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Pedro Castillo reaparece en audiencia y se victimiza: “En cumplimiento a la ONU, exijo mi libertad inmediata”

Expresidente condenado por el fallido golpe de Estado cree que obtendrá un resultado diferente. Procuradurías dejaron en claro que el Tribunal Constitucional ya descartó los cuestionamientos sobre la detención en flagrancia de Castillo

Expresidente intervino en la audiencia donde se evaluó el habeas corpus con el que busca salir del Penal Barbadillo por el cuestionado informe de la ONU. Video: Justicia TV
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El expresidente Pedro Castillo reapareció hoy miércoles 12 de agosto durante la audiencia donde se evaluó el habeas corpus con el que su defensa exige su inmediata libertad al amparo de un cuestionado informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Durante su intervención al final de la sesión, Castillo se victimizó ante la jueza constitucional Ana Osorio Sosa: Dijo que su detención ocurrida el 7 de diciembre de 2002 fue arbitraria, pese a que intentó un golpe de Estado; que hubo un complot en su contra sin autocrítica alguna; que solo iba a la Embajada de México para dejar a su familia; que supuestamente nunca le notificaron su vacancia; y que fue condenado por conspiración y no por rebelión.

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“Por eso es que en cumplimiento a la recomendación de la ONU, pido o exijo, como derecho constitucional que se me otorgue mi libertad inmediata. Yo quisiera preguntarle a los que han hecho uso de la palabra, si el 7 de diciembre a mí me detienen antes o después de la vacancia, ¿me detienen siendo presidente o cuando ya he sido destituido? Tenemos que ser coherentes, hay que actuar con sentido común. Puede haber un tema de justificar jurídica-penalmente, pero estamos ante un despacho constitucional y lo constitucional es lo que predomina", dijo.

Pedro Castillo se conectó desde el Penal Barbadillo donde cumple una condena de 11 años de prisión por el golpe de Estado y una orden de prisión preventiva por organización criminal.
Pedro Castillo se conectó desde el Penal Barbadillo donde cumple una condena de 11 años de prisión por el golpe de Estado y una orden de prisión preventiva por organización criminal. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Finalmente, Pedro Castillo cree que el Segundo Juzgado Constitucional de Lima tendrá una posición distinta a los otros órganos judiciales que han desestimado al unísono sus demandas.

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“Está en sus manos, señora magistrada, hacer lo que la justicia verdaderamente corresponde. He apelado, he puesto muchos recursos ante diferentes jueces, a diferentes instancias, pero hoy ha pasado la frontera del país y hoy tenemos nosotros en nuestra mano una orden de la ONU, de un organismo internacional, donde no se debate en un club de amigos”, manifestó.

Audiencia

En esta demanda ejerció la representación de Pedro Castillo el exfiscal José Domingo Pérez, quien invocó el cuestionado informe de la ONU que afirma que la detención del exmandatario es supuestamente arbitraria.

Por su parte, la Procuraduría de la Presidencia del Consejo de Ministros y la del Poder Judicial rebatieron los argumentos de la defensa de Castillo. Se centraron sobre todo en que el documento del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas no toma en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional que desestimó los argumentos de Castillo, validó su vacancia y su procesamiento por el golpe de Estado.

Pedro Castillo en su último mensaje a la Nación, donde intentó dar un golpe de Estado.
Pedro Castillo en su último mensaje a la Nación, donde intentó dar un golpe de Estado. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El habeas corpus presentado ante el Poder Judicial apunta a desmantelar, pieza por pieza, todo el andamiaje jurídico y parlamentario que sostiene su situación actual. Estas son las siete pretensiones concretas que contiene la demanda:

  1. Libertad inmediata, con el argumento de que su detención es arbitraria según el informe de la ONU.
  2. Nulidad de la vacancia (resolución legislativa 001-2022-2023-CR).
  3. Nulidad del levantamiento del antejuicio (resolución legislativa 002-2022-2023-CR) que permitió procesarlo por el intento de golpe del 7 de diciembre de 2022.
  4. Nulidad de la prisión preventiva de 18 meses dictada por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria por ese caso, y de la resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que la confirmó.
  5. Nulidad de la prisión preventiva de 36 meses dictada en el proceso por presunto liderazgo de una organización criminal, también con su confirmación en segunda instancia.
  6. Nulidad de todas las ampliaciones de prisión preventiva y de la sentencia de 11 años y 5 meses por conspiración para la rebelión.
  7. Reposición de las cosas a su estado anterior e investigación de los responsables de las supuestas violaciones a sus derechos fundamentales.

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