CTS 2026: aprende a calcular correctamente el monto que debes recibir este mes de mayo

El depósito correspondiente al primer semestre debe efectuarse hasta el 15 de mayo, y cada trabajador debe verificar que el abono se haya realizado según el cronograma de su entidad financiera

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Aprende a calcular correctamente tu CTS
Tienen derecho a CTS los trabajadores del régimen privado con vínculo vigente al 30 de abril, que laboran al menos cuatro horas diarias y hayan trabajado un mes completo en el semestre (Créditos: Andina)

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) constituye una garantía económica para quienes pierden su fuente de ingreso, ya sea por despido, renuncia o conclusión del vínculo laboral.

Este año, la norma vigente autoriza el retiro del 100 % del fondo acumulado hasta el 31 de diciembre de 2026, según la Ley Nº 32322. Esta disposición, surgida en el contexto de la pandemia, busca otorgar liquidez y mayor capacidad de maniobra a miles de hogares frente a un escenario económico desafiante.

¿En qué fechas debe realizarse el depósito?

El pago correspondiente al primer semestre debe efectuarse como plazo máximo hasta el 15 de mayo. Las empresas pueden iniciar el abono desde el lunes 4 y tienen margen hasta el viernes 15, siempre considerando que la operación se realice en días hábiles.

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Es fundamental que cada persona revise su cuenta CTS y verifique la acreditación del monto de acuerdo al cronograma publicado por su entidad financiera o empleador.

persona en banco dando dinero a trabajador
Los trabajadores estatales no pueden sacar su CTS con la Ley del libre retiro como los privados, pero sí se proponen desde el Congreso iniciativas para que puedan sacar parte de este dinero. - Crédito Andina

¿Quiénes tienen derecho a recibir la CTS este mayo?

  • Trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
  • Aquellas personas con vínculo laboral vigente al 30 de abril.
  • Quienes cumplan una jornada mínima promedio de cuatro horas diarias.
  • Colaboradores que hayan laborado al menos un mes completo durante el semestre computable.

Quedan excluidos:

  • Empleados con contratos de trabajo a tiempo parcial (menos de cuatro horas diarias).
  • Personas que perciben remuneración integral anual, donde la CTS ya está incluida.
  • Trabajadores de microempresas inscritas en REMYPE, contratados después de la inscripción.

¿Qué monto corresponde recibir y cómo se calcula?

El cálculo de la CTS exige una revisión cuidadosa de múltiples factores:

  • Se toma como base la remuneración vigente al 30 de abril.
  • Se suma la asignación familiar, si corresponde.
  • Se incluye un sexto de la gratificación recibida en diciembre.
  • Se añaden otros conceptos remunerativos de naturaleza fija y regular.

Para quienes han laborado el semestre completo, el monto equivale aproximadamente al 50% de la remuneración computable. En periodos incompletos, el cálculo será proporcional a los meses efectivamente trabajados.

Conceptos que afectan la base de cálculo:

  • Licencias con goce o sin goce de haber.
  • Subsidios por enfermedad, maternidad, accidente laboral.
  • Ausencias injustificadas.
  • Cambios salariales o variaciones en la jornada.
  • Pagos adicionales por laborar en feriados.

Cada día de inasistencia injustificada debe deducirse del tiempo de servicios, restando un treintavo por jornada no computable. Excepcionalmente, ausencias motivadas por accidente de trabajo, enfermedad profesional o descanso pre y posnatal sí se computan, siempre que estén debidamente acreditadas.

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dinero cts
El monto de la CTS se calcula considerando la remuneración al 30 de abril, asignación familiar, un sexto de la gratificación de diciembre y otros conceptos fijos y regulares - Créditos: Andina.

¿Qué ocurre con las pequeñas empresas y la CTS?

  • Trabajadores de pequeñas empresas bajo el régimen especial reciben solo el 50% del monto que corresponde al régimen general.
  • Aquellos empleados de microempresas inscritas en REMYPE que fueron contratados antes de la inscripción sí mantienen el derecho a la CTS según las condiciones previas.

¿Cómo garantizar que el cálculo sea correcto?

  • Verifica que la remuneración computable coincida con tu salario al 30 de abril.
  • Confirma la suma de gratificaciones y otros conceptos remunerativos.
  • Revisa que las ausencias y licencias hayan sido consideradas correctamente.
  • Utiliza simuladores en línea o solicita a tu empleador el detalle de la liquidación.

¿Qué hacer si no recibes el depósito o detectas un error?

En caso de incumplimiento, corresponde realizar el reclamo directamente ante el empleador y, de persistir la omisión, presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) o el Ministerio de Trabajo.

¿Puedo retirar la totalidad de mi CTS?

Sí, hasta el 31 de diciembre de 2026, los empleados del sector privado pueden disponer libremente del 100 % de lo acumulado en su cuenta CTS, sin necesidad de acreditar cese o causal específica.

¿Qué ventajas ofrece utilizar el fondo CTS durante 2026?

  • Acceso inmediato a liquidez para afrontar emergencias, deudas o inversiones personales.
  • Facilidad para transferir el monto a cuentas de mayor rentabilidad, si así se decide.
  • Oportunidad para planificar el ahorro o destinar recursos a educación, salud o emprendimientos.

¿Qué recomendaciones brindan los especialistas?

  • Evalúa cuidadosamente la decisión de retirar el fondo, priorizando necesidades reales y urgentes.
  • Considera mantener parte del dinero en la cuenta CTS para aprovechar la protección ante el cese laboral.
  • Compara las tasas de interés entre distintas entidades financieras antes de realizar transferencias.
  • Consulta fuentes oficiales, como el Ministerio de Trabajo y la SBS, para evitar fraudes o estafas.

Resumen de aspectos clave a considerar para el pago de la CTS en mayo de 2026:

  • Verificar condición laboral y cumplimiento de requisitos.
  • Revisar el plazo y fecha límite de depósito.
  • Confirmar que la base de cálculo incluya todos los conceptos remunerativos aplicables.
  • Solicitar el comprobante de depósito a la entidad financiera.
  • Revisar periódicamente el saldo y los movimientos en la cuenta CTS.

El derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios representa un respaldo esencial para millones de trabajadores en el país. En el contexto de cambios legislativos, nuevas dinámicas laborales y desafíos económicos, conocer a detalle el proceso de cálculo, los plazos y las condiciones para el retiro resulta fundamental para proteger los intereses y la estabilidad financiera de cada persona.

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