
Una imagen difundida en redes sociales reactivó sospechas de fraude electoral al mostrar un listado de locales de votación con actas de la serie 900 y una columna que dice “Lurigancho”. La plataforma de verificación de información PerúCheck revisó el contenido y halló que la interpretación viral mezcla distritos distintos y parte de una premisa errónea: que “centro poblado” equivale siempre a “zona rural”.
El contenido compartido sugiere que las actas de la serie 900 pertenecerían al distrito limeño de San Juan de Lurigancho, bajo la lógica de que un distrito urbano no puede figurar como “centro poblado”. Sin embargo, la lista alude a Lurigancho-Chosica, un distrito diferente dentro de Lima Metropolitana, y la propia categoría “centro poblado” puede incluir ámbitos urbanos, semiurbanos o periféricos.
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Lurigancho no es lo mismo que San Juan de Lurigancho
La confusión se origina en el uso del nombre “Lurigancho” como si fuera sinónimo de San Juan de Lurigancho. Lima tiene, por lo menos, dos distritos que incluyen esa denominación. Por un lado, San Juan de Lurigancho, ubicado en el noreste de Lima Metropolitana, es conocido por su alta población: alberga a más de 1,26 millones de habitantes, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Por otro lado, está Lurigancho-Chosica, en el oriente de Lima Metropolitana. Este distrito limita al norte y al este con la provincia de Huarochirí y al sur con Chaclacayo y Ate, de acuerdo con el Plan de Gobierno Municipal publicado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Son jurisdicciones distintas, con realidades territoriales distintas. Por eso, la lista viral que menciona “Lurigancho” no corresponde a mesas en San Juan de Lurigancho.
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En esa verificación también se identificaron locales como la IE 1233 Manuel Fernando Cabrel, consignada por la ONPE como centro poblado y vinculada a mesas de serie 900 en Lurigancho-Chosica, no en San Juan de Lurigancho.
Qué es la serie 900 y por qué existe desde 2006
La ONPE incorporó las mesas de la serie 900 desde 2006 como parte de una estrategia para ampliar cobertura y facilitar el voto en localidades con barreras de acceso. En un informe publicado en 2007, la entidad señaló que, durante las Elecciones Generales 2006, el 62,6% de los centros poblados se ubicó en la sierra, el 28,3% en la selva y el 9,1% en la costa.
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En paralelo, la definición estadística del INEI aclara que un centro poblado es “todo lugar del territorio nacional identificado mediante un nombre y habitado con ánimo de permanencia”. No exige ruralidad. El INEI añade que las viviendas pueden estar agrupadas (con manzanas, calles y plazas), semidispersas o totalmente dispersas. Es decir, “centro poblado” describe una unidad territorial habitada, no una condición rural automática.

Por qué también hay mesas 900 en zonas urbanas
Otra idea instalada en redes es que la serie 900 solo puede existir en ámbitos rurales. Pero el criterio, según especialistas consultados, se vincula a la accesibilidad electoral: tiempo, costo y dificultad de traslado, incluso dentro de una ciudad.
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PerúCheck identificó que Lurigancho-Chosica no es el único distrito urbano con mesas de serie 900. En Carabayllo aparecen actas del 903108 al 903121; El Agustino registra mesas entre 903186 y 903197; y Pachacámac figura con actas del 903215 al 903219. En esos casos, se trata de centros poblados reconocidos por la ONPE.

El politólogo Diego Jesús explicó que “centro poblado” no equivale necesariamente a ruralidad, y que la ONPE reconoce que dentro de una ciudad existen periferias donde votar puede implicar mayor dificultad. Según detalló, el 35,6% de las mesas de serie 900 está en zonas urbanas. Agregó que en Lima provincia encontró 40.155 electores distribuidos en 143 mesas 900 en 16 locales, concentradas sobre todo en bordes metropolitanos como Lurigancho, Pachacámac y Carabayllo.
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Por su parte, el abogado especializado en temas electorales José Naupari señaló que Lurigancho-Chosica históricamente contó con centros poblados e incluso comunidades campesinas, y que la existencia de estas mesas también responde a criterios prácticos previstos en la normativa electoral, como la posibilidad de instalar mesas con menos de 200 electores en determinados casos.
La lista viral que menciona “Lurigancho” en actas de la serie 900 no prueba irregularidades en San Juan de Lurigancho: corresponde a Lurigancho-Chosica. Además, la presencia de mesas 900 en zonas urbanas no constituye una anomalía por sí misma, porque la política apunta a resolver barreras de acceso electoral en centros poblados y periferias.
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