A pesar del llamado a la nulidad de las Elecciones 2026, el proceso no podría anularse debido a que las irregularidades halladas no serían suficientes para que estas se declaren nulas, indicó Fernando Rodríguez Patrón, exdirector del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
En conversación con Exitosa, el especialista explicó que la legislación peruana solo admite la nulidad total de las Elecciones si los votos blancos o los votos nulos, por separado o juntos, superan los dos tercios del número de votos válidos, una circunstancia que, recalcó, no se ha presentado: “Superan los dos tercios del número de votos válidos, procede la nulidad total de elecciones. Ese supuesto no se ha dado ni podría darse”.
Como segunda vía legal, recordó, la anulación sólo es posible si la suma de las anulaciones en distintas jurisdicciones equivale a al menos un tercio del total de votantes nacionales, lo que tampoco aplica a la situación actual en Perú. Aclaró que las nulidades parciales están contempladas para jurisdicciones específicas, como Lima, donde se concentran los casos observados, pero siempre bajo límites legales definidos. “Los supuestos acá no calzan, con lo cual hay que rechazar ese supuesto”, indicó Rodríguez Patrón al medio radial.
Consultado sobre las acusaciones de fraude, Rodríguez Patrón negó la existencia de pruebas de dolo o manipulación sistemática, aunque reconoció irregularidades administrativas que no son suficientes para anular todo el proceso electoral.

“Una irresponsabilidad en la selección en la parte logística del proceso. Creo que seleccionaron a un operador, Gálaga creo que se llama, que según se expone en los medios, no reunía las condiciones para llevar a cabo esta tarea”, indicó a Exitosa.
Para Fernando Rodríguez Patrón, la persistencia de la incertidumbre electoral proviene de la distancia entre la regulación expresa y la aplicación administrativa por parte de las entidades responsables del proceso electoral.
JNE se tomará casi un mes en revisar actas electorales
La reciente controversia sobre los tiempos y procedimientos en la revisión de actas observadas y recursos impugnatorios en el proceso electoral peruano ha expuesto una tensión entre la normativa y el accionar de las instituciones. El exdirector del Registro de Organizaciones Políticas del JNE, advirtió que extender la resolución de expedientes hasta la quincena de mayo contradice la propia norma del órgano electoral.
Según detalló, una resolución del JNE aprobada en marzo del año pasado dispone que cualquier impugnación elevada al máximo organismo debe resolverse en tres días hábiles desde su recepción.

“Me sorprende que el Jurado estaría demorándose aproximadamente entre tres y cuatro semanas, porque han señalado hasta la quincena de mayo que demandaría esto, lo cual me parece un sinsentido total, más aún si tomamos en cuenta las propias normas por esta gestión del Jurado Nacional de Elecciones”, manifestó Rodríguez Patrón a la emisora radial peruana Exitosa.
El experto también indicó que la dilación anunciada afecta directamente el ciclo electoral. Si el resultado de la revisión se extiende a la quincena de mayo, el candidato que acceda a la segunda vuelta junto a Keiko Fujimori dispondría de apenas quince días de campaña antes de la votación programada para el 7 de junio. Advirtió que el retraso institucional “daña la confianza en el sistema” y genera desigualdad entre los candidatos, con impacto sobre el principio del sufragio.
El exfuncionario señaló la falta de resultados de herramientas tecnológicas implementadas por el órgano electoral, resaltando: “No sé, no he escuchado absolutamente nada sobre Alexia desde hace bastante tiempo”, en referencia al sistema de inteligencia artificial Alexia presentado por el JNE en 2023, el cual prometía acelerar los trámites, aunque no se ha evidenciado impacto en la etapa de resolución de actas observadas, considerada la más crítica del proceso.
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