicial emitida un día antes por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Barranco-Miraflores.

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Según el escrito presentado ante el JEE, si bien previamente se había desestimado un pedido similar de exclusión, ello fue porque en ese momento no existía todavía una resolución firme de inscripción en el registro de morosos. La situación, dice, cambió el 17 de setiembre.

Documento impreso con texto en español que incluye una sumilla, un recuadro negro que cubre datos y los apartados de petitorio y fundamentación
Un documento dirigido al Jurado Electoral Especial de Lima solicita la exclusión del candidato Luis Miguel Llanos Carrillo por su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Infobae accedió al expediente judicial, que inició formalmente en octubre de 2024. La expareja presentó una demanda de alimentos contra Luis Miguel Llanos en representación de la hija menor de ambos. La demandante solicitó entonces una pensión mensual de 1.800 soles calculada sobre beneficios sociales, gratificaciones, depósitos de CTS y utilidades del demandado.

En marzo de 2025, el juzgado dictó sentencia y declaró fundada en parte la demanda, fijándose una pensión mensual de 300 soles. La resolución advirtió expresamente a Llanos que el incumplimiento de la obligación derivaría en su inscripción en el REDAM.

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Tras la sentencia, el expediente registró sucesivas gestiones vinculadas al cálculo y cobro de pensiones devengadas. En noviembre de 2025, el juzgado corrió traslado de una primera propuesta de liquidación por el período de marzo a octubre de ese año. Cuatro meses después, ante la falta de respuesta del demandado, la jueza a cargo exigió a la mujer precisar desde cuándo se registraba el incumplimiento como condición previa para tramitar una solicitud de inscripción en el registro de morosos.

En junio de 2026, el juzgado declaró formalmente al ‘Van Damme peruano’ como deudor alimentario moroso y aprobó la liquidación de pensiones devengadas por 5,292.94 soles, correspondientes al período de marzo a octubre de 2025. La resolución le otorgó un plazo de tres días para cancelar la deuda, bajo apercibimiento de remitir el caso al Ministerio Público.

En agosto de este año, ante el nuevo incumplimiento, el juzgado ordenó remitir copias certificadas del expediente al Ministerio Público por un presunto delito de omisión a la asistencia familiar y formuló un último requerimiento de pago. Al no obtener respuesta, el 17 de setiembre el despacho judicial dispuso de manera definitiva la inscripción de Llanos Carrillo en el REDAM, en calidad de deudor alimentario moroso, y ordenó oficiar a la jefatura del registro para la anotación correspondiente.

Documento legal impreso con texto en español donde resalta en amarillo la orden de inscripción de Luis Miguel Llanos Carrillo en el REDAM
Una resolución judicial dispone la inscripción de Luis Miguel Llanos Carrillo en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de Perú por una deuda de 5.292,94 soles.

“El demandado no obstante de estar válidamente notificado mediante resolución que antecede, este ha hecho caso omiso al requerimiento; por lo que en aplicación irrestricto de la Ley N. º 28970 (Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos) y su Reglamento, corresponde su inscripción en el citado registro del demandado Llanos Carrillo, Luis Miguel”, se lee en la resolución.

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