
El Poder Judicial ordenó que el director general de Fútbol de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), Jean Ferrari, enfrente un juicio oral por presunta corrupción en 2019, antes de que sea designado por la Sunat como administrador provisional del Club Universitario de Deportes.
Infobae accedió al expediente judicial del proceso penal contra Ferrari por presunta negociación incompatible, el mismo que actualmente se encuentra en control de acusación. También está acusado Harwill Arnulfo Moreno Bardales, quien fue representante de Sunat y presidente de la Junta de Acreedores del club.
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Inicialmente, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Anticorrupción de Lima había archivado el proceso contra ambos, vía sobreseimiento y excepción de improcedencia de acción. Sin embargo, en segunda instancia, la Primera Sala Penal de Apelaciones de Lima revocó esa decisión y, sobre todo, ordenó que el caso avance a juicio oral, donde se determinará si, tal como sostiene la Fiscalía, Ferrari y Moreno cometieron el delito de negociación incompatible.
“Ordenar se continúe con el control de acusación, por el actual Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, quien debe emitir el auto de enjuiciamiento en un breve plazo, estando al tiempo transcurrido”, dispusieron los jueces superiores.
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Así, en noviembre de 2025 se reanudó el control de acusación contra Jean Ferrari y Arnulfo Moreno; no obstante, aún no se habría emitido el auto de enjuiciamiento, según pudo conocer Infobae. Este documento es el que autoriza formalmente el pase a la etapa de juzgamiento. Cuando ello ocurra, el expediente pasará a un Juzgado Penal Unipersonal que deberá convocar el inicio del juicio oral.
Ferrari intentó que su caso llegue a la Corte Suprema; sin embargo, la Sala de Apelaciones declaró inadmisible su recurso de casación. Este diario pudo conocer que la defensa del director de la FPF ha formulado un recurso de queja ante la propia Corte Suprema a fin de que se admita su caso.
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Los cargos
El Ministerio Público imputa a Harwill Arnulfo Moreno Bardales la autoría del delito de negociación incompatible. Se le acusa de presuntamente haberse interesado indebidamente, aprovechando su cargo como representante de la Sunat y presidente de la Junta de Acreedores, para proponer y designar a la empresa Solución y Desarrollo Empresarial S.A.C. como administradora del club en julio de 2019. Según la acusación, Moreno impuso su mayoría de votos (55.11%) para designar a dicha empresa, a pesar de que no cumpliría con los requisitos de ley y presentaba antecedentes de una gestión cuestionada.
Por su parte, a Jean Ferrari se le atribuye ser cómplice primario del delito de negociación incompatible. La imputación fiscal sostiene que Ferrari habría colaborado asistiendo a reuniones en la Sunat junto al gerente de Solución y Desarrollo Empresarial S.A.C., Héctor Jesús Leguía Puente, quien luego lo nombró gerente deportivo del club y posteriormente administrador provisional.
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La defensa de Ferrari
Ante la segunda instancia, la defensa de Jean Ferrari se centró en cuestionar si los hechos que la Fiscalía le imputan encalzan o no en el delito de negociación incompatible. Por ejemplo, dijo que el proceso concursal, como en el que se encuentra Universitario, pertenece al ámbito privado y no constituye un “contrato u operación a cargo del Estado”, tal como lo exige el delito de negociación incompatible (artículo 399 del Código Penal).
Asimismo, la defensa del director de la FPF sostuvo que su intervención en la Sunat fue en una reunión pública y transparente donde solo dio una exposición deportiva, lo que, dicen, no es una “colaboración trascendente” para la comisión del delito. Recalcó, además, que ni siquiera participó en la sesión de la Junta de Acreedores donde se eligió a la empresa.
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La Sala de Apelaciones falló a favor de la Fiscalía al determinar que el juez de primera instancia hizo valoraciones de carácter probatorio para archivar el proceso, algo que está prohibido en la etapa intermedia.
Así, los magistrados sostuvieron que esclarecer si el interés de Arnulfo Moreno –para que se designe a Solución y Desarrollo Empresarial S.A.C. como administrador– fue “indebido” o si la colaboración de Jean Ferrari fue “indispensable” para ello, son aspectos que requieren valoración de las pruebas, algo que solo puede darse en un juicio oral.
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Finalmente, la Sala rebatió la idea de que se trate de un asunto netamente privado. Concluyeron que el proceso concursal sí involucra los intereses del Estado, ya que Arnulfo Moreno se desempeñaba como representante de la Sunat ante la Junta de Acreedores, por lo que tenía el deber de velar por la recuperación de la deuda tributaria de Universitario de Deportes.
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