
Miles de trabajadores del sector privado ya tienen una fecha marcada en el calendario para recibir uno de los beneficios laborales más esperados del año. La gratificación por Fiestas Patrias correspondiente a 2026 deberá abonarse, como plazo máximo, hasta el 15 de julio, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. Este pago forma parte de las dos gratificaciones obligatorias que se entregan cada año, una en julio y otra en diciembre.
El beneficio alcanza a los trabajadores que se encuentren en planilla y que hayan cumplido con los requisitos previstos por la normativa. Dependiendo del tiempo laborado durante el primer semestre del año, el monto puede corresponder a una remuneración completa o a una parte proporcional, a lo que se suma una bonificación extraordinaria vinculada al sistema de salud al que esté afiliado el trabajador.
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¿Quiénes tienen derecho a recibir la gratificación?
La gratificación de julio está dirigida a los trabajadores sujetos al régimen laboral privado que hayan prestado servicios durante el periodo comprendido entre enero y junio de 2026. Para acceder al beneficio es necesario haber laborado al menos un mes completo dentro de ese semestre.
Aquellos que trabajaron durante los seis meses del periodo de cálculo tienen derecho a percibir una gratificación equivalente a una remuneración mensual íntegra. En cambio, quienes ingresaron a laborar después de enero recibirán un monto proporcional, determinado según la cantidad de meses completos efectivamente trabajados.
¿Cómo se calcula el monto que recibirá cada trabajador?
El cálculo de la gratificación toma como base la remuneración vigente al cierre del semestre. Además del sueldo básico, pueden considerarse otros conceptos remunerativos de carácter regular que formen parte del salario del trabajador.
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Por ejemplo, una persona con un ingreso mensual de S/ 2.000 y afiliada a EsSalud podría recibir una gratificación de S/ 2.000. Si percibe una remuneración de S/ 3.500, el beneficio ascendería a ese mismo monto, siempre que haya laborado todo el semestre y cumpla con las condiciones exigidas por la ley.
La bonificación extraordinaria incrementa el depósito final
Junto con la gratificación, la mayoría de trabajadores recibe una bonificación extraordinaria adicional. Este pago se origina porque las gratificaciones continúan exoneradas de determinados aportes sociales, permitiendo que ese porcentaje sea entregado directamente al trabajador.
Para quienes están afiliados a EsSalud, la bonificación equivale al 9% del monto de la gratificación. En el caso de los afiliados a una EPS, el porcentaje es de 6,75%. Así, un trabajador con un sueldo de S/ 2.000 y afiliado a EsSalud podría recibir un total de S/ 2.180, mientras que uno con una remuneración de S/ 3.500 alcanzaría un depósito de S/ 3.815.
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Diferencias según el tipo de empresa
No todos los trabajadores reciben el mismo beneficio. La legislación contempla reglas distintas según el tamaño de la empresa y el régimen bajo el cual opera.
En el caso de las pequeñas empresas inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), los trabajadores tienen derecho a percibir media gratificación. Por otro lado, los trabajadores de microempresas no acceden a este beneficio bajo las disposiciones generales de la Ley de Gratificaciones.

El cambio que beneficia a los trabajadores CAS
Una de las novedades más relevantes para 2026 involucra a los trabajadores contratados bajo el régimen CAS. Con la entrada en vigencia de la Ley N.° 32563, este grupo comenzó a incorporar derechos como las gratificaciones y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
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Según lo informado por el Ministerio de Economía y Finanzas, el primer pago de gratificación para estos trabajadores se realizará durante julio de 2026. No obstante, todavía existen aspectos relacionados con la implementación y la determinación de algunos montos que continúan siendo materia de evaluación.
¿Qué ocurre si la empresa no realiza el pago?
El depósito de la gratificación debe efectuarse dentro del plazo establecido por la ley y no puede ser postergado de manera unilateral por el empleador. El incumplimiento de esta obligación puede generar consecuencias para las empresas.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) está facultada para imponer sanciones cuando se detecten infracciones relacionadas con el pago de beneficios laborales. Asimismo, el empleador podría verse obligado a asumir intereses por la demora en caso de que el depósito no se realice dentro de la fecha legal correspondiente.
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